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Documento DOUE-L-1995-80195

Decisión de la Comisión, de 22 de febrero de 1995, que modifica la Decisión 94/169/CE, por la que se establece una primera lista de las zonas industriales en declive contempladas en el objetivo nº 2 del Reglamento (CEE) nº 2052/88 del Consejo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 51, de 8 de marzo de 1995, páginas 17 a 18 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-80195

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de Austria, Finlandia y Suecia,

Visto el Reglamento (CEE) nº 2052/88 del Consejo, de 24 de junio de 1988, relativo a las funciones de los Fondos con finalidad estructural y a su eficacia, así como a la coordinación entre sí de sus intervenciones, con las del Banco Europeo de Inversiones y con las de los demás instrumentos financieros existentes, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3193/94, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9,

Considerando que, mediante su Decisión 94/169/CE, la Comisión estableció, para el período 1994-1996, una primera lista de las zonas industriales en declive contempladas en el objetivo nº 2 definido en el Reglamento (CEE) nº 2052/88, para los Estados miembros de la Comunidad Europea en su composición anterior al 1 de enero de 1995 ; que conviene ampliar esa lista a los nuevos Estados miembros a partir del 1 de enero de 1995;

Considerando que todavía no han finalizado los trabajos técnicos para la determinación de las zonas del objetivo nº 2 de Suecia; que, por tanto, la Comisión sólo puede de momento decidir las listas de zonas de este objetivo correspondientes a Austria y Finlandia ;

Considerando que el apartado 6 del artículo 9 del Reglamento (CEE) nº 2052/88 establece que, con carácter excepcional, la Comisión puede aceptar una solicitud de Austria, Finlandia o Suecia para planificar y aplicar las ayudas correspondientes al objetivo nº 2 para todo el período 1995/1999 ; que Austria y Finlandia han solicitado la aplicación de esta disposición y

que, por consiguiente, la lista correspondiente a esos dos países cubrirá el período 1995-1999 ;

Considerando que ha sido consultado el Comité consultivo de desarrollo y reconversión de las regiones,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

En el Anexo de la Decisión 94/169/CE, se añadirán las dos partes anejas a la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 22 de febrero de 1995.

Por la Comisión

Monika WULF-MATHIES

Miembro de la Comisión

ANEXO

« LISTA DE ZONAS ELEGIBLES PARA EL OBJETIVO Nº 2 (1995-1999)

AUSTRIA

Nº Zonas elegibles

NUTS Región de

III nivel III Toda la región Solamente son elegibles las

de nivel III, siguientes zonas de la región

con excepción de de nivel III

Zonas afectadas de la reestructuración de sectores industriales

sustanciales

1 Obersteiermark-Ost Toda la región de nivel III

2 Liezen "Gerichtsbezirke": Liezen,

Rottenmann

3 Niederösterreich-S d "Gemeinden": Altenmarkt an der

Triesting, Berndorf,

Enzesfeld-Lindabrunn, Hernstein,

Hirtenberg, Pottenstein,

Weissenbach an der Triesting,

Hainfeld, Hohenberg, Kaumberg,

Lilienfeld, Rohrbach an der

Gölsen, St. Aegyd am Neuwalde,

St. Veit an der Gölsen, Traisen,

Breitenau, Breitenstein,

Buchbach, Gloggnitz, Natschbach

-Loipersbach, Neunkirchen,

Payerbach, Reichenau an der Rax,

Schottwien, Semmering, Ternitz,

Wartmannstetten, Wimpassing in

Schwarzatale, Wiener Neustadt

(Stadt), Bad Fischau-Brunn,

Markt Piesting, Pernitz,

Waidmannsfeld, Waldegg,

Weikersdorf am Steinfelde,

Winzendorf-Muthmannsdorf,

Wöllersdorf-Steinabr ckl

4 West- und S dsteiermark "Politischer Bezirk": Voitsberg

5 Obersteiermark-West "Politische Bezirke": Judenburg,

Knittelfeld

6 Steyr-Kirchdorf "Gerichtsbezirke": Steyr

(Stadt), Steyr (Land)

7 Rheintal-Bodensee "Politischer Bezirk": Dornbirn

LISTA DE ZONAS ELEGIBLES PARA EL OBJETIVO Nº 2 (1995-1996)

FINLANDIA

Nº Zonas elegibles

NUTS Región de

III nivel III Toda la región Solamente son elegibles las

de nivel III, siguientes zonas de la región

con excepción de de nivel III

Regiones que satisfacen los criterios a), b) y c)

1 "Maakunta": Varsinais-Suomi "Kunnat": Laitila, Mietoinen,

Mynämäki, Pyhäranta,

Uusikaupunki, Vehmaa

2 "Maakunta": Satakunta "Seutukunnat": Rauma, Pori,

"kunta": Harjavalta

3 "Maakunta": Päijät-Häme "Seutukunta": Heinola, "kunnat":

Asikkala, Hollola, Lahti,

Nastola

4 "Maakunta": Kymenlaakso "Kunnat": Hamina, Kotka, Pyhtää,

Vehkalahti

5 "Maakunta": Etela-Karjala "Seutukunta": Imatra, "kunnat":

Joutseno, Lappeenranta

6 "Maakunta": Keski-Suomi "Seutukunta": Jyväskylä,

"kunnat": Suolahti, änekoski

Zonas contiguas

7 "Maakunta": Uusimaa "Kunnat": Loviisa, Ruotsinpyhtää

8 "Maakunta": Keski-Pohjanmaa "Seutukunta": Kokkola »

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 22/02/1995
  • Fecha de publicación: 08/03/1995
Referencias anteriores
Materias
  • Austria
  • Ayudas
  • Banco Europeo de Inversiones
  • Finlandia
  • Fondo Europeo de Desarrollo
  • Fondo Social Europeo
  • Zonas desfavorecidas

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