RECTIFICACIONES
Rectificación al Reglamento (CE) nº 3115/94 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1994, por el que se modifican los Anexos I y II del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclarura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 345 de 31 de diciembre de 1994)
En la página 233, en la columna 2:
- en la subposición 2903 59 10:
en lugar de: « Dibromoetildibromociclohexano »,
léase: « 1,2-Dibromo-4-(1,2-dibromoetil)ciclohexano »,
- en la subposición 2903 59 30 :
en lugar de: « Tetrabromociclooctano »,
léase: « Tetrabromociclooctanos »,
- en la subposición 2903 69 10:
en lugar de: « Pentabromoetilbenceno »,
léase: « 2,3,4,5,6-Pentabromoetilbenceno »;
en la página 235, en la subposición 2905 50 91, en la columna 2:
en lugar de: « Dibromoneopentilglicol »,
léase: « 2,2-Bis(bromometil)propanodiol »;
en la página 236, en la subposición 2909 30 31, en la columna 2:
en lugar de: « tetradecabromodifenoxibenceno »,
léase: « 1,2,4,5-tetrabromo-3,6-bis(pentabromofenoxi)benceno »;
en la página 245, en la subposición 2925 19 30, en la columna 2:
en lugar de: « Etilenobisdibromobornanodicarboximida »,
léase: « N,N'-Etilenbis(4,5-dibromohexahidro-3,6-metanoftalimida) »;
en la página 310, en la columna 4:
- en la subposición 4108 00 10:
en lugar de: « 2,5 »,
léase: « 3,5 »,
- en la subposición 4108 00 90:
en lugar de: « 2,5 »,
léase : « 3,5 »,
- en la subposición 4109 00 00:
en lugar de: « 2,5 »,
léase: « 3,5 »,
en la página 627, en la subposición 8518 22 90, en la columna 4:
en lugar de: « 4,8 »,
léase : « 4,5 »;
en la página 639, en las subposiciones 8539 31 10 a 8539 40 90, en
la columna 4:
en lugar de: « 2,7 »,
léase: « 4,5 »;
en la página 644, en la subposición 8543 20 00, en la columna 4:
en lugar de: « 7 »,
léase: « 6,3 »;
en la página 673, en la subposición 9007 91 00, en la columna 4:
en lugar de: « 6,2 »,
léase: « 5,7 ».
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