LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne procedentes de países terceros, cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, y, en particular, sus artículos 14 y 16,
Considerando que la Decisión 94/845/CE de la Comisión establece las condiciones y el certificado zoosanitarios para la importación de carne fresca procedente de la República Checa;
Considerando que la situación de ese país en relación con la peste porcina clásica ha mejorado, aunque el virus ha sido aislado en jabalíes del distrito de Breclav; que, por lo tanto, procede autorizar la importación de carne fresca de toda la República Checa salvo de ese distrito;
Considerando que es oportuno modificar los certificados zoosanitarios establecidos en la mencionada Decisión para tener en cuenta la mejora de la situación de la peste porcina clásica en la República Checa;
Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
En el certificado zoosanitario contemplado en el Anexo C de la Decisión 94/845/CE, el texto de la nota a pie de pagina se sustituirá por los términos «Excluido el distrito de Breclav.».
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 24 de enero de 1996.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
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