EL CONSEJO DE LA UNIÖN EUROPEA,
Visto elTratado de la Unión Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo I.11,
Vista la Acción común 96/250/PESC, de 25 de marzo de 1996, adoptada por el Consejo sobre la base del artículo I.3 del Tratado de la Unión Europea, relativa a la designación de un enviado especial para la Región de los Grandes Lagos de Africa.
Considerando que el 15 de julio de 1996, mediante la Decisión 96/441/PESC
del Consejo, se decidió prorrogar la aplicación de la Acción común 96/250/PESC hasta el 31 de julio de 1997;
Considerando que dicha prórroga requiere un apoyo financiero adicional, según dispone el artículo 2 de la citada Decisión,
DECIDE:
Artículo 1
Con objeto de hacer frente a los gastos relativos a la misión del enviado especial para la región de los Grandes Lagos de Africa, se añade la suma de 1,3 millones de ecus con cargo al presupuesto general de las Comunidades Europeas para 1996.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.
Será aplicable hasta el 31 de julio de 1997.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial.
Hecho en Luxemburgo, el 1 de octubre de 1996
Por el Consejo
El Presidente
D. SPRING
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