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Documento DOUE-L-1996-82202

Reglamento (CE) nº 2447/96 de la Comisión de 18 de diciembre de 1996 por el que se modifican los Anexos del Reglamento (CE) nº 3281/94 del Consejo relativo a la aplicación de un plan plurianual de preferencias arancelarias generalizadas para el período 1995-1998 a determinados productos industriales originarios de países en vías de desarrollo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 333, de 21 de diciembre de 1996, páginas 10 a 11 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-82202

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3281/94 del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, relativo a la aplicación de un plan plurianual de preferencias arancelarias generalizadas para el período 1995-1998 a determinados productos industriales originarios de países en vías de desarrollo, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2948/95 de la Comisión, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 15 y el artículo 19,

Considerando que el apartado 3 del artículo 15 del Reglamento (CE) n° 3281/94 establece el procedimiento para efectuar cambios en sus Anexos I y II, necesarios debido a las modificaciones introducidas en la nomenclatura combinada; que la nomenclatura combinada para 1997 adjunta al Reglamento (CE) n° 1734/96 de la Comisión, incorpora nuevos elementos que afectan a las listas del Anexo I del Reglamento (CE) n° 3281/94 y resulta por tanto conveniente adaptar dicho Anexo adecuadamente;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de las preferencias generalizadas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Anexo I del Reglamento (CE) n° 3281/94 se adaptará de acuerdo con el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1997.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 1996.

Por la Comisión

Manuel MARIN

Vicepresidente

ANEXO

El Reglamento (CE) nº 3281/94 quedará modificado como sigue:

En el Anexo I:

En la parte 2: en lugar de: «2818 10 00» léase: «2818 10» en lugar de: «2907 15 00» léase: «2907 15 90» en lugar de: «2935 00 00»«léase: «2935 00 90» en lugar de: «4602 90» léase: «4602 90 00»

En la parte 3: en lugar de: «2930 90 95» léase: «2930 90 70»«en lugar de: «8902 00 11, 8902 00 19» léase: «8902 00 12, 8902 00 18»

En la parte 4: en lugar de: «y 8548 10 90» léase: «, 8548 10 91 y 8548 10 99».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 18/12/1996
  • Fecha de publicación: 21/12/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1997
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo I del Reglamento 3281/94, de 19 de diciembre (Ref. DOUE-L-1994-82159).
Materias
  • Importaciones
  • Países en Vías de Desarrollo
  • Productos químicos

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