LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 3448/93 del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas (1), modificado por el Reglamento (CE) n° 1097/98 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 12,
Considerando que, desde la adopción de este Reglamento, la nomenclatura arancelaria y estadística (nomenclatura combinada) de la Comunidad ha sido modificada; que es conveniente por tanto actualizar los anexos del Reglamento,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo B del Reglamento (CE) n° 3448/93 queda sustituido por el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 1998.
Por la Comisión
Martin BANGEMANN
Miembro de la Comisión
_______________
(1) DO L 318 de 20. 12. 1993, p. 18.
(2) DO L 157 de 30. 5. 1998, p. 1.
ANEXO
«ANEXO B
CUADRO 1
TABLA OMITIDA
CUADRO 2
TABLA OMITIDA
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