EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 3760/92 del Consejo, de 20 de diciembre de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura (1) y, en particular, el apartado 4 de su artículo 8,
Vista la propueta de la Comisión,
Considerando que el Reglamento (CE) n° 45/98 (2) fija los totales admisibles de capturas (TAC) para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces para 1998 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse;
Considerando que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CE) n° 847/96 (3), es posible revisar los TAC cautelares con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 1 de su artículo 3; que dichas condiciones se han cumplido respecto de las poblaciones de cigalas en el Skagerrak, el Kattegat y la zona III b, c, d de la división CIEM;
Considerando que, en el marco de las consultas bilaterales entre la Comunidad y Polonia sobre los derechos de pesca recíprocos para 1998, la parte comunitaria de espadín báltico en bacalao ha sido modificada;
Considerando que conviene modificar el Reglamento (CE) n° 45/98 en consonancia,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del presente Reglamento sustituye los elementos correspondientes del anexo I del Reglamento (CE) n° 45/98.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre de 1998.
Por el Consejo
El Presidente
W. MOLTERER
___________________
(1) DO L 389 de 31. 12. 1992, p. 1; Reglamento modificado por el Acta de adhesión de 1994.
(2) DO L 12 de 19. 1. 1998, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2386/98 (DO L 297 de 6. 11. 1998, p. 3).
(3) DO L 115 de 9. 5. 1996, p. 3.
ANEXO
TABLA OMITIDA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid