LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1765/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1624/98 (2), y, en particular, su artículo 12,
(1) Considerando que el Reglamento (CE) n° 1098/94 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2528/98 (4), fija las superficies de base regionales aplicables en el régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos;
(2) Considerando que, en virtud del Reglamento (CE) n° 1017/94 del Consejo, de 26 de abril de 1994, relativo a la reconversión de tierras actualmente dedicadas a cultivos herbáceos hacia la producción extensiva de ganado en Portugal (5), modificado por el Reglamento (CE) n° 1461/95(6), se han presentado solicitudes de reconversión equivalentes a 12979 hectáreas; que conviene adaptar convenientemente la superficie de base;
(3) Considerando, por lo tanto, que es necesario modificar el Reglamento (CE) n° 1098/94;
(4) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto de los cereales, de las materias grasas y de los forrajes desecados,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el anexo del Reglamento (CE) n° 1098/94, la información de la sección correspondiente a "Portugal" se sustituirá por la que figura en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de septiembre de 1999.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 181 de 1.7.1992, p. 12.
(2) DO L 210 de 28.7.1998, p. 3.
(3) DO L 121 de 12.5.1994, p. 12.
(4) DO L 317 de 26.11.1998, p. 19.
(5) DO L 112 de 3.5.1994, p. 2.
(6) DO L 144 de 28.6.1995, p. 4.
ANEXO
Región ......................Todos los cultivos ..........................De las cuales:maíz
(en miles de ha)
"PORTUGAL
Azores .............................9,7
Madeira
- Regadío ........................0,31.......................................................0,29
- Los demás ....................0,30
Continental
- Regadío ..........................293,4 ...............................................221,4"
- Los demás ......................718,0
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