EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El Protocolo 47 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 35/2000, de 31 de marzo de 2000 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 2253/1999 de la Comisión, de 25 de octubre de 1999, que modifica el Reglamento (CE) n° 881/98 por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la protección de las menciones tradicionales complementarias utilizadas para algunos tipos de vcprd (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 42e [Reglamento (CE) n° 881/98 de la Comisión] del apéndice 1 del Protocolo 47 del Acuerdo se añadirá el guión siguiente:
"- 399 R 2253: Reglamento (CE) n° 2253/1999 de la Comisión, de 25 de octubre de 1999 (DO L 275 de 26.10.1999, p. 8).".
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) n° 2253/1999 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas, serán auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 29 de junio de 2000, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Hecho en Bruselas, el 28 de junio de 2000.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
F. Barbaso
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(1) DO L 141 de 15.6.2000, p. 62.
(2) DO L 275 de 26.10.1999, p. 8.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.
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