LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 3922/91 del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1069/1999 de la Comisión (2) y, en particular, su artículo 11,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CEE) n° 3922/91 establece que la Comisión efectuará las modificaciones requeridas por el progreso técnico y científico en las normas técnicas y procedimientos administrativos enumerados en el anexo II de dicho Reglamento. Ha llegado el momento oportuno de efectuar dichas modificaciones, especialmente las relativas a los requisitos de seguridad.
(2) JAR 1 - "Definiciones y abreviaturas" se ha modificado para introducir la definición de ultraligero.
(3) JAR 25 - "Large Aeroplanes" (grandes aeronaves) se ha modificado para actualizar los requisitos relativos a la distancia de aceleración-parada y operaciones afines, teniendo en cuenta los trabajos de armonización JAA/FAA.
(4) JAR E - "Engines" (motores) se ha modificado para actualizar los requisitos derivados de las actividades de armonización JAA/FAA y algunos cambios de redacción.
(5) JAR TSO - "Technical Standard Orders" (órdenes sobre normas técnicas) se ha modificado para introducir nuevas TSO y revisar otras TRO con arreglo a las modificaciones de otras JAR.
(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento son conformes al dictamen del Comité de reglamentación sobre seguridad en la aviación (3).
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (CEE) n° 3922/91 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de diciembre de 2000.
Por la Comisión
Loyola De Palacio
Vicepresidente
________________
(1) DO L 373 de 31.12.1991, p. 4.
(2) DO L 130 de 26.5.1999, p. 16.
(3) Reunión del 10 de noviembre de 2000.
ANEXO
"ANEXO II
Lista de códigos vigentes que contienen las normas técnicas y los procedimientos administrativos comunes a que se refiere el artículo 3
1. Generalidades y procedimientos
JAR 1 "Definiciones y abreviaturas" hasta la modificación 5, de 15 de julio de 1996 y las enmiendas 1/97/1, de 12 de diciembre de 1997 y 1/99/1 de 18 de octubre de 1999, incluidas.
2. Certificación del tipo de productos y componentes
JAR-22 "Sailplanes and powered sailplanes" (planeadores y planeadores motorizados) hasta la modificación 5, de 28 de octubre de 1995, incluida la misma.
JAR-25 "Large Aeroplanes" (grandes aeronaves) hasta la modificación 15, de 1 de octubre de 2000, incluida la misma.
JAR-AWO "All Weather Operations" (operaciones en todo tipo de condiciones meteorológicas) hasta la modificación 2, de 1 de agosto de 1996, incluida la misma.
JAR-E "Engines" (motores) hasta la modificación 10, de 15 de agosto de 1999, incluida la misma.
JAR-P "Propellers" (hélices) hasta la modificación 7, de 22 de octubre de 1987 y la enmienda P/96/1, de 8 de agosto de 1996, ambas incluidas.
JAR-APU "Auxiliary Power Units" (unidades auxiliares de potencia) hasta la modificación 2, de 26 de septiembre de 1983 y las enmiendas APU/92/1, de 27 de abril de 1992 y APU/96/1, de 8 de agosto de 1996, incluidas.
JAR-TSO "Technical Standard Orders" (órdenes sobre normas técnicas) hasta la modificación 3, de 28 de abril de 1998 y la enmienda TSO/00/4, de 1 de septiembre de 2000, incluidas.
JAR VLA "Very Light Aeroplanes" (aeronaves muy ligeras) 1a edición, de 26 de abril de 1990 y enmiendas VLA/91/1, de 22 de octubre de 1991 y VLA/92/1, de 1 de enero de 1992.
JAR 145 "Approved Maintenance Organisations" (organizaciones de mantenimiento aprobadas) el 1 de enero de 1992.".
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