En la página 186, en el anexo I, en la segunda parte, "Cuadro de derechos":
- a la altura correspondiente al código NC "2501 00 51", en la columna 2, "Designación de la mercancía":
en lugar de: "- Desnaturalizados o para otros usos industriales, incluido el refinado (excepto la conservación o preparación de productos para la alimentación humana o animal) (2)",
léase: "- Desnaturalizados (2) o para otros usos industriales, incluido el refinado (excepto la conservación o preparación para la alimentación humana o animal) (1)";
- a pie de página, la nota 1 quedará redactada como sigue:
"La inclusión de esta subpartida se subordinará a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarias dictadas en la materia [véanse los artículos 291 a 300 del Reglamento (CEE) n° 2454/93 de la Comisión (DO L 253 de 11.10.1993, p. 71) y sus modificaciones ulteriores.]".
En la página 734, en el anexo I, en la tercera parte, "Anexos arancelarios", en la columna 2, "Designación de la mercancía":
- en la penúltima línea:
en lugar de: "Superior o igual a 35,4 Euro [...]",
léase: "Superior o igual a 37,7 Euro [...]";
- en la última línea:
en lugar de: "Inferior a 35,4 Euro",
léase: "Inferior a 35,7 Euro".
En la página 749, en el anexo I, en la tercera parte, "Anexos arancelarios", a la altura correspondiente a la tercera línea de la columna 2 ("Designación de la mercancía"), "Superior o igual a 195,4 Euro, pero inferior a 199,7 Euro", en la columna 3, "Tipo del derecho convencional (%)":
en lugar de: "17,4 Euro",
léase: "17 Euro".
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