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Documento DOUE-L-2001-82035

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 2848/2000 del Consejo, de 15 de diciembre de 2000, que establece, para el año 2001, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sean necesarias limitaciones de capturas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 230, de 28 de agosto de 2001, páginas 22 a 22 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2001-82035

TEXTO ORIGINAL

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 334 de 30 de diciembre de 2000)

En la página 40:

- en el anexo I D, las cifras correspondientes a la Especie: "Eglefino Zona: Vb (aguas de la CE), VI, XII, XIV" se sustituirán por las siguientes:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 22

- las cifras de la primera sección, "Condiciones especiales", de la misma entrada, se sustituirán por las siguientes:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 22

- en la segunda sección "Condiciones especiales", referida a la sección VIIa, al final de la página:

en lugar de: "[...] si superan en su totalidad las 1700 toneladas.

" léase: "[...] si superan en su totalidad las 3250 toneladas."

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/08/2001
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 2848/2000, de 15 de diciembre (Ref. DOUE-L-2000-82585).
Materias
  • Buques
  • Cuota de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado

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