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Documento DOUE-L-2002-80066

Decisión de la Comisión, de 15 de enero de 2002, que modifica por sexta vez la Decisión 2001/740/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido [notificada con el número C(2002) 78].

Publicado en:
«DOCE» núm. 15, de 17 de enero de 2002, páginas 34 a 41 (8 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-80066

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, su artículo 10,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE, y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2001/740/CE de la Comisión(4), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/938/CE (5), establece medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido.

(2) El último brote de fiebre aftosa en Gran Bretaña se registró el 30 de septiembre de 2001. Algunos condados de Gran Bretaña, que figuran en la lista del anexo III, no han padecido ningún brote de fiebre aftosa en el transcurso de esta epizootia, mientras que otros han permanecido libres de la enfermedad durante más de tres meses.

(3) La situación de la sanidad animal, que ha mejorado, permite actualmente ampliar la zona desde la que pueden expedirse animales vivos de las especies bovina y porcina y carne de animales de las especies sensibles.

(4) La situación debería volver a examinarse en la reunión del Comité veterinario permanente prevista para los días 15 y 16 de enero de 2002 y, en su caso, se adoptarán las medidas que se considere necesario.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo III de la Decisión 2001/740/CE se sustituye por el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 15 de enero de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

_________________

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.

(3) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.

(4) DO L 277 de 20.10.2001, p. 30.

(5) DO L 345 de 29.12.2001, p. 99.

ANEXO

"ANEXO III

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 35 A 41

ADNS= Código del sistema de notificación de las enfermedades de animales (Decisión 2000/807/CE)

GIS= Código de la Unidad Administrativa

B= carne de vacuno

S/G= carne de ovino y caprino

P= carne de porcino

FG= caza de cría de especies sensibles a la fiebre aftosa

WG= caza silvestre de especies sensibles a la fiebre aftosa

LB= animales vivos de la especie bovina

LP= cerdos vivos"

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 15/01/2002
  • Fecha de publicación: 17/01/2002
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo III de la Decisión 2001/740, de 19 de octubre (Ref. DOUE-L-2001-82324).
Materias
  • Carnes
  • Enfermedad animal
  • Ganado porcino
  • Ganado vacuno
  • Intercambios intracomunitarios
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Sanidad veterinaria

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