LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1452/2001(2), y, en particular, sus artículos 8 y 11,
Vista la Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, por la que se establecen las condiciones que rigen los intercambios intracomunitarios de los animales de las especies ovina y caprina (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 2001/10/CE (4), y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 93/198/CEE de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye la Decisión 97/231/CE (6), establece las condiciones sanitarias y la certificación veterinaria para la importación de animales domésticos de las especies ovina y caprina.
(2) El Reglamento (CE) n° 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (7), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1326/2001 de la Comisión(8), exige que los animales de las especies ovina y caprina de reproducción o de cría, que vayan a importarse de un tercer país, habrán de cumplir requisitos similares a los exigidos en el interior de la Comunidad.
(3) Por esa razón los requisitos que figuran en los certificados sanitarios para el comercio intracomunitario y las importaciones de terceros países para animales de las especies ovina y caprina de reproducción o de cría deben modificarse para recoger estos nuevos requisitos comunitarios.
(4) Es oportuno actualizar y armonizar los certificados exigidos en las importaciones de todas las categorías de animales de la especie ovina y caprina con los requisitos fijados para otras especies.
(5) Los anexos de la Directiva 91/68/CEE y de la Decisión 93/198/CEE deben modificarse en consecuencia.
(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Las partes 1 a y 1 b del anexo I y las partes 1 a y 1 b del anexo II de la Decisión 93/198/CEE se sustituirán por las correspondientes partes que figuran en el anexo I de la presente Decisión.
Artículo 2
El modelo III del anexo E de la Directiva 91/68/CEE se sustituirá por el texto del anexo III de la presente Decisión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el trigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 25 de marzo de 2002.
Por la Comisión
David Byrne
Miembro de la Comisión
__________________
(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28.
(2) DO L 198 de 21.7.2001, p. 11.
(3) DO L 46 de 19.2.1991, p. 19.
(4) DO L 147 de 31.5.2001, p. 41.
(5) DO L 86 de 6.4.1993, p. 34.
(6) DO L 93 de 8.4.1997, p. 22.
(7) DO L 147 de 31.5.2001, p. 1.
(8) DO L 177 de 29.6.2001, p. 60.
ANEXO I
"ANEXO I
PARTE 1 a
CE5RTIFICADO ZOOSANITARIO
Para los animales domésticos de las especies ovina y caprina destinados a la Comunidad Europea que vayan a ser sacrificados inmediatamente
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 32 A 35
PARTE 1 b
CERTIFICADO ZOOSANITARIO
Para los animales domésticos de las especies ovina y caprina destinados a la Comunidad Europea que vayan a ser sacrificados inmediatamente
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 36 A 38
ANEXO II
PARTE 1 a
CERTIFICADO ZOOSANITARIO
Para animales domésticos de las especies ovina y caprina de engorde destinados a la Comunidad Europea
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 39 A 42
PARTE 1 b
CERTIFICADO ZOOSANITARIO
Para los animales domésticos de las especies ovina y caprina de reproducción o de cría destinados a la Comunidad Europea
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 43 A 47
ANEXO II
>ANEXO E
MODELO III
Certificado sanitario (1) para el comercio entre los Estados miembros de la Comunidad Europea .Animales de reproducción o de cría de las especies ovina o caprina
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 48 A 51
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