Está Vd. en

Documento DOUE-L-2002-80682

Decisión de la Comisión, de 18 de abril de 2002, por la que se establece la lista de zonas autorizadas en relación con Bonamia ostreae y/o Marteilia refringens [notificada con el número C(2002) 1426].

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 103, de 19 de abril de 2002, páginas 24 a 26 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-80682

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 98/45/CE (2), y, en particular, su artículo 5,

Considerando lo siguiente:

(1) Para obtener la calificación de zonas autorizadas con respecto a la bonamiasis y la marteliosis -provocadas por los agentes Bonamia ostreae (B. ostreae) y Marteilia refringens (M. refringens)- los Estados miembros deben presentar los justificantes oportunos y las normas nacionales que garanticen el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Directiva 91/67/CEE.

(2) La Decisión 93/55/CEE de la Comisión (3), modificada por la Decisión 93/169/CEE (4), modifica las garantías para la introducción de moluscos en las zonas para las que se haya aprobado un programa en relación con los agentes B. ostreae y M. refringens.

(3) Mediante la Decisión 93/56/CEE de la Comisión (5), se aprobó el programa correspondiente a la bonamiasis y la marteliosis presentado por Irlanda.

(4) El Reglamento (CEE) n° 706/73 del Consejo, de 12 de marzo de 1973, relativo a la regulación comunitaria aplicable a las Islas Anglonormandas y a la Isla de Man en lo que se refiere a los intercambios de productos agrícolas (6), modificado por el Reglamento (CEE) n° 1174/86 (7), establece que la normativa veterinaria debe aplicarse en esas islas, a los productos importados en ellas o exportados de ellas a la Comunidad, en las mismas condiciones que en el Reino Unido.

(5) Mediante las Decisiones de la Comisión 92/528/CEE (8) (Gran Bretaña e Irlanda del Norte), 93/57/CEE (9) (Jersey), 93/58/CEE (10) (Guernsey) y 93/59/CEE (11) (Isla de Man), respectivamente, se aprobaron los programas correspondientes a la bonamiasis y la marteliosis presentados por el Reino Unido.

(6) Irlanda ha comunicado los motivos que justifican la concesión, a algunas zonas del país, de la calificación de zona autorizada respecto de B. ostreae y M .refringens, y las disposiciones nacionales que garantizan el cumplimiento de las normas referentes al mantenimiento de dicha calificación.

(7) El Reino Unido ha comunicado los motivos que justifican la concesión, a algunas zonas del país, de la calificación de zona autorizada respecto de B. ostreae y M. refringens, y las disposiciones nacionales que garantizan el cumplimiento de las normas referentes al mantenimiento de dicha calificación.

(8) La documentación facilitada por Irlanda y el Reino Unido en relación con dichas zonas demuestra que todas ellas reúnen los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Directiva 91/67/CEE. Por consiguiente, procede concederles la calificación de zonas autorizadas.

(9) En aras de la claridad y la simplificación, es conveniente establecer una lista de todas las zonas autorizadas respecto de la bonamiasis y la marteliosis y derogar las Decisiones por las que se aprueban los anteriores programas aplicados en las zonas que han obtenido ya la calificación de autorizadas.

(10) Las Decisiones 92/528/CEE, 93/56/CEE, 93/57/CEE, 93/58/CEE y 93/59/CEE deben derogarse y sustituirse por la presente Decisión.

(11) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las zonas reconocidas como zonas autorizadas respecto de los agentes B. ostreae y M. refringens se relacionan en el anexo.

Artículo 2

Quedan derogadas las Decisiones 92/528/CEE, 93/56/CEE, 93/57/CEE, 93/58/CEE y 93/59/CEE.

Las referencias a las Decisiones derogadas se entenderán hechas a la presente Decisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

_________________

(1) DO L 46 de 19.2.1991, p. 1.

(2) DO L 189 de 3.7.1998, p. 12.

(3) DO L 14 de 22.1.1993, p. 24.

(4) DO L 71 de 24.3.1993, p. 16.

(5) DO L 14 de 22.1.1993, p. 25.

(6) DO L 68 de 15.3.1973, p. 1.

(7) DO L 107 de 24.4.1986, p. 1.

(8) DO L 332 de 18.11.1992, p. 25.

(9) DO L 14 de 22.1.1993, p. 26.

(10) DO L 14 de 22.1.1993, p. 27.

(11) DO L 14 de 22.1.1993, p. 28.

ANEXO

ZONAS AUTORIZADAS EN RELACIÓN CON LAS ENFERMEDADES DE LOS MOLUSCOS CAUSADAS POR B. OSTREAE Y M. REFRINGENS

1.A. Zonas autorizadas respecto de B. ostreae en Irlanda

- Toda la costa de Irlanda, excepto las cuatro zonas siguientes:

- Cork Harbour,

- Galway Bay,

- Ballinakill Harbour,

- Clew Bay.

1.B. Zonas autorizadas respecto de M. refringens en Irlanda

- Toda la costa de Irlanda.

2.A. Zonas autorizadas respecto de B. ostreae en el Reino Unido, las Islas Anglonormandas y la Isla de Man

- Toda la costa de Gran Bretaña, excepto las zonas siguientes:

- costa meridional de Cornualles desde Lizard hasta Start Point,

- zona en torno al estuario del Solent desde Portland Bill hasta Selsey Bill,

- costa de Essex desde Shoeburyness hasta Landguard point.

- Toda la costa de Irlanda del Norte.

- Toda la costa de Guernsey y Herm.

- Zona de los "States of Jersey": consiste en la franja costera y la franja intermareal entre el límite medio de la pleamar y una línea imaginaria situada a tres millas náuticas del límite medio de la bajamar de la Isla de Jersey. La zona está situada en el golfo de Saint Malo, en el sur del Canal de la Mancha.

- Toda la costa de la Isla de Man.

2.B. Zonas autorizadas respecto de M. refringens en el Reino Unido, las Islas Anglonormandas y la Isla de Man

- Toda la costa de Gran Bretaña.

- Toda la costa de Irlanda del Norte.

- Toda la costa de Guernsey y Herm.

- Zona de los "States of Jersey": consiste en la franja costera y la franja intermareal entre el límite medio de la pleamar y una línea imaginaria situada a tres millas náuticas del límite medio de la bajamar de la Isla de Jersey. La zona está situada en el golfo de Saint Malo, en el sur del Canal de la Mancha.

- Toda la costa de la Isla de Man.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 18/04/2002
  • Fecha de publicación: 19/04/2002
  • Fecha de derogación: 01/08/2009
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA con efectos de 1 de agosto de 2009, por Decisión 2009/177, de 31 de octubre (Ref. DOUE-L-2009-80413).
  • SE MODIFICA el anexo, por Decisión 2007/104, de 15 de febrero (Ref. DOUE-L-2007-80199).
  • SE SUSTITUYE:
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5 de la Directiva 91/67, de 28 de enero (Ref. DOUE-L-1991-80142).
  • EN RELACIÓN con la Decisión 93/55, de 21 de diciembre de 1992 (Ref. DOUE-L-1993-80033).
Materias
  • Acuicultura
  • Enfermedad animal
  • Irlanda
  • Mariscos
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Sanidad veterinaria

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid