En la página 18, en el anexo, en el punto 1.2.5, "Florfenicol", en la columna "Otras disposiciones":
en lugar de: "No debe utilizarse en animales que producen huevos para consumo humano",
léase: "No debe utilizarse en animales que producen leche para consumo humano".
En la página 189, en el anexo, en el punto 1.2.10, "Paramomicina", en la columna "Otras disposiciones":
en lugar de: "No debe utilizarse en animales que producen huevos para consumo humano",
léase: "No debe utilizarse en animales que producen leche o huevos para consumo humano".
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