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Documento DOUE-L-2002-82105

Decisión de la Comisión, de 21 de noviembre de 2002, por la que se modifica la Decisión 94/652/CE, en lo relativo a la actualización del inventario de las tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios [notificada con el número C(2002) 4447].

Publicado en:
«DOCE» núm. 319, de 23 de noviembre de 2002, páginas 28 a 29 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-82105

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 93/5/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1993, relativa a la asistencia a la Comisión por parte de los Estados miembros y a su cooperación en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (1) y, en particular, el cuarto guión del apartado 2 de su artículo 3,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 94/458/CE de la Comisión (2), establece normas para la gestión administrativa de la cooperación en el examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios.

(2) La Decisión 94/652/CE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/773/CE (4), establece el inventario y la distribución de tareas que deben emprenderse en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios.

(3) La actualización del inventario de tareas debe tener en cuenta las necesidades de protección de la salud pública en la Comunidad y los requisitos de la legislación comunitaria en el sector de los productos alimenticios.

(4) Las tareas se distribuirán teniendo en cuenta los conocimientos científicos y los recursos de que dispongan los Estados miembros y, en particular, las instituciones que participen en la cooperación científica.

(5) Procede, pues, modificar en consecuencia la Decisión 94/652/CE.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 94/652/CE se sustituirá por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 21 de noviembre de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO L 52 de 4.3.1993, p. 18.

(2) DO L 189 de 23.7.1994, p. 84.

(3) DO L 253 de 29.9.1994, p. 29.

(4) DO L 290 de 7.11.2001, p. 9.

ANEXO

"ANEXO

Inventario de las tareas que deben emprender los Estados miembros en el marco de la cooperación por parte de los Estados miembros en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 29

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 21/11/2002
  • Fecha de publicación: 23/11/2002
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo de la DECISION 94/652, de 20 de septiembre (Ref. DOUE-L-1994-81466).
Materias
  • Cooperación científica
  • Productos alimenticios

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