Está Vd. en

Documento DOUE-L-2003-80525

Decisión de la Comisión, de 3 de abril de 2003, que modifica la Decisión 93/231/CEE, por la que se autoriza la adopción, contra determinadas enfermedades, de medidas más estrictas que las previstas en los anexos I y II de la Directiva 66/403/CEE del Consejo respecto de la comercialización de patatas de siembra en todo el territorio de determinados Estados miembros o en una parte del mismo [notificada con el número C(2003) 1057].

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 89, de 5 de abril de 2003, páginas 24 a 25 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-80525

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2002/56/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la comercialización de patatas de siembra (1), modificada por la Decisión 2003/66/CE de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 17,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 93/231/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 96/332/CE (4), autorizaba a determinados Estados miembros para limitar, en las regiones enumeradas, la comercialización de patatas de siembra a las patatas de siembra de base de determinadas categorías comunitarias.

(2) Los cambios que se han producido en la estructura administrativa de determinadas regiones de Finlandia exigen la modificación del apartado correspondiente a dicho país en la Decisión mencionada.

(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de semillas y plantas agrícolas, hortícolas y forestales.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 93/231/CEE queda modificado de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 3 de abril de 2003.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

______

(1) DO L 193 de 20.7.2002, p. 60; Directiva que ha quedado derogada y ha sido sustituida por la Directiva 66/403/CEE.

(2) DO L 25 de 30.1.2003, p. 42.

(3) DO L 106 de 30.4.1993, p. 11.

(4) DO L 127 de 25.5.1996, p. 31.

ANEXO

En el apartado correspondiente a Finlandia del anexo de la Decisión 93/231/CEE, el texto de la columna 2 se sustituirá por el texto siguiente:

Municipios de Liminka y Tyrnava.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 03/04/2003
  • Fecha de publicación: 05/04/2003
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decisión 3/2004, de 19 de diciembre; (Ref. DOUE-L-2004-80004).
  • Fecha de derogación: 06/01/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Decisión 2004/3, de 19 de diciembre de 2003 (Ref. DOUE-L-2004-80004).
Referencias anteriores
Materias
  • Comercialización
  • Finlandia
  • Patata
  • Sanidad vegetal

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid