En la página 53, en el artículo 9, en el primer párrafo, en el cuarto guión:
em lugar de: - en la casilla 20, el contenido en productos del sector de los cereales que ha de incorporarse al pienso compuesto, si se conoce, distinguiendo el maíz de los demás cereales; si se hace uso de la facultad prevista en el primer guión al rellenar la casilla 15, el esquema de incorporación del maíz y otros cereales.,
léase: - en la casilla 20, el contenido en productos del sector de los cereales que ha de incorporarse al pienso compuesto, si se conoce, distinguiendo el maíz de los demás cereales; si se hace uso de la facultad prevista en el primer guión al rellenar la casilla 15, indicando dos o más subdivisiones, el esquema de incorporación del maíz y otros cereales..
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