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Documento DOUE-L-2003-81890

Decisión nº 1/2003 del Consejo de Asociación UE-Túnez, de 30 de septiembre de 2003, relativa a la creación de subcomités del Comité de Asociación.

Publicado en:
«DOUE» núm. 311, de 27 de noviembre de 2003, páginas 14 a 23 (10 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-81890

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-TÚNEZ,

Visto el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Túnez, por otra,

Considerando lo siguiente:

(1) El establecimiento de una zona de libre comercio entre la Unión Europea y Túnez antes del 28 de febrero de 2010.

(2) La complejidad técnica creciente de las relaciones de la Unión Europea con los países mediterráneos del sur, generada por la aplicación de los Acuerdos Euromediterráneos y la prosecución de la asociación euromediterránea.

(3) La creación de subcomités en los Comités de Asociación de los restantes países asociados, con el fin de supervisar el respeto de las prioridades de asociación y la aproximación de las legislaciones.

(4) Existe la necesidad de integrar el medio ambiente en las políticas sectoriales con el objetivo de lograr el desarrollo sostenible.

(5) El artículo 84 del Acuerdo dispone la creación de aquellos grupos de trabajo u órganos necesarios para la aplicación del Acuerdo.

DECIDE:

Artículo único

Quedan instituidos en el Comité de Asociación UE-Túnez los subcomités enumerados en el anexo 1 y se adoptan sus reglamentos internos, que figuran en el anexo 2.

Los subcomités desarrollarán su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que presentarán un informe tras cada una de sus reuniones. Dichos subcomités carecerán de poderes decisorios.

El Comité de Asociación adoptará todas las medidas necesarias para garantizar su buen funcionamiento e informará al Consejo de Asociación.

El Consejo de Asociación podrá decidir crear otros subcomités o grupos, o suprimir subcomités o grupos existentes.

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2003.

Por el Consejo de Asociación

H. Ben Yahia

ANEXO 1

ACUERDO DE ASOCIACIÓN UE-TÚNEZ

SUBCOMITÉS ADSCRITOS AL COMITÉ DE ASOCIACIÓN

1. Mercado interior

2. Industria, comercio y servicios

3. Transporte, medio ambiente y energía

4. Investigación e innovación

5. Agricultura y pesca

6. Justicia y seguridad

Estos subcomités se añadirán a aquellos contemplados directamente en el Acuerdo de Asociación en los ámbitos siguientes: asuntos sociales y culturales, cooperación aduanera, asuntos económicos y monetarios.

Habida cuenta de su importancia como elemento fundamental del Acuerdo de Asociación, las cuestiones relativas a los principios democráticos y los derechos humanos se tratarán con la debida atención en los distintos foros creados en el marco del Acuerdo. Si así lo deciden las Partes y en el marco del estrechamiento de la cooperación, se abordarán asimismo en un subcomité del Comité de Asociación o en un grupo específico.

ANEXO 2

Reglamento interno

Subcomité n° 1 UE-Túnez

Mercado interior

1. Composición y presidencia

El subcomité estará formado por representantes de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, así como del Gobierno de Túnez, y presidido alternativamente por las dos Partes.

2. Función

El subcomité desarrollará su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que informará tras cada reunión. El subcomité carecerá de poderes decisorios, si bien podrá presentar propuestas al Comité de Asociación.

3. Temas

El subcomité examinará la aplicación del Acuerdo de Asociación en los sectores mencionados a continuación. En particular, evaluará los progresos realizados en la aproximación, la aplicación y el cumplimiento de las legislaciones. Si procede, analizará la cooperación en materia de administración pública. Examinará cualquier problema que pueda surgir en los sectores que figuran a continuación y sugerirá las medidas que deban adoptarse:

a) reglamentación técnica, metrología, acreditación, normalización, certificación, evaluación de la conformidad y vigilancia del mercado;

b) competencia y ayudas de Estado;

c) derechos de propiedad intelectual, industrial y comercial;

d) contratos públicos.

Esta lista no es exhaustiva. El Comité de Asociación podrá añadir otros temas, en particular de naturaleza horizontal, como la estadística.

En las reuniones del subcomité se podrán abordar las cuestiones relativas a uno, varios o todos los sectores mencionados anteriormente.

4. Secretaría

Un funcionario de la Comisión Europea y un funcionario del Gobierno de Túnez actuarán conjuntamente como secretarios permanentes del subcomité.

Todas las comunicaciones relativas al subcomité se transmitirán a sus secretarios.

5. Reuniones

El subcomité se reunirá cada vez que las circunstancias lo exijan. Podrá convocarse una sesión a petición de cualquiera de las Partes, a través del secretario correspondiente, que remitirá la solicitud a la otra Parte. A partir de la recepción de una solicitud de reunión del subcomité, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de quince días laborables.

En caso de especial urgencia, el subcomité podrá convocarse en un plazo más breve sujeto al acuerdo de ambas Partes. Todas las solicitudes de convocatoria de reuniones se realizarán por escrito.

Cada reunión del subcomité se celebrará en la fecha y el lugar acordados por las dos Partes.

En cada Parte, las sesiones serán convocadas por el secretario correspondiente de acuerdo con el presidente. Antes de cada reunión se informará al presidente de la composición prevista de la delegación de cada Parte.

Si ambas Partes están de acuerdo, el subcomité podrá invitar a expertos a sus reuniones a fin de obtener información concreta.

6. Orden del día de las reuniones

Todas las solicitudes de inclusión de puntos en el orden del día se remitirán a los secretarios del subcomité.

El presidente elaborará un orden del día provisional de cada reunión. El secretario del subcomité lo transmitirá a la otra Parte a más tardar diez días antes del inicio de la reunión.

El orden del día provisional incluirá los puntos cuya inscripción en el mismo se solicite a los secretarios como mínimo quince días antes del comienzo de la reunión. Ambas Partes deberán recibir los documentos justificativos al menos siete días antes de la reunión. Con el acuerdo de las Partes, se podrán reducir los plazos mencionados a fin de tener en cuenta los casos particulares y/o urgentes.

El subcomité aprobará el orden del día al inicio de cada reunión.

7. Acta

Los dos secretarios redactarán y aprobarán el acta después de cada reunión. Los secretarios del subcomité enviarán copia de la misma, incluidas las propuestas del subcomité, a los Secretarios y al Presidente del Comité de Asociación.

8. Publicidad

A menos que se decida lo contrario, las reuniones del subcomité no serán públicas.

Reglamento interno

Subcomité n° 2 UE-Túnez

Industria, comercio y servicios

1. Composición y presidencia

El subcomité estará formado por representantes de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, así como del Gobierno de Túnez, y presidido alternativamente por las dos Partes.

2. Función

El subcomité desarrollará su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que informará tras cada reunión. El subcomité carecerá de poderes decisorios, si bien podrá presentar propuestas al Comité de Asociación.

3. Temas

El subcomité examinará la aplicación del Acuerdo de Asociación en los sectores mencionados a continuación. En particular, evaluará los progresos realizados en la aproximación, la aplicación y el cumplimiento de las legislaciones. Si procede, analizará la cooperación en materia de administración pública. Examinará cualquier problema que pueda surgir en los sectores que figuran a continuación y sugerirá las medidas que deban adoptarse:

a) cooperación industrial, incluido el marco administrativo, reglamentario y financiero para la inversión y el desarrollo de las PYME, la modernización industrial y la política de innovación;

b) cuestiones comerciales;

c) servicios, incluidos los servicios financieros (bancos, seguros e inversión) y postales;

d) turismo;

e) derecho de establecimiento;

f) protección de datos.

Esta lista no es exhaustiva. El Comité de Asociación podrá añadir otros temas, en particular de naturaleza horizontal, como la estadística.

En las reuniones del subcomité se podrán abordar las cuestiones relativas a uno, varios o todos los sectores mencionados anteriormente.

4. Secretaría

Un funcionario de la Comisión Europea y un funcionario del Gobierno de Túnez actuarán conjuntamente como secretarios permanentes del subcomité.

Todas las comunicaciones relativas al subcomité se transmitirán a sus secretarios.

5. Reuniones

El subcomité se reunirá cada vez que las circunstancias lo exijan. Podrá convocarse una sesión a petición de cualquiera de las Partes, a través del secretario correspondiente, que remitirá la solicitud a la otra Parte. A partir de la recepción de una solicitud de reunión del subcomité, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de quince días laborables.

En caso de especial urgencia, el subcomité podrá convocarse en un plazo más breve sujeto al acuerdo de ambas Partes. Todas las solicitudes de convocatoria de reuniones se realizarán por escrito.

Cada reunión del subcomité se celebrará en la fecha y el lugar acordados por las dos Partes.

En cada Parte, las sesiones serán convocadas por el secretario correspondiente de acuerdo con el presidente. Antes de cada reunión se informará al presidente de la composición prevista de la delegación de cada Parte.

Si ambas Partes están de acuerdo, el subcomité podrá invitar a expertos a sus reuniones a fin de obtener información concreta.

6. Orden del día de las reuniones

Todas las solicitudes de inclusión de puntos en el orden del día se remitirán a los secretarios del subcomité.

El presidente elaborará un orden del día provisional de cada reunión. El secretario del subcomité lo transmitirá a la otra Parte a más tardar diez días antes del inicio de la reunión.

El orden del día provisional incluirá los puntos cuya inscripción en el mismo se solicite a los secretarios como mínimo quince días antes del comienzo de la reunión. Ambas Partes deberán recibir los documentos justificativos al menos siete días antes de la reunión. Con el acuerdo de las Partes, se podrán reducir los plazos mencionados a fin de tener en cuenta los casos particulares y/o urgentes.

El subcomité aprobará el orden del día al inicio de cada reunión.

7. Acta

Los dos secretarios redactarán y aprobarán el acta después de cada reunión. Los secretarios del subcomité enviarán copia de la misma, incluidas las propuestas del subcomité, a los Secretarios y al Presidente del Comité de Asociación.

8. Publicidad

A menos que se decida lo contrario, las reuniones del subcomité no serán públicas.

Reglamento interno

Subcomité n° 3 UE-Túnez

Transporte, medio ambiente y energía

1. Composición y presidencia

El subcomité estará formado por representantes de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, así como del Gobierno de Túnez, y presidido alternativamente por las dos Partes.

2. Función

El subcomité desarrollará su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que informará tras cada reunión. El subcomité carecerá de poderes decisorios, si bien podrá presentar propuestas al Comité de Asociación.

3. Temas

El subcomité examinará la aplicación del Acuerdo de Asociación en los sectores mencionados a continuación. En particular, evaluará los progresos realizados por lo que respecta a la aproximación, la aplicación y el cumplimiento de las legislaciones y la integración de la política medioambiental en todos los ámbitos de dicho Acuerdo. Para ello, y en la medida de lo posible, tendrá reuniones de trabajo periódicas con los demás subcomités. Si procede, analizará la cooperación en materia de administración pública. Examinará cualquier problema que pueda surgir en los sectores que figuran a continuación y sugerirá las medidas que deban adoptarse:

a) transportes: en particular, la modernización y el desarrollo de las infraestructuras (en concreto las interconexiones), la apertura de los mercados, la seguridad en sus diversos aspectos en los ámbitos marítimo y aéreo, el control y la gestión de los puertos y aeropuertos, la mejora del sistema multimodal y la intensificación de la cooperación regional;

b) medio ambiente: en particular, el refuerzo de las capacidades de protección del medio ambiente en los ámbitos prioritarios contemplados en el programa de acciones prioritarias a corto y medio plazo para el medio ambiente (SMAP) y la integración de la dimensión medioambiental en los sectores prioritarios de la Asociación Euromediterránea en una perspectiva de desarrollo sostenible;

c) energía: en particular, la modernización y el desarrollo de las infraestructuras (en concreto las interconexiones), la apertura de los mercados, la integración del mercado magrebí de la electricidad, las reformas y el establecimiento de reguladores, la seguridad en sus diversos aspectos de las infraestructuras de la energía, la gestión de la demanda, el fomento de las energías renovables, la investigación y la cooperación en los intercambios de datos.

Esta lista no es exhaustiva. El Comité de Asociación podrá añadir otros temas, en particular de naturaleza horizontal, como la estadística.

En las reuniones del subcomité se podrán abordar las cuestiones relativas a uno, varios o todos los sectores mencionados anteriormente.

4. Secretaría

Un funcionario de la Comisión Europea y un funcionario del Gobierno de Túnez actuarán conjuntamente como secretarios permanentes del subcomité.

Todas las comunicaciones relativas al subcomité se transmitirán a sus secretarios.

5. Reuniones

El subcomité se reunirá cada vez que las circunstancias lo exijan. Podrá convocarse una sesión a petición de cualquiera de las Partes, a través del secretario correspondiente, que remitirá la solicitud a la otra Parte. A partir de la recepción de una solicitud de reunión del subcomité, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de quince días laborables.

En caso de especial urgencia, el subcomité podrá convocarse en un plazo más breve sujeto al acuerdo de ambas Partes. Todas las solicitudes de convocatoria de reuniones se realizarán por escrito.

Cada reunión del subcomité se celebrará en la fecha y el lugar acordados por las dos Partes.

En cada Parte, las sesiones serán convocadas por el secretario correspondiente de acuerdo con el presidente. Antes de cada reunión se informará al presidente de la composición prevista de la delegación de cada Parte.

Si ambas Partes están de acuerdo, el subcomité podrá invitar a expertos a sus reuniones a fin de obtener información concreta.

6. Orden del día de las reuniones

Todas las solicitudes de inclusión de puntos en el orden del día se remitirán a los secretarios del subcomité.

El presidente elaborará un orden del día provisional de cada reunión. El secretario del subcomité lo transmitirá a la otra Parte a más tardar diez días antes del inicio de la reunión.

El orden del día provisional incluirá los puntos cuya inscripción en el mismo se solicite a los secretarios como mínimo quince días antes del comienzo de la reunión. Ambas Partes deberán recibir los documentos justificativos al menos siete días antes de la reunión. Con el acuerdo de las Partes, se podrán reducir los plazos mencionados a fin de tener en cuenta los casos particulares y/o urgentes.

El subcomité aprobará el orden del día al inicio de cada reunión.

7. Acta

Los dos secretarios redactarán y aprobarán el acta después de cada reunión. Los secretarios del subcomité enviarán copia de la misma, incluidas las propuestas del subcomité, a los Secretarios y al Presidente del Comité de Asociación.

8. Publicidad

A menos que se decida lo contrario, las reuniones del subcomité no serán públicas.

Reglamento interno

Subcomité n° 4 UE-Túnez

Investigación e innovación

1. Composición y presidencia

El subcomité estará formado por representantes de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, así como del Gobierno de Túnez, y presidido alternativamente por las dos Partes.

2. Función

El subcomité desarrollará su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que informará tras cada reunión. El subcomité carecerá de poderes decisorios, si bien podrá presentar propuestas al Comité de Asociación.

3. Temas

El subcomité examinará la aplicación del Acuerdo de Asociación en los sectores mencionados a continuación. En particular, evaluará los progresos realizados en la aproximación, la aplicación y el cumplimiento de las legislaciones. Si procede, analizará la cooperación en materia de administración pública. Examinará cualquier problema que pueda surgir en los sectores que figuran a continuación y sugerirá las medidas que deban adoptarse:

a) desarrollo de la capacidad material e institucional de Túnez en el ámbito de la ciencia y la tecnología, incluida la utilización de los resultados de la investigación científica y tecnológica por la industria y las PYME de dicho país;

b) innovación, difusión de los conocimientos y transferencia de tecnologías;

c) redes y servicios de comunicación electrónicos;

d) tecnologías de la información;

e) formación profesional, educación y juventud;

f) cooperación cultural y política del sector audiovisual.

Esta lista no es exhaustiva. El Comité de Asociación podrá añadir otros temas, en particular de naturaleza horizontal, como la estadística.

En las reuniones del subcomité se podrán abordar las cuestiones relativas a uno, varios o todos los sectores mencionados anteriormente.

4. Secretaría

Un funcionario de la Comisión Europea y un funcionario del Gobierno de Túnez actuarán conjuntamente como secretarios permanentes del subcomité.

Todas las comunicaciones relativas al subcomité se transmitirán a sus secretarios.

5. Reuniones

El subcomité se reunirá cada vez que las circunstancias lo exijan. Podrá convocarse una sesión a petición de cualquiera de las Partes, a través del secretario correspondiente, que remitirá la solicitud a la otra Parte. A partir de la recepción de una solicitud de reunión del subcomité, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de quince días laborables.

En caso de especial urgencia, el subcomité podrá convocarse en un plazo más breve sujeto al acuerdo de ambas Partes. Todas las solicitudes de convocatoria de reuniones se realizarán por escrito.

Cada reunión del subcomité se celebrará en la fecha y el lugar acordados por las dos Partes.

En cada Parte, las sesiones serán convocadas por el secretario correspondiente de acuerdo con el presidente. Antes de cada reunión se informará al presidente de la composición prevista de la delegación de cada Parte.

Si ambas Partes están de acuerdo, el subcomité podrá invitar a expertos a sus reuniones a fin de obtener información concreta.

6. Orden del día de las reuniones

Todas las solicitudes de inclusión de puntos en el orden del día se remitirán a los secretarios del subcomité.

El presidente elaborará un orden del día provisional de cada reunión. El

secretario del subcomité lo transmitirá a la otra Parte a más tardar diez días antes del inicio de la reunión.

El orden del día provisional incluirá los puntos cuya inscripción en el mismo se solicite a los secretarios como mínimo quince días antes del comienzo de la reunión. Ambas Partes deberán recibir los documentos justificativos al menos siete días antes de la reunión. Con el acuerdo de las Partes, se podrán reducir los plazos mencionados a fin de tener en cuenta los casos particulares y/o urgentes.

El subcomité aprobará el orden del día al inicio de cada reunión.

7. Acta

Los dos secretarios redactarán y aprobarán el acta después de cada reunión. Los secretarios del subcomité enviarán copia de la misma, incluidas las propuestas del subcomité, a los Secretarios y al Presidente del Comité de Asociación.

8. Publicidad

A menos que se decida lo contrario, las reuniones del subcomité no serán públicas.

Reglamento interno

Subcomité n° 5 UE-Túnez

Agricultura y pesca

1. Composición y presidencia

El subcomité estará formado por representantes de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, así como del Gobierno de Túnez, y presidido alternativamente por las dos Partes.

2. Función

El subcomité desarrollará su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que informará tras cada reunión. El subcomité carecerá de poderes decisorios, si bien podrá presentar propuestas al Comité de Asociación.

3. Temas

El subcomité examinará la aplicación del Acuerdo de Asociación en los sectores mencionados a continuación. En particular, evaluará los progresos realizados en la aproximación, la aplicación y el cumplimiento de las legislaciones. Si procede, analizará la cooperación en materia de administración pública. Examinará cualquier problema que pueda surgir en los sectores que figuran a continuación y sugerirá las medidas que deban adoptarse:

a) productos agrícolas y pesqueros;

b) cooperación agrícola y desarrollo rural;

c) productos agrícolas transformados;

d) cuestiones veterinarias y fitosanitarias;

e) legislación aplicable al comercio.

Esta lista no es exhaustiva. El Comité de Asociación podrá añadir otros temas, en particular de naturaleza horizontal, como la estadística.

En las reuniones del subcomité se podrán abordar las cuestiones relativas a uno, varios o todos los sectores mencionados anteriormente.

4. Secretaría

Un funcionario de la Comisión Europea y un funcionario del Gobierno de Túnez actuarán conjuntamente como secretarios permanentes del subcomité.

Todas las comunicaciones relativas al subcomité se transmitirán a sus secretarios.

5. Reuniones

El subcomité se reunirá cada vez que las circunstancias lo exijan. Podrá convocarse una sesión a petición de cualquiera de las Partes, a través del secretario correspondiente, que remitirá la solicitud a la otra Parte. A partir de la recepción de una solicitud de reunión del subcomité, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de quince días laborables.

En caso de especial urgencia, el subcomité podrá convocarse en un plazo más breve sujeto al acuerdo de ambas Partes. Todas las solicitudes de convocatoria de reuniones se realizarán por escrito.

Cada reunión del subcomité se celebrará en la fecha y el lugar acordados por las dos Partes.

En cada Parte, las sesiones serán convocadas por el secretario correspondiente de acuerdo con el presidente. Antes de cada reunión se informará al presidente de la composición prevista de la delegación de cada Parte.

Si ambas Partes están de acuerdo, el subcomité podrá invitar a expertos a sus reuniones a fin de obtener información concreta.

6. Orden del día de las reuniones

Todas las solicitudes de inclusión de puntos en el orden del día se remitirán a los secretarios del subcomité.

El presidente elaborará un orden del día provisional de cada reunión. El secretario del subcomité lo transmitirá a la otra Parte a más tardar diez días antes del inicio de la reunión.

El orden del día provisional incluirá los puntos cuya inscripción en el mismo se solicite a los secretarios como mínimo quince días antes del comienzo de la reunión. Ambas Partes deberán recibir los documentos justificativos al menos siete días antes de la reunión. Con el acuerdo de las Partes, se podrán reducir los plazos mencionados a fin de tener en cuenta los casos particulares y/o urgentes.

El subcomité aprobará el orden del día al inicio de cada reunión.

7. Acta

Los dos secretarios redactarán y aprobarán el acta después de cada reunión. Los secretarios del subcomité enviarán copia de la misma, incluidas las propuestas del subcomité, a los Secretarios y al Presidente del Comité de Asociación.

8. Publicidad

A menos que se decida lo contrario, las reuniones del subcomité no serán públicas.

Reglamento interno

Subcomité n° 6 UE-Túnez

Justicia y seguridad

1. Composición y presidencia

El subcomité estará formado por representantes de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, así como del Gobierno de Túnez, y presidido alternativamente por las dos Partes.

2. Función

El subcomité desarrollará su labor bajo la autoridad del Comité de Asociación, al que informará tras cada reunión. El subcomité carecerá de poderes decisorios, si bien podrá presentar propuestas al Comité de Asociación.

3. Temas

El subcomité examinará la aplicación del Acuerdo de Asociación en los sectores mencionados a continuación. En particular, evaluará los progresos realizados en la aproximación, la aplicación y el cumplimiento de las legislaciones. Si procede, analizará la cooperación en materia de administración pública. Examinará cualquier problema que pueda surgir en los sectores que figuran a continuación y sugerirá las medidas que deban adoptarse:

a) cooperación en materia de justicia;

b) droga;

c) cooperación judicial civil y penal;

d) cooperación en la lucha contra la delincuencia organizada, incluidos el tráfico y la trata de seres humanos, el terrorismo, la corrupción y el blanqueo de dinero.

Esta lista no es exhaustiva. El Comité de Asociación podrá añadir otros temas en este contexto de aplicación, entre otros de naturaleza horizontal, como la estadística, en particular relacionados con la aplicación del programa regional.

En las reuniones del subcomité se podrán abordar las cuestiones relativas a uno, varios o todos los sectores mencionados anteriormente.

4. Secretaría

Un funcionario de la Comisión Europea y un funcionario del Gobierno de Túnez actuarán conjuntamente como secretarios permanentes del subcomité.

Todas las comunicaciones relativas al subcomité se transmitirán a sus secretarios.

5. Reuniones

El subcomité se reunirá cada vez que las circunstancias lo exijan. Podrá convocarse una sesión a petición de cualquiera de las Partes, a través del secretario correspondiente, que remitirá la solicitud a la otra Parte. A partir de la recepción de una solicitud de reunión del subcomité, el secretario de la otra Parte responderá en el plazo de quince días laborables.

En caso de especial urgencia, el subcomité podrá convocarse en un plazo más breve sujeto al acuerdo de ambas Partes. Todas las solicitudes de convocatoria de reuniones se realizarán por escrito.

Cada reunión del subcomité se celebrará en la fecha y el lugar acordados por las dos Partes.

En cada Parte, las sesiones serán convocadas por el secretario correspondiente de acuerdo con el presidente. Antes de cada reunión se informará al presidente de la composición prevista de la delegación de cada Parte.

Si ambas Partes están de acuerdo, el subcomité podrá invitar a expertos a sus reuniones a fin de obtener información concreta.

6. Orden del día de las reuniones

Todas las solicitudes de inclusión de puntos en el orden del día se remitirán a los secretarios del subcomité.

El presidente elaborará un orden del día provisional de cada reunión. El secretario del subcomité lo transmitirá a la otra Parte a más tardar diez días antes del inicio de la reunión.

El orden del día provisional incluirá los puntos cuya inscripción en el mismo se solicite a los secretarios como mínimo quince días antes del comienzo de la reunión. Ambas Partes deberán recibir los documentos justificativos al menos siete días antes de la reunión. Con el acuerdo de las Partes, se podrán reducir los plazos mencionados a fin de tener en cuenta los casos particulares y/o urgentes.

El subcomité aprobará el orden del día al inicio de cada reunión.

7. Acta

Los dos secretarios redactarán y aprobarán el acta después de cada reunión. Los Secretarios del subcomité enviarán copia de la misma, incluidas las propuestas del subcomité, a los secretarios y al Presidente del Comité de Asociación.

8. Publicidad

A menos que se decida lo contrario, las reuniones del subcomité no serán públicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 30/09/2003
  • Fecha de publicación: 27/11/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 30/09/2003
  • Entrada en vigor: 30 de septiembre de 2003.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 84 del Acuerdo aprobado por Decisión 98/238, de 26 de enero (Ref. DOUE-L-1998-80532).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Túnez

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