En la página 57, en el artículo 1, en el punto 1, en el apartado 4 del artículo 1 (modificado):
en lugar de:
4. Se considerará aceite de oliva compuesto exclusivamente por aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes, con arreglo al punto 3 del anexo del Reglamento n° 136/66/CEE, el aceite cuyas características se ajusten a las indicadas en el punto 5 del anexo I del presente Reglamento.,
léase:
4. Se considerará aceite de oliva que contiene exclusivamente aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes, con arreglo al punto 3 del anexo del Reglamento n° 136/66/CEE, el aceite cuyas características se ajusten a las indicadas en el punto 5 del anexo I del presente Reglamento..
En la página 60, en el anexo, en la columna "Categoría", en el punto 5:
en lugar de:
5. Aceite de oliva compuesto exclusivamente por aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes,
léase
5. Aceite de oliva - contiene exclusivamente aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes.
En la página 61, en el anexo, en la columna "Categoría", en el punto 5:
en lugar de:
5. Aceite de oliva compuesto exclusivamente por aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes,
léase:
5. Aceite de oliva - contiene exclusivamente aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes.
En la página 64, en el anexo, en el "Cuadro general", en "Aceite de oliva declarado como:", en la quinta división:
en lugar de:
Aceite de oliva compuesto exclusivamente por aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes,
léase:
Aceite de oliva - contiene exclusivamente aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes.
En la página 71, en el cuadro 7, en el título:
en lugar de:
Aceite de oliva compuesto exclusivamente por aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes,
léase:
Aceite de oliva - contiene exclusivamente aceites de oliva refinados y aceites de oliva vírgenes.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid