LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto (1), y, en particular, su artículo 19, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
A fin de mejorar la funcionalidad del certificado comunitario, deben modifcarse determinadas características técnicas establecidas en el anexo IV del Reglamento (CE) nº 2368/2002.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El epígrafe titulado «Numeración» del anexo IV del Reglamento (CE) nº 2368/2002 se modifica como sigue:
a) en el cuarto guión:
i) en el primer renglón, se suprimirá el texto «y será fluorescente en verde a la luz ultravioleta»,
ii) se suprimirá el tercer subguión;
b) el quinto guión se sustituirá por «El segundo constará de una numeración impresa invisible de una secuencia de ocho dígitos (que se corresponda con la anterior), que será fluorescente a la luz ultravioleta».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de abril de 2005.
Por la Comisión
Benita FERRERO-WALDNER
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 1474/2004 de la Comisión (DO L 271 de 18.8.2004, p. 29).
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