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Documento DOUE-L-2005-80840

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 127/2005 de la Comisión, de 27 de enero de 2005, que modifica el Reglamento (CE) nº 20/2002 por el que se aprueban disposiciones de aplicación de los regímenes específicos de las regiones ultraperiféricas establecidos mediante los Reglamentos (CE) nº 1452/2001, (CE) nº 1453/2001 y (CE) nº 1454/2001 del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 121, de 13 de mayo de 2005, páginas 90 a 90 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-80840

TEXTO ORIGINAL

En la página 13, en el artículo 16, en el apartado 1, en la letra c):

en lugar de: «las cantidades de productos que se hayan beneficiado de una exención de los derechos de importación y se reexpidan volverán a consignarse en el plan de previsiones de abastecimiento y el importe de los derechos de importación erga omnes aplicables el día de la exportación será abonado por el expedidor a más tardar en el momento de la reexpedición;»,

léase: «las cantidades de productos que se hayan beneficiado de una exención de los derechos de importación y se reexpidan volverán a consignarse en el plan de previsiones de abastecimiento y el importe de los derechos de importación erga omnes aplicables el día de la importación será abonado por el expedidor a más tardar en el momento de la reexpedición;».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 13/05/2005
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 127/2005, de 27 de enero (Ref. DOUE-L-2005-80087).
Materias
  • Canarias
  • Exportaciones
  • Francia
  • Países y Territorios de Ultramar
  • Portugal

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