LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe (1) y, en particular, su artículo 11, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) En el anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 figura la lista de las personas a las que afecta el bloqueo de todos los capitales y recursos económicos establecido en dicho Reglamento.
(2) La Decisión del Consejo 2005/592/PESC (2) modifica el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC (3). Por lo tanto, el anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 deberá modificarse en consecuencia.
(3) Con objeto de garantizar la efectividad de las medidas previstas en el presente Reglamento, éste debería entrar en vigor de forma inmediata.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 queda modificado por el texto establecido en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 2005.
Por la Comisión
Eneko LANDÁBURU
Director General de Relaciones Exteriores
___________________________________
(1) DO L 55 de 24.2.2004, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 898/2005 de la Comisión (DO L 153 de 16.6.2005, p. 9).
(2) DO L 200 de 30.7.2005, p. 98.
(3) DO L 50 de 20.2.2004, p. 66.
ANEXO
El anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 queda modificado del siguiente modo:
Se añaden las siguientes personas físicas:
1) Sekesai Makwavarara, Alcaldesa en funciones de Harare (ZANU-PF)
2) Edmore Veterai, Subinspector Jefe de Policía, Agente Principal, Harare
3) Munyaradzi Musariri, Subinspector de Policía
4) Wayne Bvudzijena, Subinspector de Policía
5) Partson Mbiriri, Secretario Permanente, Ministerio de Administración Local, Obras Públicas y Desarrollo Urbano
6) Melusi (Mike) Matshiya, Secretario Permanente, Ministerio de Interior.
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