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Documento DOUE-L-2005-81952

Decisión del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe de Egipto, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

Publicado en:
«DOUE» núm. 267, de 12 de octubre de 2005, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-81952

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 310, en relación con el artículo 300, apartado 2, párrafo primero, segunda frase, y apartado 3, párrafo segundo,

Vista el Acta de adhesión de 2003, y en particular su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe de Egipto, por otra, se firmó el 20 de diciembre de 2004 en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros.

(2) Debe aprobarse el Protocolo.

DECIDE:

Artículo único

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, el Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe de Egipto, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión (2).

Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 2005.

Por el Consejo

La Presidenta

M. BECKETT

__________________________________________

(1) Dictamen emitido el 23 de febrero de 2005 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) DO L 31 de 4.2.2005, p. 31.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 20/09/2005
  • Fecha de publicación: 12/10/2005
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Decisión 2005/89, de 24 de septiembre (Ref. DOUE-L-2005-80230).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Egipto

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