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Documento DOUE-L-2006-80089

Decisión del Consejo, de 23 de enero de 2006, sobre los principios, las prioridades y las condiciones que figuran en la Asociación para la adhesión con Turquía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 22, de 26 de enero de 2006, páginas 34 a 50 (17 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-80089

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 390/2001 del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativo a la asistencia en favor de Turquía en el marco de una estrategia de preadhesión, y en particular del establecimiento de una asociación para la adhesión (1), y, en particular, su artículo 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 390/2001 dispone que el Consejo decidirá, por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones que figurarán en la Asociación para la adhesión en el momento de ser presentada a Turquía, así como las adaptaciones importantes que hayan de hacerse ulteriormente.

(2) Sobre esa base, el Consejo adoptó en 2001 y en 2003 una Asociación para la adhesión con Turquía (2).

(3) La recomendación de la Comisión de 2004 respecto a Turquía hizo hincapié en la necesidad de que la Unión Europea siga supervisando el proceso de reforma política y en la conveniencia de proponer una Asociación para la adhesión revisada en 2005.

(4) En diciembre de 2004, el Consejo Europeo concluyó que la Unión Europea seguiría supervisando atentamente el avance de las reformas políticas basándose en una Asociación para la adhesión revisada en la que se establecerían las prioridades del proceso de reforma.

(5) El 3 de octubre de 2005, los Estados miembros iniciaron negociaciones con Turquía sobre su adhesión a la Unión Europea. El avance de las negociaciones estará guiado por los logros de Turquía en su preparación para la adhesión, medidos, entre otras cosas, por el grado de cumplimiento de la Asociación para la adhesión, revisada periódicamente.

(6) A fin de prepararse para la adhesión, se espera que Turquía elabore un plan con un calendario y medidas específicas para abordar las prioridades de la Asociación para la adhesión.

DECIDE:

Artículo 1

Los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones contenidos en la Asociación para la adhesión de Turquía se establecen en el anexo adjunto, que es parte integrante de la presente Decisión.

Artículo 2

La ejecución de la Asociación para la adhesión será examinada y supervisada en los órganos establecidos en el Acuerdo de asociación y por el Consejo con arreglo a informes anuales elaborados por la Comisión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de enero de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

J. PRÖLL

_________________

(1) DO L 58 de 28.2.2001, p. 1.

(2) Decisión 2001/235/CE (DO L 85 de 24.3.2001, p. 13), y Decisión 2003/398/CE (DO L 145 de 12.6.2003, p. 40).

ANEXO

TURQUÍA: ASOCIACIÓN PARA LA ADHESIÓN 2005

1. INTRODUCCIÓN

En su reunión de diciembre de 1997, celebrada en Luxemburgo, el Consejo Europeo decidió que la Asociación para la adhesión constituiría el eje básico de la estrategia de preadhesión reforzada al movilizar todas las formas de asistencia a los Estados candidatos en un marco único. De esta forma, la Comunidad orienta su asistencia hacia las necesidades específicas de cada país candidato para ayudarle a resolver problemas concretos con vistas a la adhesión.

El Consejo adoptó la primera Asociación para la adhesión de Turquía en marzo de 2001. En el documento de estrategia de la Comisión sobre la ampliación, de octubre de 2002, se declaraba que la Comisión propondría una Asociación para la adhesión revisada de Turquía. Así, en marzo de 2003 la Comisión presentó una Asociación para la adhesión revisada que fue adoptada por el Consejo en mayo de ese mismo año. En su recomendación de octubre de 2004, la Comisión propuso, a fin de garantizar la continuidad e irreversibilidad del proceso de reforma política, que la UE siguiera supervisando atentamente el avance de las reformas políticas. En particular, la Comisión propuso que se adoptara una Asociación para la adhesión revisada en 2005.

Turquía deberá elaborar un plan con un calendario y medidas específicas dirigidas a abordar las prioridades de la Asociación para la adhesión.

La Asociación para la adhesión revisada constituye la base de una serie de instrumentos políticos destinados a ayudar al Estado candidato en sus preparativos para la adhesión. Concretamente, la Asociación para la adhesión revisada servirá de base para futuras reformas políticas así como de patrón para medir futuros avances.

2. PRINCIPIOS

Las principales prioridades definidas para Turquía están relacionadas con su capacidad para cumplir los criterios definidos por el Consejo Europeo de Copenhague de 1993 y las exigencias del marco de negociación adoptado por el Consejo el 3 de octubre de 2005.

3. PRIORIDADES

Las principales prioridades enumeradas en la presente Asociación para la adhesión han sido seleccionadas partiendo de la premisa de que es realista esperar que el país las complete o avance sustancialmente en su consecución en el transcurso de los próximos años. Se distingue entre prioridades a corto plazo, realizables en el plazo de uno o dos años, y a medio plazo, realizables en un plazo de tres o cuatro años. Las prioridades se refieren tanto a la legislación como a su aplicación.

En la Asociación para la adhesión revisada se indican los sectores prioritarios para la preparación de Turquía a la adhesión. No obstante, a largo plazo Turquía tendrá que abordar todas las cuestiones señaladas en el informe sobre los progresos realizados por el país, incluida la consolidación del proceso de reforma política para garantizar su irreversibilidad y asegurarse de que se aplique de manera uniforme en todo el país y en todos los niveles de la administración. Por consiguiente, es importante que cumpla los compromisos de aproximación legislativa y de aplicación del acervo, de conformidad con los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de Asociación, la unión aduanera y las decisiones pertinentes del Consejo de Asociación CE-Turquía, por ejemplo, en relación con el régimen comercial de los productos agrícolas.

3.1. PRIORIDADES A CORTO PLAZO

Diálogo político reforzado y criterios políticos

Democracia y Estado de Derecho

Administración pública

— Proseguir la reforma de la administración pública y de la política de personal a fin de garantizar una mayor eficacia, responsabilidad y transparencia.

— Garantizar que la administración local sea efectiva, transparente y participativa, en particular mediante la aplicación de la legislación recientemente adoptada.

— Instaurar un sistema de defensor del pueblo plenamente operativo.

Relaciones entre la sociedad civil y el ejército

— Continuar ajustando el control civil del ejército a las prácticas de los Estados miembros de la UE. Garantizar que las autoridades civiles ejerzan plenamente sus funciones de vigilancia, sobre todo en lo tocante a la formulación y aplicación de la estrategia de seguridad nacional. Adoptar medidas que garanticen una mayor responsabilidad y transparencia en el tratamiento de los asuntos relativos a la seguridad.

— Instaurar un control parlamentario total de la política militar y de defensa, así como de todos los gastos correspondientes, en particular mediante una auditoría externa.

— Suprimir las competencias que aún tengan los tribunales militares para juzgar a civiles.

Sistema judicial

— Garantizar una interpretación coherente de las disposiciones legales, incluidas las del nuevo Código Penal, sobre las libertades fundamentales y los derechos humanos, por todas las autoridades judiciales de conformidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la correspondiente jurisprudencia.

— Garantizar la independencia del poder judicial, en particular en lo concerniente al Consejo Superior del Poder Judicial y de los Fiscales y al nombramiento de nuevos jueces y fiscales.

— Garantizar la igualdad de trato a la acusación y la defensa durante los procesos penales, incluidos los aspectos relacionados con la disposición de las salas de audiencia.

— Ampliar la formación de jueces y fiscales sobre la aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

— Mejorar la eficiencia del poder judicial, particularmente fortaleciendo su capacidad institucional y adoptando una nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.

— Proseguir la creación de tribunales intermedios de apelación regionales.

Política de lucha contra la corrupción

— Comprometerse plenamente a todos los niveles en la lucha contra la corrupción, incluso mediante el refuerzo de todas las instituciones implicadas, así como de la coordinación entre ellas.

— Garantizar la aplicación del Reglamento sobre los principios de un comportamiento ético de los funcionarios y ampliar sus disposiciones a los cargos electos, los magistrados, los académicos y el personal militar.

— Limitar el alcance de la inmunidad parlamentaria en consonancia con la práctica europea.

Derechos humanos y protección de las minorías

Respeto de la legislación internacional sobre derechos humanos

— Promover los derechos humanos con el apoyo activo de una institución nacional de los derechos humanos independiente que disponga de recursos suficientes, de conformidad con los principios de las Naciones Unidas pertinentes. Controlar los casos relativos a los derechos humanos, particularmente mediante la elaboración de estadísticas fiables.

— Ampliar la formación del personal de los organismos encargados de aplicar la ley en cuestiones de derechos humanos y técnicas de investigación, entre otros fines para reforzar la lucha contra la tortura y los malos tratos.

— Ratificar los protocolos facultativos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Acatar el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, lo cual incluye la plena ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

— Aplicar las disposiciones legales sobre el derecho a un nuevo juicio, de conformidad con las sentencias pertinentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

— Garantizar en la legislación y en la práctica el pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales a todas las personas, sin discriminación por razón de lengua, opinión política, raza, sexo, origen étnico o racial, credo o creencia, minusvalía, edad u orientación sexual.

— Ratificar el Protocolo no 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la prohibición general de discriminación por las autoridades públicas.

Derechos civiles y políticos

Prevención de la tortura y los malos tratos

— Garantizar la aplicación de las medidas adoptadas en el contexto de la política de «tolerancia cero» en la lucha contra la tortura y los malos tratos, de conformidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y con las recomendaciones del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura.

— Intensificar la lucha contra la impunidad. Garantizar que los fiscales realizan las oportunas y efectivas investigaciones de los casos denunciados de modo que los tribunales identifiquen y sancionen a los autores.

— Garantizar la aplicación del Protocolo de Estambul en todo el país, en particular mediante un mayor recurso a los expertos médicos.

— Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, que prevé el establecimiento de un sistema de control independiente de los centros de detención.

Acceso a la justicia

— Aumentar las posibilidades de una defensa eficaz, como el acceso a la asistencia jurídica y a servicios de interpretación cualificados.

— Garantizar que los ciudadanos conozcan y estén en situación de ejercer su derecho a tener acceso en privado a un abogado y a que su familia sea informada desde el comienzo de su detención.

Libertad de expresión, asociación y reunión pacífica

— Garantizar el ejercicio de la libertad de expresión, incluida la libertad de prensa, con arreglo al Convenio Europeo de Derechos Humanos y a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

— Continuar mejorando la situación de las personas procesadas o condenadas por la expresión no violenta de su opinión.

— Adoptar todas las reformas relativas a la libertad de asociación y reunión pacífica, de conformidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la correspondiente jurisprudencia. Adoptar medidas para prevenir el uso excesivo de la fuerza por las fuerzas de seguridad.

— Adaptar las disposiciones pertinentes aplicables a los partidos políticos a las prácticas europeas.

— Adaptar la financiación y la auditoría de los partidos políticos a las prácticas europeas.

— Propiciar y alentar el desarrollo de la sociedad civil y su participación en la elaboración de las políticas públicas.

— Facilitar y alentar la comunicación y cooperación entre todos los sectores de la sociedad civil turca y sus socios europeos.

Libertad religiosa

— Adoptar una ley que permita resolver globalmente, conforme a las normas europeas, las dificultades que encuentran las minorías religiosas y las comunidades no musulmanas. A la espera de la adopción de esta ley, suspender todas las ventas o confiscaciones por las autoridades competentes de propiedades que pertenezcan o hayan pertenecido a las fundaciones de comunidades religiosas no musulmanas.

— Adoptar y aplicar disposiciones relativas al ejercicio de la libertad de pensamiento, conciencia y culto por las personas o comunidades religiosas, conforme al Convenio Europeo de Derechos Humanos y teniendo en cuenta las recomendaciones pertinentes de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa.

— Establecer las condiciones para el funcionamiento de todas las comunidades religiosas, acordes con la práctica de los Estados miembros. Tales condiciones incluyen la protección legal y judicial (mediante, entre otras cosas, el acceso a la personalidad jurídica) de las comunidades, sus miembros y sus bienes, la enseñanza, la designación y la formación del clero, y el disfrute de los derechos de propiedad con arreglo al Protocolo no 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Derechos económicos y sociales

Derechos de la mujer

— Aplicar la legislación relativa a los derechos de la mujer, en particular el Código Civil, el nuevo Código Penal y la ley de protección de la familia.

— Continuar tomando medidas en contra de todas las formas de violencia contra las mujeres, incluidos los crímenes cometidos en nombre del honor. Impartir formación especializada a los jueces y fiscales, al personal de los organismos encargados de aplicar la ley, ayuntamientos y otras instituciones, así como crear refugios para las mujeres amenazadas por la violencia en todos los grandes municipios, de conformidad con la legislación actual.

— Seguir promoviendo el papel de la mujer en la sociedad, especialmente su educación y participación en el mercado laboral y en la vida social y política, y apoyar el desarrollo de las organizaciones de mujeres como medio para cumplir esos objetivos.

Derechos del niño

— Fomentar la protección de los derechos del niño, en consonancia con las normas de la UE e internacionales.

— Proseguir los esfuerzos encaminados a abordar el problema de los niños de la calle.

Derechos sindicales

— Garantizar el pleno respeto de los derechos sindicales conforme a las normas de la UE y a los Convenios pertinentes de la OIT, particularmente el derecho a organizarse, el derecho a la huelga y el derecho de negociación colectiva.

— Reforzar el diálogo social y facilitar e impulsar la cooperación con los socios de la UE.

Derechos de las minorías, derechos culturales y protección de las minorías

— Garantizar la diversidad cultural y promover el respeto y la protección de las minorías, de conformidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y los principios establecidos en el Convenio Marco de Protección de las Minorías Nacionales, en consonancia con las mejores prácticas de los Estados miembros.

— Garantizar la protección jurídica de las minorías, sobre todo el disfrute del derecho de propiedad según el Protocolo no 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

— Garantizar el acceso efectivo a la difusión audiovisual en otras lenguas distintas del turco. Eliminar los obstáculos persistentes, en particular para los organismos privados de radiodifusión locales y regionales.

— Adoptar medidas apropiadas para apoyar la enseñanza de lenguas distintas del turco.

Situación en el este y el sudeste

— Suprimir el sistema de vigilancia de los pueblos en el sudeste. Llevar a cabo el desminado de la región.

— Elaborar una estrategia global a fin de reducir las disparidades regionales y, en particular, para mejorar la situación del sudeste del país, con objeto de ofrecer mayores oportunidades económicas, sociales y culturales a todos los ciudadanos turcos, incluidos los de origen kurdo.

— Continuar tomando medidas para facilitar el retorno de los desplazados internos a sus lugares de origen, con arreglo a las recomendaciones del representante especial del Secretario general de las Naciones Unidas sobre la cuestión de los desplazados internos.

— Indemnizar rápida y equitativamente a aquellos que han sufrido pérdidas y daños como resultado de la situación de inseguridad en el sudeste.

Aspectos regionales y obligaciones internacionales Chipre

— Garantizar la prosecución del apoyo a los esfuerzos para lograr una solución global de la cuestión chipriota dentro del marco de las Naciones Unidas y conforme a los principios en los que se basa la Unión, contribuyendo al mismo tiempo a la mejora del entorno favorable a una solución global.

— Aplicar plenamente el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo de Ankara a la adhesión de los diez nuevos Estados miembros de la UE, incluido Chipre (1).

— Tomar, tan pronto como sea posible, medidas concretas a favor de la normalización de las relaciones bilaterales entre Turquía y todos los Estados miembros de la UE, incluida la República de Chipre (1).

Solución pacífica de conflictos fronterizos

— Proseguir los esfuerzos para resolver los conflictos fronterizos pendientes con arreglo al criterio de resolución pacífica de las controversias de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, recurriendo, en caso necesario, a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia.

— Comprometerse inequívocamente con las relaciones de buena vecindad, abordar toda fuente de fricción con los vecinos y abstenerse de toda acción que pueda afectar negativamente al proceso de resolución pacífica de litigios fronterizos.

Obligaciones en virtud del Acuerdo de Asociación

— Garantizar la aplicación de los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de Asociación, en particular la unión aduanera.

— Levantar las restricciones al comercio de carne de vacuno, animales vivos de la especie bovina y productos derivados.

Criterios económicos

— Continuar la aplicación del actual programa de reforma estructural acordado con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial, garantizando, en particular, el control del gasto público.

— Completar la aplicación de la reforma del sector financiero, en especial la adaptación de las medidas cautelares y de transparencia y la vigilancia respecto de las mismas a las normas internacionales.

— Salvaguardar la independencia de las autoridades reguladoras del mercado.

— Acelerar la privatización de las entidades estatales, en particular de los bancos propiedad del Estado, teniendo en cuenta el factor social.

— Continuar con la liberalización del mercado y la reforma de los precios, en especial en los ámbitos de la energía y de la agricultura, haciendo especial hincapié en los sectores del tabaco y del azúcar.

— Proseguir el diálogo económico con la UE, en especial dentro del marco de los procedimientos de vigilancia fiscal con vistas a la preadhesión, insistiendo en las medidas adecuadas para lograr la estabilidad y previsibilidad macroeconómicas y en la aplicación de las reformas estructurales.

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(1) Véase asimismo la Declaración de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros de 21 de septiembre de 2005.

— Aplicar medidas para abordar el problema de la economía sumergida.

— Mejorar los esfuerzos de formación profesional, en particular a favor de los más jóvenes.

— Corregir los desequilibrios del mercado laboral.

— Mejorar el entorno empresarial y, en particular, el funcionamiento de los tribunales de comercio. Con este fin, mejorar el funcionamiento de las jurisdicciones comerciales, prestando una atención especial a la independencia del aparato judicial y a la utilización adecuada del sistema de testigos expertos.

— Continuar la reforma del sector agrario.

— Garantizar la mejora del nivel general de educación y sanidad, con una atención especial a las generaciones más jóvenes y las regiones desfavorecidas.

— Facilitar y promover la afluencia de inversiones extranjeras directas.

Capacidad para asumir las obligaciones de la adhesión

Libre circulación de mercancías

— Completar la eliminación de los obstáculos técnicos y administrativos al comercio. Asegurar el control efectivo del mercado y la libre circulación de mercancías

— Completar la relación de medidas contrarias a los artículos 28 a 30 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y suprimirlas. Eliminar, en particular, todas las licencias de importación ilegales no automáticas y aplicar el principio del reconocimiento mutuo en los sectores no armonizados.

— Eliminar todas las restricciones a la libre circulación de mercancías debidas a la discriminación en contra de los transportistas de los Estados miembros en razón de su nacionalidad o de los puestos de escala anteriores.

— Garantizar la puesta en práctica de la certificación y la evaluación de la conformidad y del marcado en cumplimiento de las directivas de nuevo enfoque y de enfoque global; reforzar las actuales estructuras de vigilancia del mercado y de evaluación de la conformidad con equipamiento y formación y crear la infraestructura administrativa compatible.

— Desarrollar una infraestructura de metrología legal eficaz y facilitar una más amplia aplicación de la metrología científica e industrial.

Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios

— Definir una metodología y una hoja de ruta para examinar la legislación nacional y ver los posibles obstáculos a las disposiciones del Tratado CE relacionadas con el derecho de establecimiento y la libertad de prestación de servicios.

— Definir y empezar a aplicar una hoja de ruta para la alineación con el acervo por lo que se refiere al reconocimiento de las cualificaciones profesionales, incluido el establecimiento de la necesaria capacidad administrativa.

— Definir una hoja de ruta para la aplicación del acervo en materia de servicios postales.

Libre circulación de capitales

— Eliminar todas las restricciones que afectan a la inversión extranjera directa procedente de la UE en todos los sectores económicos.

Contratación pública

— Acelerar la adaptación al acervo de la legislación sobre contratación pública, en particular en lo relativo a las concesiones concedidas en el sector de los servicios públicos y a los procedimientos de recurso.

— Aumentar la capacidad de la autoridad responsable de la contratación pública para aplicar la nueva ley de la contratación pública.

Ley de propiedad intelectual

— Mejorar el cumplimiento de la legislación relativa a los derechos de propiedad intelectual, reforzando la capacidad administrativa y la coordinación, en particular las de los organismos encargados de aplicar la ley y el aparato judicial. Luchar contra la falsificación de las marcas comerciales, en particular por lo que respecta a los repuestos de automóviles y los artículos de lujo, así como contra la piratería, especialmente en lo relativo a los libros y otros medios de comunicación.

— Convenir con la UE en una solución mutuamente aceptable en el sector farmacéutico para las solicitudes en curso relativas a los productos genéricos.

Competencia

— Adaptarse al acervo en materia de ayudas estatales, en particular en sectores sensibles como la siderurgia, y crear una autoridad nacional de supervisión de las ayudas estatales para asegurar un control riguroso de las mismas.

— Garantizar la transparencia y el intercambio permanente de información en el ámbito de la competencia y de las ayudas estatales.

— Adaptar completamente la legislación secundaria en el ámbito de las medidas antimonopolio.

Servicios financieros

— Adoptar las necesarias medidas de aplicación en virtud de la nueva ley bancaria. Velar por que se logren progresos constantes en la aplicación de la hoja de ruta relativa al nuevo marco de exigencias mínimas de fondos propios para las instituciones crediticias y las sociedades de inversión.

— Reforzar las normas cautelares y de vigilancia en el sector financiero no bancario, especialmente racionalizando, en caso necesario, las estructuras de vigilancia.

Sociedad de la información y medios de comunicación

— Asegurar la aplicación de la legislación sobre tarifación y concesión de licencias.

— Adoptar y aplicar una legislación alineada sobre las comunicaciones electrónicas, especialmente en los ámbitos de tarifación y concesión de licencias, líneas arrendadas, acceso e interconexión, selección del operador y portabilidad del número. Reforzar la capacidad y la independencia de las autoridades reguladoras de la radio y la televisión.

— Continuar la adaptación de la legislación en el ámbito de la política audiovisual, en particular por lo que respecta a la Directiva sobre la televisión sin fronteras.

Agricultura y desarrollo rural

— Adoptar las necesarias medidas legislativas y crear las estructuras administrativas apropiadas para utilizar los instrumentos de la UE relacionados con el desarrollo rural.

Políticas de seguridad alimentaria, veterinaria y fitosanitaria

— Continuar adaptando el sistema de identificación animal y de registro de bovinos a las exigencias de la UE y emprender acciones para la identificación de los ovinos y caprinos y para el registro de sus desplazamientos.

— Adoptar una estrategia para erradicar las principales enfermedades animales.

— Preparar un programa para modernizar los establecimientos de transformación de alimentos a fin de que cumplan las normas de higiene y salud pública de la UE.

— Poner en marcha programas de control de residuos y de zoonosis.

Pesca

— Alinear con el acervo la legislación relativa a la gestión, el control, la comercialización y el ajuste estructural de la pesca. Mejorar la capacidad administrativa

Transporte

— Eliminar todas las restricciones vigentes para los buques que enarbolan pabellón chipriota o que operan en el comercio chipriota, así como las disposiciones de los acuerdos de aviación que discriminan a los transportistas de los Estados miembros basándose en su nacionalidad.

— Proseguir la adaptación al acervo en materia de transporte para todos los medios de transporte.

— Reforzar la administración marítima, en particular la de control del Estado del pabellón y mejorar urgentemente el nivel de seguridad de la flota turca para que sea retirada de la lista negra de los Estados del pabellón del Memorando de Entendimiento de París.

— Adoptar un programa para la adaptación de la flota turca de transporte por carretera a las normas de la UE.

Energía

— Asegurar la independencia y el funcionamiento efectivo de la autoridad reguladora de los sectores de la electricidad, el gas natural y la energía nuclear.

— Asegurar la creación de un mercado interior de la energía competitivo, de acuerdo con las directivas relativas a la electricidad y al gas.

— Apoyar la creación de un mercado regional de la energía integrado progresivamente en un mercado de la energía europeo más amplio. Suprimir las restricciones que afectan al comercio transfronterizo y al acceso de terceros.

— Desarrollar una estrategia energética para facilitar la creación de un marco jurídico en línea con el acervo.

— Iniciar la adaptación al acervo en materia de eficiencia energética y de fuentes de energía renovables y desarrollar la capacidad administrativa en esos sectores.

Fiscalidad

— Continuar la alineación de los impuestos especiales y del IVA, en especial por lo que se refiere a los tipos aplicados, al alcance de las transacciones exentas y a la estructura fiscal, y eliminar las medidas fiscales que pueden implicar trato discriminatorio.

— Proseguir la adaptación al acervo en el ámbito de la fiscalidad directa, especialmente en lo referente al intercambio de información con los Estados miembros de la UE para facilitar la puesta en marcha de medidas de lucha contra el fraude y la evasión fiscales.

— Comprometerse a respetar los principios del código de conducta en materia de fiscalidad de la empresa y garantizar que la futura legislación se ajuste a los principios de dicho código.

— Intensificar los esfuerzos para modernizar y reforzar la administración fiscal con objeto de fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte del contribuyente y mejorar la recaudación de impuestos directos, así como el IVA y los ingresos aduaneros y otros impuestos indirectos. Establecer instrumentos eficaces de lucha contra el fraude.

— Iniciar los preparativos para el desarrollo de los necesarios sistemas informáticos, de modo que sea posible el intercambio de datos electrónicos con la UE y sus Estados miembros.

Estadísticas

— Completar los procedimientos para la adopción y aplicación de una nueva ley estadística conforme a las normas de la UE. Garantizar la formación adecuada del personal y mejorar la capacidad administrativa.

— Reforzar la estrategia para el desarrollo de estadísticas, en especial en las siguientes áreas prioritarias: estadísticas demográficas y estadísticas del mercado laboral, estadísticas regionales, estadísticas empresariales (incluido el registro de empresas) y estadísticas agrarias.

— Adoptar las clasificaciones en espera e introducir las unidades estadísticas relevantes en el registro de empresas.

— Mejorar la metodología de la contabilidad nacional para la aplicación del ESA 95 (European System of Integrated National Accounts, Sistema Europeo de Contabilidades Nacionales Integradas).

Política social y empleo

— Desarrollar un plan anual para financiar la inversión, basado en una evaluación realista de los costes de adaptación y de los recursos públicos y privados disponibles.

— Arbitrar las condiciones para un auténtico diálogo social, entre otros medios, suprimiendo las disposiciones restrictivas de las actividades sindicales y asegurándose de que se respeten los derechos sindicales.

— Apoyar los esfuerzos de consolidación de capacidades de los agentes sociales, especialmente con vistas a su papel futuro en la elaboración y aplicación de la política social y de empleo, sobre todo por medio del diálogo social autónomo.

— Continuar los esfuerzos para abordar el problema del trabajo infantil.

— Revisar la capacidad de todas las instituciones implicadas en la transposición del acervo en el ámbito correspondiente.

Política empresarial e industrial

— Adoptar el programa nacional de reestructuración del sector siderúrgico, encaminado a garantizar la viabilidad del sector y el respeto de las normas de la UE sobre ayudas estatales.

— Desarrollar y poner en marcha una estrategia para el fomento de la inversión extranjera, incluida la solución de litigios.

Política regional y coordinación de los instrumentos estructurales

— Continuar desarrollando el marco estratégico de cohesión económica y social dirigido a reducir las disparidades regionales.

— Establecer el necesario marco legislativo y administrativo que permita absorber los fondos de preadhesión de la UE.

Justicia, libertad y seguridad

— Continuar desarrollando y reforzando todas las instituciones encargadas de aplicar la ley y adaptar su estatuto y funcionamiento a las normas europeas, en particular mediante una mayor cooperación entre los diferentes órganos. Adoptar un código de deontología de la policía. Instaurar un sistema independiente y eficaz de tramitación de las quejas para garantizar una mayor responsabilidad de la policía y la gendarmería. Impulsar la utilización de técnicas modernas de investigación y de estrategias de prevención de la criminalidad. Tomar medidas para formar a la policía judicial y mejorar su capacidad.

— Proseguir los esfuerzos para aplicar el plan nacional de acción en materia de migración y asilo, luchar contra la migración ilegal y celebrar urgentemente un acuerdo de readmisión con la UE.

— Adoptar e iniciar la aplicación del plan nacional de acción sobre gestión de las fronteras, especialmente tomando medidas para la creación de una guardia fronteriza profesional y civil y efectuando el desminado de las fronteras.

— Adoptar y aplicar una estrategia nacional de lucha contra la delincuencia organizada. Intensificar la lucha contra la delincuencia organizada, las drogas, el tráfico de seres humanos, el fraude, la corrupción y el blanqueo de dinero.

— Elaborar y empezar a aplicar una estrategia nacional sobre drogas acorde con la estrategia y el plan de acción de la UE de lucha contra la droga.

— Adoptar una ley de protección de los datos personales en consonancia con el acervo y establecer una autoridad de control independiente.

— Designar un servicio con competencias para proteger el euro contra las falsificaciones.

Ciencia e investigación

— Comenzar a definir y aplicar una estrategia integrada de investigación.

Educación y cultura

— Facilitar el funcionamiento de la Agencia Nacional para consolidar la participación en los programas Sócrates, Leonardo da Vinci y Juventud. Promover la participación en el Programa Cultura 2000.

Medio ambiente

— Adoptar un programa revisado de transposición y aplicación del acervo. Elaborar un plan de financiación de la inversión.

— Continuar la transposición y la aplicación del acervo relacionado con la legislación marco, los convenios internacionales sobre medio ambiente, la legislación sobre la protección de la naturaleza, la calidad del agua, el control integrado de la prevención de la contaminación y la gestión de residuos. Aplicar y cumplir la Directiva relativa a la evaluación del impacto ambiental modificada.

— Continuar integrando las exigencias medioambientales en las demás políticas sectoriales.

— Elaborar un plan para reforzar la capacidad administrativa, la aplicación y el cumplimiento de la legislación medioambiental.

— Proseguir el desarrollo de la cooperación transfronteriza en el ámbito de las aguas, en consonancia con la Directiva marco sobre aguas y con los convenios internacionales en los que es parte la CE.

Protección de la salud y de los consumidores

— Seguir adaptando la legislación al acervo.

— Continuar desarrollando estructuras institucionales para la aplicación efectiva, en especial por lo que se refiere a la vigilancia del mercado.

— Continuar desarrollando los sistemas de notificación de productos peligrosos a nivel nacional y aprovechar las posibilidades de intercambio de esas notificaciones a nivel internacional a través de Trapex u otros sistemas pertinentes.

Unión aduanera

— Adoptar el nuevo código aduanero para proseguir la adaptación de las normas aduaneras al acervo, en especial a las normas de origen preferencial.

— Adaptar la legislación sobre zonas francas con el acervo pertinente y hacerla cumplir, particularmente las normas relativas a los controles aduaneros y al control fiscal.

— Continuar reforzando la capacidad administrativa y operativa de la administración aduanera y adaptar los procedimientos internos a las normas de la UE.

— Iniciar los preparativos para el desarrollo de los necesarios sistemas informáticos a fin de permitir el intercambio de datos electrónicos con la UE y sus Estados miembros, empezando por el tránsito y los aranceles.

Relaciones exteriores y política exterior y de seguridad y defensa

— Completar la adaptación a la política comercial de la CE mediante la adaptación a los regímenes preferenciales de la CE incluido el nuevo régimen del sistema de preferencias generalizadas.

— Continuar los esfuerzos para concluir los acuerdos de libre comercio pendientes con terceros países.

— Adaptar progresivamente las políticas en relación con los terceros países y las posiciones en el seno de las organizaciones internacionales a las de la UE y sus Estados miembros, en particular en lo relativo a la adhesión de todos los Estados miembros de la UE a las organizaciones y disposiciones pertinentes, tales como Wassenaar.

Control financiero

— Garantizar el cumplimiento, dentro de los plazos oportunos, de la ley de gestión y control de la hacienda pública.

— Adoptar nueva legislación para reformar la función de auditoría externa de conformidad con las normas de la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, y de conformidad con la ley de gestión y control de la hacienda pública, a fin de asegurar la independencia del Tribunal de Cuentas.

— Establecer procedimientos eficaces para el tratamiento de las irregularidades y los presuntos casos de fraude que afecten a la ayuda de preadhesión, incluyendo la comunicación efectiva de irregularidades a la Comisión.

— Reforzar el sistema de ejecución para la gestión de los fondos comunitarios de preadhesión y adaptarlo a la evolución de los instrumentos de preadhesión.

— Establecer las estructuras administrativas necesarias para la protección eficaz y equivalente de los fondos de la UE y para la cooperación con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

3.2. PRIORIDADES A MEDIO PLAZO

Criterios económicos

— Completar la ejecución del programa de privatización.

— Completar la reforma del sector agrario.

— Garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones y seguridad social.

— Proseguir la mejora del nivel general de educación y sanidad, prestando una atención especial a las generaciones más jóvenes y a las regiones desfavorecidas.

Capacidad para asumir las obligaciones de la adhesión

Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios

— Suprimir las restricciones del derecho de establecimiento y de la libertad de prestación de servicios transfronterizos.

— Empezar la adaptación del acervo en materia de servicios postales. Comenzar la liberalización de los servicios postales y establecer una autoridad reguladora nacional.

— Lograr la práctica adaptación al acervo en lo que se refiere al reconocimiento de las cualificaciones profesionales.

Contratación pública

— Garantizar la aplicación real de las normas de contratación pública por los órganos y entidades de adjudicación a todos los niveles, especialmente a través del desarrollo y la aplicación de instrumentos operativos y de la formación y el refuerzo de la capacidad administrativa de dichos órganos y entidades.

— Promover la utilización de medios electrónicos en los procedimientos de contratación.

— Adoptar una estrategia nacional global para desarrollar el sistema turco de contratación pública, incluido el uso de medios electrónicos en todas las fases del procedimiento.

Ley de propiedad intelectual

— Completar la adaptación y garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual mediante el refuerzo de las estructuras y de los mecanismos de aplicación, en particular las autoridades encargadas de su aplicación y el poder judicial.

Servicios financieros

— Lograr avances importantes en la aplicación del nuevo marco de exigencias en materia de capitales, en consonancia con la hoja de ruta del órgano de regulación y vigilancia de los bancos.

— Lograr importantes avances en la adaptación de la legislación al acervo en el sector financiero no bancario.

Derecho de sociedades

— Realizar la adaptación completa al acervo.

— Adoptar un marco de información financiera de alcance general conforme a las normas de la UE, haciendo pleno uso de las exenciones previstas en el acervo.

— Reforzar los requisitos en materia de información. En particular, adoptar una disposición general que imponga a las empresas archivar las declaraciones de entidades jurídicas auditadas y los estados financieros consolidados con el fin de hacerlos públicos.

— Aumentar la capacidad de todas las autoridades pertinentes para supervisar y cumplir las normas sobre elaboración de informes financieros.

Competencia

— Consolidar los resultados en el ámbito de la legislación antimonopolios y de las ayudas estatales, prestando especial atención a los monopolios y empresas con derechos especiales y exclusivos.

— Proseguir la reestructuración del sector siderúrgico en el marco de un programa sectorial global acordado.

— Aumentar la concienciación en cuanto a las normas antimonopolio y sobre ayudas estatales entre los agentes del mercado y los proveedores de ayudas.

Sociedad de la información y medios de comunicación

— Completar la transposición del acervo en el ámbito de las telecomunicaciones y preparar la liberalización plena de los mercados.

— Completar la adaptación de la legislación audiovisual y reforzar las capacidades de la autoridad independiente reguladora de la televisión y la radio.

Agricultura y desarrollo rural

— Continuar trabajando para crear un sistema de administración y control integrado, en particular en lo relativo a un sistema de identificación de parcelas.

Seguridad alimentaria y sectores veterinario y fitosanitario

— Adaptar la legislación veterinaria, fitosanitaria y de seguridad alimentaria.

— Reforzar la capacidad administrativa necesaria para aplicar la legislación veterinaria, fitosanitaria y de seguridad alimentaria.

— Instaurar un sistema de identificación y registro de los ovinos y caprinos, acorde con las exigencias de la UE en la materia.

— Mejorar los establecimientos de transformación de los alimentos de modo que estén en condiciones de respetar la legislación y las normas de seguridad alimentaria de la CE. Modernizar las explotaciones lecheras.

— Aplicar sistemas de control de la seguridad alimentaria.

— Instaurar un sistema de colecta de cadáveres y de tratamiento de los subproductos animales.

— Aplicar planes de erradicación de las principales enfermedades.

— Adaptar el sistema de registro de variedades vegetales a las exigencias europeas.

— Adaptar en mayor grado la legislación a las disposiciones de la UE en materia de residuos de plaguicidas.

Pesca

— Completar el establecimiento de estructuras administrativas y equipamiento adecuados a nivel central y regional que permitan garantizar la aplicación de la política pesquera común.

Política de transporte

— Completar la adaptación legislativa y administrativa de todos los modos de transporte. En cuanto al transporte por carretera, el objetivo principal es el acceso al mercado, la seguridad viaria, el control técnico, los controles efectuados en las orillas de las carreteras y el respeto de las normas sociales, fiscales y técnicas. La seguridad marítima debería estar siempre presente en el transporte marítimo.

— Asegurar la aplicación y el cumplimiento de la legislación sobre transporte por carretera, marítimo y aéreo (particularmente la seguridad aérea y la gestión del tráfico aéreo). Con este fin, mejorar la capacidad de aplicación y cumplimiento de las instituciones concernidas por todos los aspectos de la aviación civil y el transporte por carretera y ferrocarril.

— Completar la reestructuración de la empresa nacional de ferrocarriles y abrir el mercado ferroviario de conformidad con las exigencias del acervo.

— Aplicar un programa de adaptación técnica a la flota turca de transporte marítimo y por carretera para que cumpla las normas comunitarias.

Energía

— Completar la adaptación de la legislación nacional al acervo comunitario.

— Seguir reforzando las estructuras administrativas y normativas.

— Reestructurar las instalaciones energéticas y abrir los mercados de la energía de conformidad con el acervo.

— Garantizar un alto grado de seguridad nuclear. Cuando se cree capacidad de producción de energía nuclear, reforzar la capacidad, independencia y recursos de la autoridad reguladora mucho antes de la concesión de las primeras licencias. Velar por que las evaluaciones de impacto ambiental (EIA) se lleven a cabo en total conformidad con la Directiva EIA.

Fiscalidad

— Hacer avanzar notablemente los trabajos a fin de completar la adaptación al acervo de la legislación fiscal, en lo relativo al IVA, los impuestos especiales y la fiscalidad directa, en particular el código de conducta en materia de fiscalidad de la empresa.

— Seguir fortaleciendo y modernizando la administración fiscal, incluido el sector de las tecnologías de la información, para aumentar el cumplimiento y mejorar la recaudación tributaria. Continuar los preparativos para el desarrollo de los necesarios sistemas informáticos para permitir el intercambio de datos electrónicos con la UE y sus Estados miembros.

Política económica y monetaria

— Completar la adaptación a las disposiciones del acervo relativas a la prohibición del acceso privilegiado de las autoridades públicas a las instituciones financieras y a la prohibición de la financiación directa del sector público.

Estadísticas

— Adaptar el registro mercantil a las normas de la Unión Europea.

— Seguir adaptando las estadísticas macroeconómicas de conformidad con el acervo, en especial en lo que respecta a los cálculos del PIB, la armonización de los índices de precios al consumo, los indicadores a corto plazo, la balanza de pagos y las estadísticas laborales.

— Reforzar el papel de coordinación del Instituto Estatal de Estadística a fin de mejorar la recogida y el tratamiento de los datos procedentes de los diferentes organismos públicos.

— Intensificar el uso de fuentes administrativas para la recogida de datos.

— Completar la armonización de las estadísticas financieras con los requisitos del Sistema Europeo de Cuentas 95 (SEC 95).

Política social y empleo

— Completar la transposición del acervo y reforzar las estructuras administrativas y de ejecución conexas, incluidas las inspecciones del trabajo.

— Asegurar la aplicación y el cumplimiento del acervo en materia de política social y empleo.

— Preparar una estrategia nacional de empleo con vistas a la participación en la estrategia europea de empleo, incluidas la preparación y realización de un estudio conjunto de las políticas del empleo, y desarrollar la capacidad para supervisar el mercado laboral y la evolución social.

— Preparar una estrategia nacional de integración social, incluida la recopilación de datos, de conformidad con las prácticas de la UE.

— Incrementar la protección social, principalmente mediante la consolidación de la reforma del sistema de seguridad social y de pensiones para que sea económicamente viable, reforzando al mismo tiempo la protección social.

Política empresarial e industrial

— Seguir simplificando el entorno empresarial de las PYME y adaptar su definición a la utilizada en la UE.

Redes transeuropeas

— Ejecutar los proyectos declarados prioritarios en la evaluación de las necesidades en infraestructuras de transporte, de conformidad con las directrices comunitarias relativas a las redes transeuropeas de transporte.

— Promover la ejecución en Turquía de proyectos clasificados como proyectos de interés común con arreglo a las directrices comunitarias relativas a las redes transeuropeas de energía.

Política regional y coordinación de los instrumentos estructurales

— Continuar reforzando la capacidad administrativa para la aplicación de la política regional tanto a nivel central como regional.

— Crear procedimientos presupuestarios plurianuales, estableciendo criterios prioritarios para la inversión pública en las regiones.

Justicia, libertad y seguridad

— Adaptar el estatus y el funcionamiento de la gendarmería a las normas europeas.

— Proseguir la adaptación al acervo de la legislación y las prácticas en materia de visados.

— Continuar la adaptación al acervo en materia de asilo, en concreto suprimiendo la reserva geográfica al Convenio de Ginebra de 1951. Reforzar el sistema de tramitación y resolución de las solicitudes de asilo y desarrollar medidas de apoyo social y de integración en favor de los refugiados.

— En el ámbito de las drogas, seguir reforzando el punto de contacto nacional.

— Seguir aumentando la capacidad de los servicios aduaneros, en particular mediante la celebración de acuerdos de cooperación y la creación de unidades móviles de vigilancia.

— En el terreno de la protección de los datos, garantizar la aplicación del acervo a través de la creación de una autoridad de vigilancia independiente.

— Adoptar y cumplir el acervo y las mejores prácticas sobre migración con objeto de prevenir la inmigración ilegal.

— Proseguir la adaptación al acervo y las mejores prácticas de conformidad con el plan nacional de acción en materia de gestión de fronteras, a fin de preparar la total adaptación al acervo de Schengen.

— Adoptar y ejecutar el acervo de la UE en materia de corrupción, lucha contra las drogas, delincuencia organizada, blanqueo de dinero, cooperación judicial en asuntos penales y civiles, protección conforme al Derecho penal del euro y de los intereses financieros de la Comunidad.

Educación y cultura

— Adaptación a las políticas de la UE en materia de protección de la diversidad cultural, en particular teniendo en cuenta la Convención de la Unesco sobre la diversidad cultural.

Medio ambiente

— Completar la adaptación al acervo y reforzar la capacidad institucional, administrativa y de supervisión para asegurar la protección del medio ambiente, incluida la recopilación de datos.

— Integrar los principios del desarrollo sostenible en la planificación y ejecución de las políticas sectoriales.

— Garantizar la transposición plena y la progresiva aplicación y cumplimiento de la directiva sobre la evaluación estratégica del impacto ambiental modificada.

— Adoptar y aplicar un plan nacional de gestión de residuos

Unión aduanera

— Completar la adaptación de la legislación aduanera, en especial por lo que respecta a la gestión de los contingentes arancelarios, las zonas francas, las tecnologías y productos de doble uso, los precursores y las mercancías piratas o falsificadas.

— Proseguir los esfuerzos para modernizar los controles y las operaciones aduaneras y garantizar que todas las aduanas están equipadas con infraestructura informática.

— Continuar los preparativos para interconectar los sistemas informáticos con los de la UE.

Control financiero

— Reforzar la capacidad actual de gestión y control de todos los institutos implicados en la gestión de los fondos comunitarios de preadhesión en virtud del sistema de ejecución descentralizada (SED).

— Preparar a todas las instituciones que participan en la gestión de los fondos comunitarios de preadhesión para su acreditación en el marco del sistema de ejecución descentralizada ampliada (SEDA).

— Preparar la organización de un servicio de lucha contra el fraude que opere independientemente.

— Reforzar la capacidad de las estructuras administrativas establecidas para la protección de los intereses financieros de la CE.

4. PROGRAMACIÓN

La asistencia financiera para las prioridades definidas en la Asociación para la adhesión se concederá mediante decisiones de financiación anuales tomadas por la Comisión, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 8 del Reglamento (CE) no 2500/2001 del Consejo, de 17 de diciembre de 2001, relativo a la asistencia financiera de preadhesión en favor de Turquía (1) (para el programa de 2006) y en el Reglamento del instrumento de preadhesión, cuando éste haya sido adoptado (para los programas de 2007-2013). Tras las decisiones de financiación, se firmará con Turquía el Acuerdo de financiación correspondiente.

5. CONDICIONALIDAD

La ayuda comunitaria para la financiación de proyectos a través de los instrumentos de preadhesión está condicionada al respeto por Turquía de sus compromisos contraídos en virtud de los Acuerdos CE-Turquía, incluidas la Decisión 1/95 sobre la unión aduanera y otras Decisiones, a la realización de nuevos avances concretos hacia el cumplimiento efectivo de los criterios de Copenhague y, en especial, al progreso en la realización de las prioridades específicas mencionadas en la presente Asociación para la adhesión. En caso de que no se respeten estas condiciones generales, el Consejo podrá decidir la suspensión de la asistencia financiera en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 2500/2001. En cada uno de los programas anuales se incluyen también condiciones específicas.

6. SEGUIMIENTO

El seguimiento de la Asociación para la adhesión se llevará a cabo a través del marco de los mecanismos establecidos en el Acuerdo de asociación y de los informes sobre los progresos realizados por el país elaborados por la Comisión.

Los subcomités del Acuerdo de asociación ofrecen la posibilidad de revisar la ejecución de las prioridades de la Asociación para la adhesión y los progresos en materia de adaptación, aplicación y cumplimiento de la legislación. El Comité de asociación examinará la evolución general, los progresos y los problemas surgidos en la consecución de las prioridades de la Asociación para la adhesión, así como otras cuestiones específicas que le sean comunicadas por los subcomités.

Turquía y la Comisión Europea llevarán a cabo conjuntamente, por medio de un Comité conjunto de supervisión, la supervisión del programa de asistencia financiera de preadhesión. Para que la supervisión sea eficaz, en los proyectos financiados con arreglo a cada Acuerdo de financiación deberán incorporarse indicadores verificables y mensurables de resultados. La supervisión, basada en estos indicadores, ayudará a la Comisión, al Comité de gestión de Phare (y a sus sucesores en el marco del instrumento de preadhesión) y a Turquía en la posterior reorientación de los programas, cuando sea necesario, así como en la elaboración de nuevos programas.

El Comité de gestión de Phare se asegura de que las acciones financiadas al amparo del programa de preadhesión sean compatibles entre sí y con la Asociación para la adhesión, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) no 2500/2001.

La Asociación para la adhesión continuará siendo objeto de adaptaciones, según sea necesario, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento (CE) no 622/98 del Consejo, de 16 de marzo de 1998, relativo a la asistencia en favor de los Estados candidatos en el marco de una estrategia de preadhesión y, en particular, de la creación de asociaciones para la adhesión (2).

____________________________________________________

(1) DO L 342 de 27.12.2001, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2112/2005 (DO L 344 de 27.12.2005, p. 23).

(2) DO L 85 de 20.3.1998, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 23/01/2006
  • Fecha de publicación: 26/01/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 29/01/2006
  • Fecha de derogación: 29/02/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 390/2001, de 26 de febrero (Ref. DOUE-L-2001-80337).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Turquía

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