En la página 34, en el artículo 39, en el párrafo primero:
en lugar de: «Cuando la diferencia entre el precio desencadenante mencionado en el artículo 34, en el caso de la melaza, o en el artículo 36, en el caso de los productos derivados del azúcar, y el precio de importación cif del envío de que se trate:»,
léase: «Cuando la diferencia entre el precio desencadenante mencionado en el artículo 34, en el caso de la melaza, o en el artículo 37, en el caso de los productos derivados del azúcar, y el precio de importación cif del envío de que se trate:».
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