LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista el Acta de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca y, en particular, su anexo XII, capítulo 6, sección B, subsección I, punto 1, letra e),
Considerando lo siguiente:
(1) Se han concedido a Polonia períodos transitorios para algunos de los establecimientos enumerados en el anexo XII, apéndice B (1), del Acta de adhesión de 2003.
(2) El anexo XII, apéndice B, del Acta de adhesión de 2003 ha sido modificado por las Decisiones 2004/458/CE (2), 2004/471/CE (3), 2004/474/CE (4), 2005/271/CE (5), 2005/591/CE (6), 2005/854/CE (7), 2006/14/CE (8), 2006/196/CE (9), 2006/404/CE (10), 2006/555/CE (11) y 2006/935/CE (12) de la Comisión.
(3) De acuerdo con una declaración oficial de la autoridad polaca competente, determinados establecimientos de los sectores cárnico, lácteo y pesquero han completado su proceso de mejora y ahora se ajustan plenamente a lo dispuesto en la legislación comunitaria. Determinados establecimientos cesaron las actividades por las que se les había concedido el período transitorio. Por lo tanto, esos establecimientos deben ser suprimidos de la lista de establecimientos en situación transitoria.
(4) Por tanto, el anexo XII, apéndice B, del Acta de adhesión de 2003 debe modificarse en consecuencia.
(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se han comunicado al Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los establecimientos enumerados en el anexo de la presente Decisión quedan suprimidos del anexo XII, apéndice B, del Acta de adhesión de 2003.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 2007.
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
____________
(1) DO L 236 de 23.9.2003, p. 33.
(2) DO L 156 de 30.4.2004, p. 53. Versión corregida en el DO L 202 de 7.6.2004, p. 39.
(3) DO L 160 de 30.4.2004, p. 56. Versión corregida en el DO L 212 de 12.6.2004, p. 31.
(4) DO L 160 de 30.4.2004, p. 73. Versión corregida en el DO L 212 de 12.6.2004, p. 44.
(5) DO L 86 de 5.4.2005, p. 13.
(6) DO L 200 de 30.7.2005, p. 96.
(7) DO L 316 de 2.12.2005, p. 17.
(8) DO L 10 de 14.1.2006, p. 66.
(9) DO L 70 de 9.3.2006, p. 80.
(10) DO L 156 de 9.6.2006, p. 16.
(11) DO L 218 de 9.8.2006, p. 17.
(12) DO L 355 de 15.12.2006, p. 105.
ANEXO
Lista de los establecimientos que deben suprimirse del anexo XII, apéndice B, del Acta de adhesión de 2003 Establecimientos cárnicos
Lista inicial
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 87
Establecimientos de transformación de la carne de baja capacidad
Lista inicial
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 87
Establecimientos cárnicos
Lista complementaria
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 87 A 89
Establecimientos del sector de las carnes blancas
Lista inicial
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 89
Establecimientos del sector de las carnes blancas
Lista complementaria
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 89
Almacenes frigoríficos
Lista inicial
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 89
Instalaciones de transformación de pescado
Lista inicial
TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 89 A 90
Instalaciones de transformación de pescado
Lista complementaria
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 90
Establecimientos lecheros
Lista inicial
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 91
Establecimientos lecheros
Lista complementaria
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 91
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