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Documento DOUE-L-2009-80017

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1077/2008 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1966/2006 del Consejo, sobre el registro y la transmisión electrónicos de las actividades pesqueras y sobre los medios de teledetección, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1566/2007.

Publicado en:
«DOUE» núm. 6, de 10 de enero de 2009, páginas 117 a 117 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-80017

TEXTO ORIGINAL

En la página 8, en el artículo 19:

en lugar de: «El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2008»,

léase: «El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2009».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/01/2009
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1077/2008, de 3 de noviembre (Ref. DOUE-L-2008-82205).
Materias
  • Comunicaciones electrónicas
  • Flota pesquera
  • Información
  • Lonjas
  • Pesca marítima
  • Productos pesqueros
  • Radioelectrónica naval

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