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Documento DOUE-L-2009-80484

Reglamento (CE) nº 248/2009 de la Comisión, de 19 de marzo de 2009, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo, en lo relativo a las comunicaciones sobre el reconocimiento de las organizaciones de productores, así como a la fijación de los precios y de las intervenciones en el marco de la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (refundición).

Publicado en:
«DOUE» núm. 79, de 25 de marzo de 2009, páginas 7 a 33 (27 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2009-80484

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (1), y, en particular, su artículo 34, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 80/2001 de la Comisión, de 16 de enero de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 104/2000 del Consejo, en lo relativo a las comunicaciones sobre el reconocimiento de las organizaciones de productores, así como a la fijación de los precios y de las intervenciones en el marco de la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (2), ha sido modificado en diversas ocasiones y de forma sustancial (3). Debiéndose llevar a cabo nuevas modificaciones en relación con la lista de regiones de los Estados miembros y los códigos de moneda utilizados en el presente Reglamento, conviene, en aras de una mayor claridad, proceder a la refundición del mismo.

(2) La Comisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13, apartado 6, del Reglamento (CE) no 104/2000, publica anualmente la lista de las organizaciones de productores y de sus asociaciones reconocidas. Conviene, pues, que los Estados miembros le comuniquen los datos adecuados.

(3) La Comisión debe poder llevar a cabo el seguimiento de la regulación de precios efectuada por las organizaciones de productores, así de como la aplicación por parte de estas últimas de los sistemas de la compensación financiera y de la ayuda al aplazamiento.

(4) Los regímenes comunitarios de intervención establecidos en los artículos 21 a 26 del Reglamento (CE) no 104/2000 implican la necesidad de disponer de las cotizaciones registradas en regiones bien definidas y a intervalos regulares.

(5) Se ha establecido un sistema de transmisión electrónica de datos entre los Estados miembros y la Comisión en el marco de la gestión de la política pesquera común (FIDES II), conviene utilizar dicho sistema con el fin de recoger los datos a que se refiere el presente Reglamento.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de productos de la pesca.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

CAPÍTULO I

Comunicaciones relativas al reconocimiento de las organizaciones de productores y de las asociaciones de organizaciones de productores

Artículo 1

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión, las informaciones contempladas en el artículo 6, apartado 1, letra c), y en el artículo 13, apartado 3, letra d), del Reglamento (CE) no 104/2000, a más tardar dos meses después de la fecha de la decisión adoptada.

Dichas informaciones y el formato de transmisión se definen en el anexo I del presente Reglamento.

CAPÍTULO II

Precio e intervenciones

Artículo 2

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión, las informaciones contempladas en el artículo 17, apartado 4, del Reglamento (CE) no 104/2000, a más tardar dos meses después del inicio de cada campaña de pesca.

Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión toda modificación de los elementos contemplados en el párrafo primero.

Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 3

En el caso de las especies a las que se hace referencia en los anexos I y IV del Reglamento (CE) no 104/2000, los Estados miembros comunicarán a la Comisión las cantidades desembarcadas, vendidas, retiradas y aplazadas en su territorio, así como el valor de las cantidades vendidas durante cada trimestre en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento, a más tardar siete semanas después del trimestre de que se trate.

_________________________

(1) DO L 17 de 21.1.2000, p. 22.

(2) DO L 13 de 17.1.2001, p. 3.

(3) Véase el anexo IX.

En caso de crisis comprobada con respecto a determinadas especies contempladas en el anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000, los Estados miembros comunicarán a la Comisión las cantidades desembarcadas, vendidas, retiradas y aplazadas en su territorio, así como el valor de las cantidades vendidas durante cada quincena en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento, a más tardar dos semanas después de la quincena de que se trate.

Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo III del presente Reglamento.

Artículo 4

Los Estados miembros comunicarán con respecto a cada uno de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000 que hayan sido objeto de una retirada, los valores y cantidades comercializadas durante cada trimestre, desglosados por opciones de comercialización tal como se fijan en el artículo 1 del Reglamento (CE) no 2493/2001 (1) de la Comisión, a más tardar ocho semanas después del trimestre de que se trate.

Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo IV del presente Reglamento.

Artículo 5

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión con respecto a cada uno de los productos enumerados en el anexo II del Reglamento (CE) no 104/2000, las cantidades desembarcadas, vendidas y almacenadas, así como el valor de las cantidades vendidas durante cada trimestre en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento a más tardar seis semanas después del trimestre de que se trate.

Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo V del presente Reglamento.

Artículo 6

Los Estados miembros comunicarán a la Comisión con respecto a cada uno de los productos enumerados en el anexo III del Reglamento (CE) no 104/2000, las cantidades desembarcadas, vendidas y entregadas a la industria por las organizaciones de productores, así como el valor de las cantidades entregadas a la industria, durante cada mes, en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento, a más tardar seis semanas después del mes de que se trate.

Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo VI del presente Reglamento.

Artículo 7

Los Estados miembros comunicarán anualmente a la Comisión, a más tardar tres meses después del año de que se trate, la información que permita determinar los gastos técnicos relativos a las operaciones indispensables para la estabilización y el almacenamiento a los que se hace referencia en los artículos 23 y 25 del Reglamento (CE) no 104/2000.

Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo VII del presente Reglamento.

CAPÍTULO III

Disposiciones generales y finales

Artículo 8

Los Estados miembros comunicarán dicha información a la Comisión por vía electrónica, utilizando los sistemas de transmisión actualmente empleados para los intercambios de datos en el marco de la gestión de la política pesquera común (sistema FIDES II).

Artículo 9

Queda derogado el Reglamento (CE) no 80/2001.

Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo X.

Artículo 10

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2009.

Por la Comisión

Joe BORG

Miembro de la Comisión

______________________

(1) DO L 337 de 20.12.2001, p. 20.

ANEXO I

Información relativa a las organizaciones de productores y a las asociaciones de organizaciones de productores

Número de registro / Nombre de los campos / Tipo / Formato / Talla / Código

1 / Identificación del mensaje / <REQUEST.NAME> / Texto / - / MK-PO

2 / Estado miembro / <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> / Texto / 3 / Cuadro 1

3 / Fecha de envío / <DSE> / AAAAMMDD / 8 / -

4 / Tipo de mensaje / <TYP> / Texto /3 / INS = nuevo MOD = modificación DEL = retirada reconocimiento

5 / Número de la OP o de la asociación de OP / <NOP> / Texto / 7 / Únicamente en caso de mensaje de tipo «MOD» o «DEL»

6 / Denominación / <NOM> / Texto

7 / Abreviatura oficial / <ABB> / - / Si existe

8 / Número nacional / <NID> / - / Si existe

9 / Zona de competencia / <ARE> / Texto / -

10 / Actividad / <ACT> / Texto / 6 / Cuadro 10

11 / Fecha de creación / <DCE> / AAAAMMDD /-

12 / Fecha de los estatutos / <DST> / AAAAMMDD

13 / Fecha de concesión del reconocimiento / <DRE> / AAAAMMDD

14 / Fecha de retirada del reconocimiento / <DRA> / AAAAMMDD / Únicamente en caso de mensaje de tipo «DEL»

15 / Dirección 1 / <ADR1> / Texto

16 / Dirección 2 / <ADR2> / Texto

17 / Dirección 3 / <ADR3> / -

18 / Código postal / <CPO> / Texto

19 / Localidad / <LOC> / Texto

20 / Número de teléfono 1 / <TEL1> / Texto / + nn (nn)nnn.nnn.nnn

21 / Número de teléfono 2 / <TEL2> / Texto / + nn (nn)nnn.nnn.nnn

22 / Número de fax / <FAX> / Texto / + nn (nn)nnn.nnn.nnn

23 / E-mail / <MEL> / Texto

24 / Dirección en Internet / <WEB> / Texto

25 y siguientes / Número de la OP afiliada / <ADH> / Texto / En caso de asociación de la

OP, lista de las OP afiliadas.

ANEXO II

Precios de retirada aplicados por las organizaciones de productores

Envío dos meses después del inicio de la campaña pesquera

Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código

1 / Identificación del mensaje/ <REQUEST.NAME> / Texto / MK-PO-WP

2 / Estado miembro / <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> / Texto / 3 / Cuadro 1

3 / Número secuencial del envío/ <LOT> / Numérico / 4 / Número secuencial asignado por Estado miembro

4 / Tipo de mensaje / <MTYP> / - / 19 INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION REP NOTIFICATION

INS IN NOTIFICATION

MOD IN NOTIFICATION

SUP IN NOTIFICATION

5 / Fecha de envío / <DSE> / AAAAMMDD / 8

6 / Tipo de período / <PTYP> / Y / 1 / Y = anual

7 / Identificación del período / <IDP> / PPP/YYYY / 8 / PPP = secuencia AAAA = año

8 / Moneda utilizada / <MON> / Texto / 3 / Cuadro / 6

9 y siguientes/ Código de identificación de la OP / <DAT> / Texto / 7 / CCC-999

Código de especie / - / Texto / 3 / Cuadro 7

Código de conservación / - / Texto / 3 / Cuadro 4

Código de presentación / Texto / 2 / Cuadro 3

Código de frescura / Texto / 2 / Cuadro 5

Código de talla / Texto / 3 / Cuadro 2

Precio de retirada / Número entero / En la moneda indicada en el registro no 8 por 1 000 kg

Región de aplicación de un precio de retirada afectado por un coeficiente regional / Texto / Cuadro 8

ANEXO III

Productos de los anexos I y IV del Reglamento (CE) no 104/2000

Envío trimestral

Número de registro/ Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código

1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-FRESH

2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1

3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro

4 Tipo de mensaje <MTYP> 19

INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION

REP NOTIFICATION

INS IN NOTIFICATION

MOD IN NOTIFICATION

SUP IN NOTIFICATION

5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8

6 Tipo de período <PTYP> Q o C 1 Q = trimestre C = crisis

7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 8 PPP = secuencia

1 a 4 para trimestre

1 a 24 para quincena

AAAA = año

8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6

9 y siguientes Código región NUTS de desembarque <DAT> Texto 7 Cuadro 1

Código de especie Texto 3 Cuadro 7

Código de conservación Texto 3 Cuadro 4

Código de presentación Texto 2 Cuadro 3

Código de frescura Texto 2 Cuadro 5

Código de talla Texto 3 Cuadro 2

Valor de las cantidades vendidas Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Cantidades vendidas Número entero kg

Cantidades retiradas al precio comunitario Número entero kg

Cantidades retiradas al precio autónomo Número entero kg

Cantidades aplazadas Número entero kg

ANEXO IV

Productos del anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000

Utilización de los productos retirados del mercado

Envío trimestral

Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código

1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-STD-VAL

2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1

3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro

4 Tipo de mensaje <MTYP> 19

INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION

REP NOTIFICATION

INS IN NOTIFICATION

MOD IN NOTIFICATION

SUP IN NOTIFICATION

5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8

6 Tipo de período <PTYP> Q 1 Q = trimestre

7 Identificación del período <IDP> PPP/AAAA 8 PPP = secuencia 1-4 AAAA = año

8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6

9 y siguientes Código de especie <DAT> Texto 3 Cuadro 7 Código de destino Texto 6 Cuadro 9

Valor de las cantidades vendidas o cedidas

Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Valor «0» admitido para las cantidades cedidas

Cantidades vendidas o cedidas Número entero kg

ANEXO V

Productos del anexo II del Reglamento (CE) no 104/2000 (envío trimestral)

Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código

1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-FROZEN

2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1

3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro

4 Tipo de mensaje <MTYP> 19

INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION

REP NOTIFICATION

INS IN NOTIFICATION

MOD IN NOTIFICATION

SUP IN NOTIFICATION

5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8

6 Tipo de período <PTYP> Q 1 Q = trimestre

7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 8 PPP = secuencia 1 – 4 AAAA = año

8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6

9 y siguientes Código región NUTS de desembarque <DAT> Texto 7 Cuadro 1

Código de especie <DAT> Texto 3 Cuadro 7 Código de conservación Texto 3 Cuadro 4

Código de presentación Texto 2 Cuadro 3

Código de frescura Texto 2 Cuadro 5

Código de talla Texto 3 Cuadro 2

Valor de las cantidades vendidas Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Cantidades vendidas antes del almacenamiento Número entero kg

Cantidades que entran en existencias Número entero kg

Cantidades que salen de las existencias Número entero kg

ANEXO VI

Productos del anexo III del Reglamento (CE) no 104/2000

Periodicidad: mensual

Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código

1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-TUNA

2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1

3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro

4 Tipo de mensaje <MTYP> 19

INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION

REP NOTIFICATION

INS IN NOTIFICATION

MOD IN NOTIFICATION

SUP IN NOTIFICATION

5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8

6 Tipo de período <PTYP> M 1 M = mensual 7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 7 PPP = secuencia 1-12 AAAA = año

8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6

9 y siguientes Organización de productores <DAT> Texto 7 CCC-999

Código de especie Texto 3 Cuadro 7

Código de conservación Texto 3 Cuadro 4

Código de presentación Texto 2 Cuadro 3

Código de talla Texto 3 Cuadro 2

Valor de las cantidades vendidas y entregadas a la industria Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Cantidades vendidas y entregadas a la industria Número entero kg

ANEXO VII

Productos de los anexos I y II del Reglamento (CE) no 104/2000

Periodicidad: anual

Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código

1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-TECH

2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1

3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro

4 Tipo de mensaje <MTYP> 19

INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION

REP NOTIFICATION

INS IN NOTIFICATION

MOD IN NOTIFICATION

SUP IN NOTIFICATION

5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8

6 Tipo de período <PTYP> Y 1 Y = anual

7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 7 PPP = 1 AAAA = año

8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6

9 y siguientes Código del producto <DAT> Texto 3 1AB = producto anexo I, AB 1C = producto anexo I, C 2 = producto anexo II

Código gastos técnicos Texto 2 Cuadro 11

Costes de la mano de obra Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Costes energéticos Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Gastos de transportes Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

Otros costes (envasado, escabechado, embalaje directo, etc.) Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8

ANEXO VIII

Cuadro 1

Códigos NUTS «ISO-A3» / PAÍS / Nombre NUTS

BE BELGIQUE-BELGIE

BE10 REG.BRUXELLES-CAP./BRUSSELS HFDST.GEW.

BE21 PROV. ANTWERPEN

BE22 PROV. LIMBURG (B)

BE23 PROV. OOST-VLAANDEREN

BE24 PROV. VLAAMS BRABANT

BE25 PROV. WEST-VLAANDEREN

BE31 PROV. BRABANT WALLON

BE32 PROV. HAINAUT

BE33 PROV. LIEGE

BE34 PROV. LUXEMBOURG (B)

BE35 PROV. NAMUR

BG България BG01 SEVEROZAPADEN

BG02 SEVEREN TSENTRALEN

BG03 SEVEROIZTOCHEN

BG04 YUGOZAPADEN

BG05 YUZHEN TSENTRALEN

BG06 YUGOIZTOCHEN

CZ ČESKÁ REPUBLIKA

CZ01 PRAHA

DK DANMARK

DK011 BYEN KØBENHAVN

DK012 KØBENHAVNS OMEGN

DK013 NORDSJÆLLAND

DK014 BORNHOLM

DK021 ØSTSJÆLLAND

DK022 VEST – OG SYDSJÆLLAND

DK031 FYN

DK032 SYDJYLLAND

DK041 VESTJYLLAND

DK042 ØSTJYLLAND

DK050 NORDJYLLAND

DE DEUTSCHLAND

DE11 STUTTGART

DE12 KARLSRUHE

DE13 FREIBURG

DE14 TÜBINGEN

DE21 OBERBAYERN

DE22 NIEDERBAYERN

DE23 OBERPFALZ

DE24 OBERFRANKEN

DE25 MITTELFRANKEN

DE26 UNTERFRANKEN

DE27 SCHWABEN

DE30 BERLIN

DE41 BRANDENBURG - NORDOST

DE42 BRANDENBURG - SÜDWEST

DE50 BREMEN

DE60 HAMBURG

DE71 DARMSTADT

DE72 GIEßEN

DE73 KASSEL

DE80 MECKLENBURG-VORPOMMERN

DE91 BRAUNSCHWEIG

DE92 HANNOVER

DE93 LÜNEBURG

DE94 WESER-EMS

DEA1 DÜSSELDORF

DEA2 KÖLN

DEA3 MÜNSTER

DEA4 DETMOLD

DEA5 ARNSBERG

DEB1 KOBLENZ

DEB2 TRIER

DEB3 RHEINHESSEN-PFALZ

DEC0 SAARLAND

DED1 CHEMNITZ

DED2 DRESDEN

DED3 LEIPZIG

DEE0 SACHSEN-ANHALT

DEF0 SCHLESWIG-HOLSTEIN

DEG0 THÜRINGEN

EE EESTI

EE001 PÕHJA-EESTI

EE004 LÄÄNE-EESTI

EE006 KESK-EESTI

EE007 KIRDE-EESTI

EE008 LÕUNA-EESTI

GR ΕΛΛΑΔΑ

GR11 Aνατολική Μακεδονία, Θράκη

GR12 Κεντρική Μακεδονία

GR13 Δυτική Μακεδονία

GR14 Θεσσαλία

GR21 Ήπειρος

GR22 Ιόνια Νησιά

GR23 Δυτική Ελλάδα

GR24 Στερεά Ελλάδα

GR25 Πελοπόννησος

GR30 Aττική

GR41 Βόρειο Αιγαίο

GR42 Νότιο Αιγαίο

GR43 Κρήτη

ES ESPAÑA

ES11 GALICIA

ES12 PRINCIPADO DE ASTURIAS

ES13 CANTABRIA

ES21 PAÍS VASCO

ES22 COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

ES23 LA RIOJA

ES24 ARAGÓN

ES30 COMUNIDAD DE MADRID

ES41 CASTILLA Y LEÓN

ES42 CASTILLA-LA MANCHA

ES43 EXTREMADURA

ES51 CATALUÑA

ES52 COMUNIDAD VALENCIANA

ES53 ILLES BALEARS

ES61 ANDALUCÍA

ES62 REGIÓN DE MURCIA

ES63 CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

ES64 CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

ES70 CANARIAS

FR FRANCE

FR1 ÎLE DE FRANCE

FR21 CHAMPAGNE-ARDENNE

FR22 PICARDIE

FR23 HAUTE-NORMANDIE

FR24 CENTRE

FR25 BASSE-NORMANDIE

FR26 BOURGOGNE

FR30 NORD-PAS-DE-CALAIS

FR41 LORRAINE

FR42 ALSACE

FR43 FRANCHE-COMTÉ

FR51 PAYS DE LA LOIRE

FR521 CÔTES-D’ARMOR

FR522 FINISTÈRE

FR523 ILLE-ET-VILAINE

FR524 MORBIHAN

FR53 POITOU-CHARENTES

FR61 AQUITAINE

FR62 MIDI-PYRÉNÉES

FR63 LIMOUSIN

FR71 RHÔNE-ALPES

FR72 AUVERGNE

FR81 LANGUEDOC-ROUSSILLON

FR82 PROVENCE-ALPES-CÔTE D’AZUR

FR83 CORSE

FR91 GUADELOUPE

FR92 MARTINIQUE

FR93 GUYANE

FR94 RÉUNION

IE IRELAND

IE011 BORDER

IE012 MIDLAND

IE013 WEST

IE021 DUBLIN

IE022 MID-EAST

IE023 MID-WEST

IE024 SOUTH-EAST (IRL)

IE025 SOUTH-WEST (IRL)

IT ITALIA

ITC1 PIEMONTE

ITC2 VALLE D’AOSTA/VALLEE D´AOSTE

ITC3 LIGURIA

ITC4 LOMBARDIA

ITD1 PROVINCIA AUTONOMA BOLZANO/BOZEN

ITD2 PROVINCIA AUTONOMA TRENTO

ITD3 VENETO

ITD4 FRIULI-VENEZIA GIULIA

ITD5 EMILIA-ROMAGNA

ITE1 TOSCANA

ITE2 UMBRIA

ITE3 MARCHE

ITE4 LAZIO

ITF1 ABRUZZO

ITF2 MOLISE

ITF3 CAMPANIA

ITF4 PUGLIA

ITF5 BASILICATA

ITF6 CALABRIA

ITG1 SICILIA

ITG2 SARDEGNA

CY ΚΥΠΡΟΣ/KIBRIS LV LATVIJA

LV003 KURZEME

LV005 LATGALE

LV006 RĪGA

LV007 PIERĪGA

LV008 VIDZEME

LV009 ZEMGALE

LT LIETUVA

LT001 ALYTAUS APSKRITIS

LT002 KAUNO APSKRITIS

LT003 KLAIPĖDOS APSKRITIS

LT004 MARIJAMPOLĖS APSKRITIS

LT005 PANEVĖŽIO APSKRITIS

LT006 ŠIAULIŲ APSKRITIS

LT007 TAURAGĖS APSKRITIS

LT008 TELŠIŲ APSKRITIS

LT009 UTENOS APSKRITIS

LT00A VILNIAUS APSKRITIS

LU LUXEMBOURG (GRAND-DUCHÉ)

HU MAGYARORSZÁG

HU10 KÖZÉP-MAGYARORSZÁG

HU21 KÖZÉP-DUNÁNTÚL

HU22 NYUGAT-DUNÁNTÚL

HU23 DÉL-DUNÁNTÚL

HU31 ÉSZAK-MAGYARORSZÁG

HU32 ÉSZAK-ALFÖLD

HU33 DÉL-ALFÖLD

MT MALTA

NL NEDERLAND

NL11 GRONINGEN

NL12 FRIESLAND (NL)

NL13 DRENTHE

NL21 OVERIJSSEL

NL22 GELDERLAND

NL23 FLEVOLAND

NL31 UTRECHT

NL32 NOORD-HOLLAND

NL33 ZUID-HOLLAND

NL34 ZEELAND

NL41 NOORD-BRABANT

NL42 LIMBURG (NL)

AT ÖSTERREICH

AT11 BURGENLAND (A)

AT12 NIEDERÖSTERREICH

AT13 WIEN

AT21 KÄRNTEN

AT22 STEIERMARK

AT31 OBERÖSTERREICH

AT32 SALZBURG

AT33 TIROL

AT34 VORARLBERG

PL POLSKA

PL11 ŁÓDZKIE

PL12 MAZOWIECKIE

PL21 MAŁOPOLSKIE

PL22 ŚLĄSKIE

PL31 LUBELSKIE

PL32 PODKARPACKIE

PL33 ŚWIĘTOKRZYSKIE

PL34 PODLASKIE

PL41 WIELKOPOLSKIE

PL42 ZACHODNIOPOMORSKIE

PL43 LUBUSKIE

PL51 DOLNOŚLĄSKIE

PL52 OPOLSKIE

PL61 KUJAWSKO-POMORSKIE

PL62 WARMIŃSKO-MAZURSKIE

PL63 POMORSKIE

PT PORTUGAL

PT11 NORTE

PT15 ALGARVE

PT16 CENTRO (P)

PT17 LISBOA

PT18 ALENTEJO

PT20 REGIÃO AUTÓNOMA DOS AÇORES

PT30 REGIÃO AUTÓNOMA DA MADEIRA

RO ROMÂNIA

RO01 NORD-EST

RO02 SUD-EST

RO03 SUD

RO04 SUD-VEST

RO05 VEST

RO06 NORD-VEST

RO07 CENTRU

RO08 BUCUREȘTI

SI SLOVENIJA

SK SLOVENSKÁ REPUBLIKA

FI SUOMI/FINLAND

FI13 ITÄ-SUOMI

FI18 ETELÄ-SUOMI

FI19 LÄNSI-SUOMI

FI1A POHJOIS-SUOMI

FI20 ÅLAND

SE SVERIGE

SE11 STOCKHOLM

SE12 ÖSTRA MELLANSVERIGE

SE21 SMÅLAND MED ÖARNA

SE22 SYDSVERIGE

SE23 VÄSTSVERIGE

SE31 NORRA MELLANSVERIGE

SE32 MELLERSTA NORRLAND

SE33 ÖVRE NORRLAND

UK UNITED KINGDOM

UKC1 TEES VALLEY AND DURHAM

UKC2 NORTHUMBERLAND AND TYNE AND WEAR

UKD1 CUMBRIA

UKD2 CHESHIRE

UKD3 GREATER MANCHESTER

UKD4 LANCASHIRE

UKD5 MERSEYSIDE

UKE1 EAST YORKSHIRE AND NORTHERN LINCOLNSHIRE

UKE2 NORTH YORKSHIRE

UKE3 SOUTH YORKSHIRE

UKE4 WEST YORKSHIRE

UKF1 DERBYSHIRE AND NOTTINGHAMSHIRE

UKF2 LEICESTERSHIRE, RUTLAND AND NORTHAMPTONSHIRE

UKF3 LINCOLNSHIRE

UKG1 HEREFORDSHIRE, WORCESTERSHIRE AND WARWICKSHIRE

UKG2 SHROPSHIRE AND STAFFORDSHIRE

UKG3 WEST MIDLANDS

UKH1 EAST ANGLIA

UKH2 BEDFORDSHIRE AND HERTFORDSHIRE

UKH3 ESSEX

UKI1 INNER LONDON

UKI2 OUTER LONDON

UKJ1 BERKSHIRE, BUCKINGHAMSHIRE AND OXFORDSHIRE

UKJ2 SURREY, EAST AND WEST SUSSEX

UKJ3 HAMPSHIRE AND ISLE OF WIGHT

UKJ4 KENT

UKK1 GLOUCESTERSHIRE, WILTSHIRE AND BRISTOL/BATH AREA

UKK2 DORSET AND SOMERSET

UKK3 CORNWALL AND ISLES OF SCILLY

UKK4 DEVON

UKL1 WEST WALES AND THE VALLEYS

UKL2 EAST WALES

UKM2 EASTERN SCOTLAND

UKM3 SOUTH WESTERN SCOTLAND

UKM50 ABERDEEN CITY AND ABERDEENSHIRE

UKM64 EILAN SIAR (WESTERN ISLES)

UKM65 ORKNEY ISLANDS

UKM66 SHETLAND ISLANDS

UKN NORTHERN IRELAND

Cuadro 2

Códigos de tallas

Código / Denominación

1 Talla 1

2 Talla 2

3 Talla 3

4 Talla 4

5 Talla 5

6 Talla 6

M10 ≤ 10 kg

P10 > 10 kg

M4 ≤ 4 kg

M1 ≤ 1,1 kg

50 > 1,8 kg

51 ≤ 1,8 kg

SO Sin objeto

M11 < 1,1 kg

M13 < 1,33 kg

B21 ≥ 1,1 kg < 2,1 kg

B27 ≥ 1,33 kg < 2,7 kg

P21 ≥ 2,1 kg

P27 ≥ 2,7 kg

Cuadro 3

Códigos de presentación

Código Presentación

1 Enteros

12 Descabezados

3 Eviscerados con cabeza

31 Eviscerados y sin branquias

32 Eviscerados y descabezados

61 Limpios

25 Lomos

2 Filetes

62 En cilindros

63 En tubos

21 Con espinas «normales»

22 Sin espinas

23 Con piel

24 Sin piel

51 Bloques aglomerados

5 Partes y otras carnes de pescado

11 Con o sin cabeza

9 Cualquier presentación válida excepto enteros y eviscerados con branquias

26 Filetes en bloques aglomerados < 4 kg 70 Limpios con cabeza o enteros

71 Cualquier presentación válida para esta especie

72 Cualquier presentación válida excepto filetes, partes y otras carnes de pescado

6 Limpios, en cilindros, en tubos

7 Otras presentaciones

SO Sin objeto

Cuadro 4

Códigos de conservación

Código Conservación

SO Sin objeto

V Vivo

C Congelado

CU Cocido con agua

S En salazón

FC Fresco o congelado

FR Fresco o refrigerado

PRE Preparación

CSR Conserva de pescado

F Fresco

R Refrigerado

Cuadro 5

Códigos de frescura

Código Frescura

E Extra

A A

B B

V Vivo

SO Sin objeto

Cuadro 6

Códigos de moneda

Código Moneda

EUR Euros

BGN Lev búlgaro

CZK Corona checa

DKK Corona danesa

EEK Corona estonia

GBP Libra esterlina

HUF Forint húngaro

LTL Litas lituano

LVL Lats letón

PLN Zloty polaco

RON Nuevo leu rumano

SEK Corona sueca

Cuadro 7

Código Especie

ALB Thunnus alalunga

ALK Theragra chalcogramma

BFT Thunnus thynnus

BIB Trisopterus luscus

BOG Boops boops

BRA Brama spp.

BRB Spondyliosoma cantharus

BSF Aphanopus carbo

CDZ Gadus spp.

COD Gadus morhua

COE Conger conger

CRE Cancer pagurus

CSH Crangon crangon

CTC Sepia officinalis

CTR Sepiola rondeleti

DAB Limanda limanda

DEC Dentex dentex

DGS Squalus acanthias

DOL Coryphaena hippurus

DPS Parapenaeus longirostris

ENR Engraulis spp.

FLE Platichthys flesus

GHL Rheinhardtius hippoglossoides

GRC Gadus ogac

Código Especie

GUY Triga spp.

HAD Melanogrammus aeglefinus

HER Clupea harengus

HKE Merluccius merluccius

HKP Merluccius hubbsi

HKX Merluccius spp.

ILL Illex spp.

JAX Trachurus spp.

LEM Mircostomus kitt

LEZ Lepidorhombus spp.

LNZ Molva spp.

MAC Scomber scombrus

MAS Scomber japonicus

MAZ Scomber scombrus, japonicus, Orcynopsis unicolor

MGS Mugil spp.

MNZ Lophius spp.

MUR Mullus surmulettus

MUT Mullus barbatus

NEP Nephrops norvegicus

OCZ Octopus spp.

PAX Pagellus spp.

PCO Gadus macrocephalus

PEN Penaeus spp.

PIL Sardina pilchardus

PLE Pleuronectes platessa

POC Boreogadus saida

POK Pollachius virens

POL Pollachius pollachius

PRA Pandalus borealis

RED Sebastes spp.

ROA Rossia macrosoma

SCE Pecten maximus

SCL Scyliorhinus spp.

SFS Lepidopus caudatus

SKA Raja spp.

SKJ Katsuwonus pelamis

SOO Solea spp.

SPC Spicara smaris

SPR Sprattus sprattus

SQA Illex argentinus

SQC Loligo spp.

SQE Ommastrephes sagittatus

SQE Todarodes sagittatus sagittatus

SQI Illex illecebrosus

SQL Loligo pealei

SQN Loligo patagonica

SQO Loligo opalescens

SQR Loligo vulgaris

SWO Xiphias gladius

TUS Thunnus spp. y Euthynnus spp. excepto Thunnus thunnus y T. obesus

WHB Micromesistius poutassou

WHE Buccinum undatum

WHG Merlangius merlangus

YFT Thunnus albacares

Cuadro 8

Regiones donde se aplica un coeficiente regional al precio de retirada

Código Región Descripción de la región

MADER Azores y Madeira Las Islas de las Azores y de Madeira

BALNOR Báltico Norte Norte del paralelo 59° 30′ en el Mar Báltico

CANA Canarias Las Islas Canarias

CORN Cornouailles Las regiones costeras y las islas de los Condados de Cornouailles y de Devon en el Reino Unido

ECOS Escocia Las regiones costeras a partir de Wick hasta Aberdeen al nordeste de Escocia

ECOIRL Escocia e Irlanda del Norte Las regiones costeras a partir de Portpatrick al sudoeste de Escocia, hasta Wick al nordeste de Escocia, así como las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones. Las regiones costeras y las islas de Irlanda del Norte

ESTECO Escocia (este) Las regiones costeras de Escocia a partir de Portpatrick, hasta Eyemouth, así como las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones

ESPATL España (Atlántico) Las regiones costeras atlánticas de España (excepto las Islas Canarias)

ESTANG Este de Inglaterra Las regiones costeras del este de Inglaterra, de Berwick a Dover. Las regiones costeras de Escocia a partir de Portpatrick, hasta Eyemouth, así como las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones. Las regiones costeras del Condado de Down

FRAATL Francia (Atlántico, Mancha, Norte) Las regiones costeras francesas del Atlántico, el canal de la Mancha y el Mar del Norte

IRL Irlanda Las regiones costeras y las islas de Irlanda

NIRL Irlanda del Norte Las regiones costeras del Condado de Down (Irlanda del Norte)

PRT Portugal Las regiones costeras atlánticas de Portugal

UER Resto de la Unión Europea La Unión Europea, salvo las regiones a las que se aplica un coeficiente regional

EU Unión Europea Toda la Unión Europea

WECO Escocia (oeste) Las regiones costeras que van desde Troon (en el sudoeste de Escocia) hasta Wick (en el nordeste de Escocia) y las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones

BALSUD Báltico Sur del paralelo 59° 30′ en el Mar Báltico Cuadro 9

Utilización de las retiradas

Código Utilización de las retiradas

FMEAL Utilización previa transformación en harina (alimentación animal)

OTHER Utilización en estado fresco o en conserva (alimentación animal)

NOALIM Utilización para fines no alimentarios

DIST Distribución gratuita

BAIT Cebo o carnada

Cuadro 10

Tipo de pesca

Código Tipo de pesca

D Pesca en alta mar

H Pesca de altura

C Pesca costera

L Pequeña pesca local

O Otro tipo de pesca

A Acuicultura

Cuadro 11

Tipo de gasto técnico

Código Tipo de gasto técnico

CO Congelación

ST Almacenado

FL Fileteado

SL Salado y secado

MA Escabechado

CU Cocción y pasteurización

VV Conservación en vivero

ANEXO IX

Reglamento derogado y relación de sus sucesivas modificaciones

Reglamento (CE) no 80/2001 de la Comisión (DO L 13 de 17.1.2001, p. 3)

Reglamento (CE) no 2494/2001 de la Comisión (DO L 337 de 20.12.2001, p. 22)

Acta de adhesión de 2003 (punto 7.4 del anexo II, p. 445) Reglamento (CE) no 1792/2006 de la Comisión (DO L 362 de 20.12.2006, p. 1)

Sólo en lo que respecta a la referencia en el artículo 1, apartado 1, cuarto guión, del Reglamento (CE) no 80/2001 de la Comisión, y en lo que respecta al punto 5, apartado 1, del anexo

ANEXO X

Tabla de correspondencias

Reglamento (CE) no 80/2001 El presente Reglamento

Artículo 1 Artículo 1

Artículo 2 Artículo 2

Artículo 3 Artículo 3

Artículo 4 Artículo 4

Artículo 5 Artículo 5

Artículo 6 Artículo 6

Artículo 7 Artículo 7

Artículo 8 Artículo 8

Artículo 9 —

— Artículo 9

Artículo 10 Artículo 10

Anexo I Anexo I

Anexo II Anexo II

Anexo III Anexo III

Anexo IV Anexo IV

Anexo V Anexo V

Anexo VI Anexo VI

Anexo VII Anexo VII

Anexo VIII Anexo VIII

— Anexo IX

— Anexo X

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/03/2009
  • Fecha de publicación: 25/03/2009
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA con efectos de 1 de enero de 2014, por Reglamento 1420/2013, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-2013-82971).
  • SE MODIFICA, por Reglamento 519/2013, de 21 de febrero (Ref. DOUE-L-2013-81134).
Referencias anteriores
  • DEROGA Reglamento 80/2001, de 16 de enero (Ref. DOUE-L-2001-80074).
  • EN RELACIÓN con art. 34 del Reglamento 104/2000, de 17 de diciembre de 1999 (Ref. DOUE-L-2000-80073).
Materias
  • Acuicultura
  • Comercialización
  • Información
  • Organización Común de Mercado
  • Organizaciones de Productores Pesqueros
  • Pesca marítima
  • Productos pesqueros

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