LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (1), y, en particular, su artículo 34, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) no 80/2001 de la Comisión, de 16 de enero de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 104/2000 del Consejo, en lo relativo a las comunicaciones sobre el reconocimiento de las organizaciones de productores, así como a la fijación de los precios y de las intervenciones en el marco de la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (2), ha sido modificado en diversas ocasiones y de forma sustancial (3). Debiéndose llevar a cabo nuevas modificaciones en relación con la lista de regiones de los Estados miembros y los códigos de moneda utilizados en el presente Reglamento, conviene, en aras de una mayor claridad, proceder a la refundición del mismo.
(2) La Comisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13, apartado 6, del Reglamento (CE) no 104/2000, publica anualmente la lista de las organizaciones de productores y de sus asociaciones reconocidas. Conviene, pues, que los Estados miembros le comuniquen los datos adecuados.
(3) La Comisión debe poder llevar a cabo el seguimiento de la regulación de precios efectuada por las organizaciones de productores, así de como la aplicación por parte de estas últimas de los sistemas de la compensación financiera y de la ayuda al aplazamiento.
(4) Los regímenes comunitarios de intervención establecidos en los artículos 21 a 26 del Reglamento (CE) no 104/2000 implican la necesidad de disponer de las cotizaciones registradas en regiones bien definidas y a intervalos regulares.
(5) Se ha establecido un sistema de transmisión electrónica de datos entre los Estados miembros y la Comisión en el marco de la gestión de la política pesquera común (FIDES II), conviene utilizar dicho sistema con el fin de recoger los datos a que se refiere el presente Reglamento.
(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de productos de la pesca.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
CAPÍTULO I
Comunicaciones relativas al reconocimiento de las organizaciones de productores y de las asociaciones de organizaciones de productores
Artículo 1
Los Estados miembros comunicarán a la Comisión, las informaciones contempladas en el artículo 6, apartado 1, letra c), y en el artículo 13, apartado 3, letra d), del Reglamento (CE) no 104/2000, a más tardar dos meses después de la fecha de la decisión adoptada.
Dichas informaciones y el formato de transmisión se definen en el anexo I del presente Reglamento.
CAPÍTULO II
Precio e intervenciones
Artículo 2
Los Estados miembros comunicarán a la Comisión, las informaciones contempladas en el artículo 17, apartado 4, del Reglamento (CE) no 104/2000, a más tardar dos meses después del inicio de cada campaña de pesca.
Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión toda modificación de los elementos contemplados en el párrafo primero.
Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo II del presente Reglamento.
Artículo 3
En el caso de las especies a las que se hace referencia en los anexos I y IV del Reglamento (CE) no 104/2000, los Estados miembros comunicarán a la Comisión las cantidades desembarcadas, vendidas, retiradas y aplazadas en su territorio, así como el valor de las cantidades vendidas durante cada trimestre en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento, a más tardar siete semanas después del trimestre de que se trate.
_________________________
(1) DO L 17 de 21.1.2000, p. 22.
(2) DO L 13 de 17.1.2001, p. 3.
(3) Véase el anexo IX.
En caso de crisis comprobada con respecto a determinadas especies contempladas en el anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000, los Estados miembros comunicarán a la Comisión las cantidades desembarcadas, vendidas, retiradas y aplazadas en su territorio, así como el valor de las cantidades vendidas durante cada quincena en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento, a más tardar dos semanas después de la quincena de que se trate.
Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo III del presente Reglamento.
Artículo 4
Los Estados miembros comunicarán con respecto a cada uno de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000 que hayan sido objeto de una retirada, los valores y cantidades comercializadas durante cada trimestre, desglosados por opciones de comercialización tal como se fijan en el artículo 1 del Reglamento (CE) no 2493/2001 (1) de la Comisión, a más tardar ocho semanas después del trimestre de que se trate.
Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo IV del presente Reglamento.
Artículo 5
Los Estados miembros comunicarán a la Comisión con respecto a cada uno de los productos enumerados en el anexo II del Reglamento (CE) no 104/2000, las cantidades desembarcadas, vendidas y almacenadas, así como el valor de las cantidades vendidas durante cada trimestre en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento a más tardar seis semanas después del trimestre de que se trate.
Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo V del presente Reglamento.
Artículo 6
Los Estados miembros comunicarán a la Comisión con respecto a cada uno de los productos enumerados en el anexo III del Reglamento (CE) no 104/2000, las cantidades desembarcadas, vendidas y entregadas a la industria por las organizaciones de productores, así como el valor de las cantidades entregadas a la industria, durante cada mes, en las diferentes regiones definidas en el cuadro 1 del anexo VIII del presente Reglamento, a más tardar seis semanas después del mes de que se trate.
Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo VI del presente Reglamento.
Artículo 7
Los Estados miembros comunicarán anualmente a la Comisión, a más tardar tres meses después del año de que se trate, la información que permita determinar los gastos técnicos relativos a las operaciones indispensables para la estabilización y el almacenamiento a los que se hace referencia en los artículos 23 y 25 del Reglamento (CE) no 104/2000.
Dicha información y el formato de transmisión se definen en el anexo VII del presente Reglamento.
CAPÍTULO III
Disposiciones generales y finales
Artículo 8
Los Estados miembros comunicarán dicha información a la Comisión por vía electrónica, utilizando los sistemas de transmisión actualmente empleados para los intercambios de datos en el marco de la gestión de la política pesquera común (sistema FIDES II).
Artículo 9
Queda derogado el Reglamento (CE) no 80/2001.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo X.
Artículo 10
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2009.
Por la Comisión
Joe BORG
Miembro de la Comisión
______________________
(1) DO L 337 de 20.12.2001, p. 20.
ANEXO I
Información relativa a las organizaciones de productores y a las asociaciones de organizaciones de productores
Número de registro / Nombre de los campos / Tipo / Formato / Talla / Código
1 / Identificación del mensaje / <REQUEST.NAME> / Texto / - / MK-PO
2 / Estado miembro / <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> / Texto / 3 / Cuadro 1
3 / Fecha de envío / <DSE> / AAAAMMDD / 8 / -
4 / Tipo de mensaje / <TYP> / Texto /3 / INS = nuevo MOD = modificación DEL = retirada reconocimiento
5 / Número de la OP o de la asociación de OP / <NOP> / Texto / 7 / Únicamente en caso de mensaje de tipo «MOD» o «DEL»
6 / Denominación / <NOM> / Texto
7 / Abreviatura oficial / <ABB> / - / Si existe
8 / Número nacional / <NID> / - / Si existe
9 / Zona de competencia / <ARE> / Texto / -
10 / Actividad / <ACT> / Texto / 6 / Cuadro 10
11 / Fecha de creación / <DCE> / AAAAMMDD /-
12 / Fecha de los estatutos / <DST> / AAAAMMDD
13 / Fecha de concesión del reconocimiento / <DRE> / AAAAMMDD
14 / Fecha de retirada del reconocimiento / <DRA> / AAAAMMDD / Únicamente en caso de mensaje de tipo «DEL»
15 / Dirección 1 / <ADR1> / Texto
16 / Dirección 2 / <ADR2> / Texto
17 / Dirección 3 / <ADR3> / -
18 / Código postal / <CPO> / Texto
19 / Localidad / <LOC> / Texto
20 / Número de teléfono 1 / <TEL1> / Texto / + nn (nn)nnn.nnn.nnn
21 / Número de teléfono 2 / <TEL2> / Texto / + nn (nn)nnn.nnn.nnn
22 / Número de fax / <FAX> / Texto / + nn (nn)nnn.nnn.nnn
23 / E-mail / <MEL> / Texto
24 / Dirección en Internet / <WEB> / Texto
25 y siguientes / Número de la OP afiliada / <ADH> / Texto / En caso de asociación de la
OP, lista de las OP afiliadas.
ANEXO II
Precios de retirada aplicados por las organizaciones de productores
Envío dos meses después del inicio de la campaña pesquera
Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código
1 / Identificación del mensaje/ <REQUEST.NAME> / Texto / MK-PO-WP
2 / Estado miembro / <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> / Texto / 3 / Cuadro 1
3 / Número secuencial del envío/ <LOT> / Numérico / 4 / Número secuencial asignado por Estado miembro
4 / Tipo de mensaje / <MTYP> / - / 19 INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION REP NOTIFICATION
INS IN NOTIFICATION
MOD IN NOTIFICATION
SUP IN NOTIFICATION
5 / Fecha de envío / <DSE> / AAAAMMDD / 8
6 / Tipo de período / <PTYP> / Y / 1 / Y = anual
7 / Identificación del período / <IDP> / PPP/YYYY / 8 / PPP = secuencia AAAA = año
8 / Moneda utilizada / <MON> / Texto / 3 / Cuadro / 6
9 y siguientes/ Código de identificación de la OP / <DAT> / Texto / 7 / CCC-999
Código de especie / - / Texto / 3 / Cuadro 7
Código de conservación / - / Texto / 3 / Cuadro 4
Código de presentación / Texto / 2 / Cuadro 3
Código de frescura / Texto / 2 / Cuadro 5
Código de talla / Texto / 3 / Cuadro 2
Precio de retirada / Número entero / En la moneda indicada en el registro no 8 por 1 000 kg
Región de aplicación de un precio de retirada afectado por un coeficiente regional / Texto / Cuadro 8
ANEXO III
Productos de los anexos I y IV del Reglamento (CE) no 104/2000
Envío trimestral
Número de registro/ Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código
1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-FRESH
2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1
3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro
4 Tipo de mensaje <MTYP> 19
INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION
REP NOTIFICATION
INS IN NOTIFICATION
MOD IN NOTIFICATION
SUP IN NOTIFICATION
5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8
6 Tipo de período <PTYP> Q o C 1 Q = trimestre C = crisis
7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 8 PPP = secuencia
1 a 4 para trimestre
1 a 24 para quincena
AAAA = año
8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6
9 y siguientes Código región NUTS de desembarque <DAT> Texto 7 Cuadro 1
Código de especie Texto 3 Cuadro 7
Código de conservación Texto 3 Cuadro 4
Código de presentación Texto 2 Cuadro 3
Código de frescura Texto 2 Cuadro 5
Código de talla Texto 3 Cuadro 2
Valor de las cantidades vendidas Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Cantidades vendidas Número entero kg
Cantidades retiradas al precio comunitario Número entero kg
Cantidades retiradas al precio autónomo Número entero kg
Cantidades aplazadas Número entero kg
ANEXO IV
Productos del anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000
Utilización de los productos retirados del mercado
Envío trimestral
Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código
1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-STD-VAL
2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1
3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro
4 Tipo de mensaje <MTYP> 19
INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION
REP NOTIFICATION
INS IN NOTIFICATION
MOD IN NOTIFICATION
SUP IN NOTIFICATION
5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8
6 Tipo de período <PTYP> Q 1 Q = trimestre
7 Identificación del período <IDP> PPP/AAAA 8 PPP = secuencia 1-4 AAAA = año
8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6
9 y siguientes Código de especie <DAT> Texto 3 Cuadro 7 Código de destino Texto 6 Cuadro 9
Valor de las cantidades vendidas o cedidas
Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Valor «0» admitido para las cantidades cedidas
Cantidades vendidas o cedidas Número entero kg
ANEXO V
Productos del anexo II del Reglamento (CE) no 104/2000 (envío trimestral)
Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código
1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-FROZEN
2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1
3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro
4 Tipo de mensaje <MTYP> 19
INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION
REP NOTIFICATION
INS IN NOTIFICATION
MOD IN NOTIFICATION
SUP IN NOTIFICATION
5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8
6 Tipo de período <PTYP> Q 1 Q = trimestre
7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 8 PPP = secuencia 1 – 4 AAAA = año
8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6
9 y siguientes Código región NUTS de desembarque <DAT> Texto 7 Cuadro 1
Código de especie <DAT> Texto 3 Cuadro 7 Código de conservación Texto 3 Cuadro 4
Código de presentación Texto 2 Cuadro 3
Código de frescura Texto 2 Cuadro 5
Código de talla Texto 3 Cuadro 2
Valor de las cantidades vendidas Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Cantidades vendidas antes del almacenamiento Número entero kg
Cantidades que entran en existencias Número entero kg
Cantidades que salen de las existencias Número entero kg
ANEXO VI
Productos del anexo III del Reglamento (CE) no 104/2000
Periodicidad: mensual
Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código
1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-TUNA
2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1
3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro
4 Tipo de mensaje <MTYP> 19
INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION
REP NOTIFICATION
INS IN NOTIFICATION
MOD IN NOTIFICATION
SUP IN NOTIFICATION
5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8
6 Tipo de período <PTYP> M 1 M = mensual 7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 7 PPP = secuencia 1-12 AAAA = año
8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6
9 y siguientes Organización de productores <DAT> Texto 7 CCC-999
Código de especie Texto 3 Cuadro 7
Código de conservación Texto 3 Cuadro 4
Código de presentación Texto 2 Cuadro 3
Código de talla Texto 3 Cuadro 2
Valor de las cantidades vendidas y entregadas a la industria Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Cantidades vendidas y entregadas a la industria Número entero kg
ANEXO VII
Productos de los anexos I y II del Reglamento (CE) no 104/2000
Periodicidad: anual
Número de registro / Datos / Identificación del tipo de datos / Formato / Talla / Código
1 Identificación del mensaje <REQUEST.NAME> Texto MK-TECH
2 Estado miembro <REQUEST.COUNTRY.ISO_A3> Texto 3 Cuadro 1
3 Número secuencial del envío <LOT> Numérico 4 Número secuencial asignado por Estado miembro
4 Tipo de mensaje <MTYP> 19
INS NOTIFICATION SUP NOTIFICATION
REP NOTIFICATION
INS IN NOTIFICATION
MOD IN NOTIFICATION
SUP IN NOTIFICATION
5 Fecha de envío <DSE> AAAAMMDD 8
6 Tipo de período <PTYP> Y 1 Y = anual
7 Identificación del período <IDP> PPP/YYYY 7 PPP = 1 AAAA = año
8 Moneda utilizada <MON> Texto 3 Cuadro 6
9 y siguientes Código del producto <DAT> Texto 3 1AB = producto anexo I, AB 1C = producto anexo I, C 2 = producto anexo II
Código gastos técnicos Texto 2 Cuadro 11
Costes de la mano de obra Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Costes energéticos Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Gastos de transportes Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
Otros costes (envasado, escabechado, embalaje directo, etc.) Número entero Según la moneda indicada en el registro no 8
ANEXO VIII
Cuadro 1
Códigos NUTS «ISO-A3» / PAÍS / Nombre NUTS
BE BELGIQUE-BELGIE
BE10 REG.BRUXELLES-CAP./BRUSSELS HFDST.GEW.
BE21 PROV. ANTWERPEN
BE22 PROV. LIMBURG (B)
BE23 PROV. OOST-VLAANDEREN
BE24 PROV. VLAAMS BRABANT
BE25 PROV. WEST-VLAANDEREN
BE31 PROV. BRABANT WALLON
BE32 PROV. HAINAUT
BE33 PROV. LIEGE
BE34 PROV. LUXEMBOURG (B)
BE35 PROV. NAMUR
BG България BG01 SEVEROZAPADEN
BG02 SEVEREN TSENTRALEN
BG03 SEVEROIZTOCHEN
BG04 YUGOZAPADEN
BG05 YUZHEN TSENTRALEN
BG06 YUGOIZTOCHEN
CZ ČESKÁ REPUBLIKA
CZ01 PRAHA
DK DANMARK
DK011 BYEN KØBENHAVN
DK012 KØBENHAVNS OMEGN
DK013 NORDSJÆLLAND
DK014 BORNHOLM
DK021 ØSTSJÆLLAND
DK022 VEST – OG SYDSJÆLLAND
DK031 FYN
DK032 SYDJYLLAND
DK041 VESTJYLLAND
DK042 ØSTJYLLAND
DK050 NORDJYLLAND
DE DEUTSCHLAND
DE11 STUTTGART
DE12 KARLSRUHE
DE13 FREIBURG
DE14 TÜBINGEN
DE21 OBERBAYERN
DE22 NIEDERBAYERN
DE23 OBERPFALZ
DE24 OBERFRANKEN
DE25 MITTELFRANKEN
DE26 UNTERFRANKEN
DE27 SCHWABEN
DE30 BERLIN
DE41 BRANDENBURG - NORDOST
DE42 BRANDENBURG - SÜDWEST
DE50 BREMEN
DE60 HAMBURG
DE71 DARMSTADT
DE72 GIEßEN
DE73 KASSEL
DE80 MECKLENBURG-VORPOMMERN
DE91 BRAUNSCHWEIG
DE92 HANNOVER
DE93 LÜNEBURG
DE94 WESER-EMS
DEA1 DÜSSELDORF
DEA2 KÖLN
DEA3 MÜNSTER
DEA4 DETMOLD
DEA5 ARNSBERG
DEB1 KOBLENZ
DEB2 TRIER
DEB3 RHEINHESSEN-PFALZ
DEC0 SAARLAND
DED1 CHEMNITZ
DED2 DRESDEN
DED3 LEIPZIG
DEE0 SACHSEN-ANHALT
DEF0 SCHLESWIG-HOLSTEIN
DEG0 THÜRINGEN
EE EESTI
EE001 PÕHJA-EESTI
EE004 LÄÄNE-EESTI
EE006 KESK-EESTI
EE007 KIRDE-EESTI
EE008 LÕUNA-EESTI
GR ΕΛΛΑΔΑ
GR11 Aνατολική Μακεδονία, Θράκη
GR12 Κεντρική Μακεδονία
GR13 Δυτική Μακεδονία
GR14 Θεσσαλία
GR21 Ήπειρος
GR22 Ιόνια Νησιά
GR23 Δυτική Ελλάδα
GR24 Στερεά Ελλάδα
GR25 Πελοπόννησος
GR30 Aττική
GR41 Βόρειο Αιγαίο
GR42 Νότιο Αιγαίο
GR43 Κρήτη
ES ESPAÑA
ES11 GALICIA
ES12 PRINCIPADO DE ASTURIAS
ES13 CANTABRIA
ES21 PAÍS VASCO
ES22 COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
ES23 LA RIOJA
ES24 ARAGÓN
ES30 COMUNIDAD DE MADRID
ES41 CASTILLA Y LEÓN
ES42 CASTILLA-LA MANCHA
ES43 EXTREMADURA
ES51 CATALUÑA
ES52 COMUNIDAD VALENCIANA
ES53 ILLES BALEARS
ES61 ANDALUCÍA
ES62 REGIÓN DE MURCIA
ES63 CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
ES64 CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
ES70 CANARIAS
FR FRANCE
FR1 ÎLE DE FRANCE
FR21 CHAMPAGNE-ARDENNE
FR22 PICARDIE
FR23 HAUTE-NORMANDIE
FR24 CENTRE
FR25 BASSE-NORMANDIE
FR26 BOURGOGNE
FR30 NORD-PAS-DE-CALAIS
FR41 LORRAINE
FR42 ALSACE
FR43 FRANCHE-COMTÉ
FR51 PAYS DE LA LOIRE
FR521 CÔTES-D’ARMOR
FR522 FINISTÈRE
FR523 ILLE-ET-VILAINE
FR524 MORBIHAN
FR53 POITOU-CHARENTES
FR61 AQUITAINE
FR62 MIDI-PYRÉNÉES
FR63 LIMOUSIN
FR71 RHÔNE-ALPES
FR72 AUVERGNE
FR81 LANGUEDOC-ROUSSILLON
FR82 PROVENCE-ALPES-CÔTE D’AZUR
FR83 CORSE
FR91 GUADELOUPE
FR92 MARTINIQUE
FR93 GUYANE
FR94 RÉUNION
IE IRELAND
IE011 BORDER
IE012 MIDLAND
IE013 WEST
IE021 DUBLIN
IE022 MID-EAST
IE023 MID-WEST
IE024 SOUTH-EAST (IRL)
IE025 SOUTH-WEST (IRL)
IT ITALIA
ITC1 PIEMONTE
ITC2 VALLE D’AOSTA/VALLEE D´AOSTE
ITC3 LIGURIA
ITC4 LOMBARDIA
ITD1 PROVINCIA AUTONOMA BOLZANO/BOZEN
ITD2 PROVINCIA AUTONOMA TRENTO
ITD3 VENETO
ITD4 FRIULI-VENEZIA GIULIA
ITD5 EMILIA-ROMAGNA
ITE1 TOSCANA
ITE2 UMBRIA
ITE3 MARCHE
ITE4 LAZIO
ITF1 ABRUZZO
ITF2 MOLISE
ITF3 CAMPANIA
ITF4 PUGLIA
ITF5 BASILICATA
ITF6 CALABRIA
ITG1 SICILIA
ITG2 SARDEGNA
CY ΚΥΠΡΟΣ/KIBRIS LV LATVIJA
LV003 KURZEME
LV005 LATGALE
LV006 RĪGA
LV007 PIERĪGA
LV008 VIDZEME
LV009 ZEMGALE
LT LIETUVA
LT001 ALYTAUS APSKRITIS
LT002 KAUNO APSKRITIS
LT003 KLAIPĖDOS APSKRITIS
LT004 MARIJAMPOLĖS APSKRITIS
LT005 PANEVĖŽIO APSKRITIS
LT006 ŠIAULIŲ APSKRITIS
LT007 TAURAGĖS APSKRITIS
LT008 TELŠIŲ APSKRITIS
LT009 UTENOS APSKRITIS
LT00A VILNIAUS APSKRITIS
LU LUXEMBOURG (GRAND-DUCHÉ)
HU MAGYARORSZÁG
HU10 KÖZÉP-MAGYARORSZÁG
HU21 KÖZÉP-DUNÁNTÚL
HU22 NYUGAT-DUNÁNTÚL
HU23 DÉL-DUNÁNTÚL
HU31 ÉSZAK-MAGYARORSZÁG
HU32 ÉSZAK-ALFÖLD
HU33 DÉL-ALFÖLD
MT MALTA
NL NEDERLAND
NL11 GRONINGEN
NL12 FRIESLAND (NL)
NL13 DRENTHE
NL21 OVERIJSSEL
NL22 GELDERLAND
NL23 FLEVOLAND
NL31 UTRECHT
NL32 NOORD-HOLLAND
NL33 ZUID-HOLLAND
NL34 ZEELAND
NL41 NOORD-BRABANT
NL42 LIMBURG (NL)
AT ÖSTERREICH
AT11 BURGENLAND (A)
AT12 NIEDERÖSTERREICH
AT13 WIEN
AT21 KÄRNTEN
AT22 STEIERMARK
AT31 OBERÖSTERREICH
AT32 SALZBURG
AT33 TIROL
AT34 VORARLBERG
PL POLSKA
PL11 ŁÓDZKIE
PL12 MAZOWIECKIE
PL21 MAŁOPOLSKIE
PL22 ŚLĄSKIE
PL31 LUBELSKIE
PL32 PODKARPACKIE
PL33 ŚWIĘTOKRZYSKIE
PL34 PODLASKIE
PL41 WIELKOPOLSKIE
PL42 ZACHODNIOPOMORSKIE
PL43 LUBUSKIE
PL51 DOLNOŚLĄSKIE
PL52 OPOLSKIE
PL61 KUJAWSKO-POMORSKIE
PL62 WARMIŃSKO-MAZURSKIE
PL63 POMORSKIE
PT PORTUGAL
PT11 NORTE
PT15 ALGARVE
PT16 CENTRO (P)
PT17 LISBOA
PT18 ALENTEJO
PT20 REGIÃO AUTÓNOMA DOS AÇORES
PT30 REGIÃO AUTÓNOMA DA MADEIRA
RO ROMÂNIA
RO01 NORD-EST
RO02 SUD-EST
RO03 SUD
RO04 SUD-VEST
RO05 VEST
RO06 NORD-VEST
RO07 CENTRU
RO08 BUCUREȘTI
SI SLOVENIJA
SK SLOVENSKÁ REPUBLIKA
FI SUOMI/FINLAND
FI13 ITÄ-SUOMI
FI18 ETELÄ-SUOMI
FI19 LÄNSI-SUOMI
FI1A POHJOIS-SUOMI
FI20 ÅLAND
SE SVERIGE
SE11 STOCKHOLM
SE12 ÖSTRA MELLANSVERIGE
SE21 SMÅLAND MED ÖARNA
SE22 SYDSVERIGE
SE23 VÄSTSVERIGE
SE31 NORRA MELLANSVERIGE
SE32 MELLERSTA NORRLAND
SE33 ÖVRE NORRLAND
UK UNITED KINGDOM
UKC1 TEES VALLEY AND DURHAM
UKC2 NORTHUMBERLAND AND TYNE AND WEAR
UKD1 CUMBRIA
UKD2 CHESHIRE
UKD3 GREATER MANCHESTER
UKD4 LANCASHIRE
UKD5 MERSEYSIDE
UKE1 EAST YORKSHIRE AND NORTHERN LINCOLNSHIRE
UKE2 NORTH YORKSHIRE
UKE3 SOUTH YORKSHIRE
UKE4 WEST YORKSHIRE
UKF1 DERBYSHIRE AND NOTTINGHAMSHIRE
UKF2 LEICESTERSHIRE, RUTLAND AND NORTHAMPTONSHIRE
UKF3 LINCOLNSHIRE
UKG1 HEREFORDSHIRE, WORCESTERSHIRE AND WARWICKSHIRE
UKG2 SHROPSHIRE AND STAFFORDSHIRE
UKG3 WEST MIDLANDS
UKH1 EAST ANGLIA
UKH2 BEDFORDSHIRE AND HERTFORDSHIRE
UKH3 ESSEX
UKI1 INNER LONDON
UKI2 OUTER LONDON
UKJ1 BERKSHIRE, BUCKINGHAMSHIRE AND OXFORDSHIRE
UKJ2 SURREY, EAST AND WEST SUSSEX
UKJ3 HAMPSHIRE AND ISLE OF WIGHT
UKJ4 KENT
UKK1 GLOUCESTERSHIRE, WILTSHIRE AND BRISTOL/BATH AREA
UKK2 DORSET AND SOMERSET
UKK3 CORNWALL AND ISLES OF SCILLY
UKK4 DEVON
UKL1 WEST WALES AND THE VALLEYS
UKL2 EAST WALES
UKM2 EASTERN SCOTLAND
UKM3 SOUTH WESTERN SCOTLAND
UKM50 ABERDEEN CITY AND ABERDEENSHIRE
UKM64 EILAN SIAR (WESTERN ISLES)
UKM65 ORKNEY ISLANDS
UKM66 SHETLAND ISLANDS
UKN NORTHERN IRELAND
Cuadro 2
Códigos de tallas
Código / Denominación
1 Talla 1
2 Talla 2
3 Talla 3
4 Talla 4
5 Talla 5
6 Talla 6
M10 ≤ 10 kg
P10 > 10 kg
M4 ≤ 4 kg
M1 ≤ 1,1 kg
50 > 1,8 kg
51 ≤ 1,8 kg
SO Sin objeto
M11 < 1,1 kg
M13 < 1,33 kg
B21 ≥ 1,1 kg < 2,1 kg
B27 ≥ 1,33 kg < 2,7 kg
P21 ≥ 2,1 kg
P27 ≥ 2,7 kg
Cuadro 3
Códigos de presentación
Código Presentación
1 Enteros
12 Descabezados
3 Eviscerados con cabeza
31 Eviscerados y sin branquias
32 Eviscerados y descabezados
61 Limpios
25 Lomos
2 Filetes
62 En cilindros
63 En tubos
21 Con espinas «normales»
22 Sin espinas
23 Con piel
24 Sin piel
51 Bloques aglomerados
5 Partes y otras carnes de pescado
11 Con o sin cabeza
9 Cualquier presentación válida excepto enteros y eviscerados con branquias
26 Filetes en bloques aglomerados < 4 kg 70 Limpios con cabeza o enteros
71 Cualquier presentación válida para esta especie
72 Cualquier presentación válida excepto filetes, partes y otras carnes de pescado
6 Limpios, en cilindros, en tubos
7 Otras presentaciones
SO Sin objeto
Cuadro 4
Códigos de conservación
Código Conservación
SO Sin objeto
V Vivo
C Congelado
CU Cocido con agua
S En salazón
FC Fresco o congelado
FR Fresco o refrigerado
PRE Preparación
CSR Conserva de pescado
F Fresco
R Refrigerado
Cuadro 5
Códigos de frescura
Código Frescura
E Extra
A A
B B
V Vivo
SO Sin objeto
Cuadro 6
Códigos de moneda
Código Moneda
EUR Euros
BGN Lev búlgaro
CZK Corona checa
DKK Corona danesa
EEK Corona estonia
GBP Libra esterlina
HUF Forint húngaro
LTL Litas lituano
LVL Lats letón
PLN Zloty polaco
RON Nuevo leu rumano
SEK Corona sueca
Cuadro 7
Código Especie
ALB Thunnus alalunga
ALK Theragra chalcogramma
BFT Thunnus thynnus
BIB Trisopterus luscus
BOG Boops boops
BRA Brama spp.
BRB Spondyliosoma cantharus
BSF Aphanopus carbo
CDZ Gadus spp.
COD Gadus morhua
COE Conger conger
CRE Cancer pagurus
CSH Crangon crangon
CTC Sepia officinalis
CTR Sepiola rondeleti
DAB Limanda limanda
DEC Dentex dentex
DGS Squalus acanthias
DOL Coryphaena hippurus
DPS Parapenaeus longirostris
ENR Engraulis spp.
FLE Platichthys flesus
GHL Rheinhardtius hippoglossoides
GRC Gadus ogac
Código Especie
GUY Triga spp.
HAD Melanogrammus aeglefinus
HER Clupea harengus
HKE Merluccius merluccius
HKP Merluccius hubbsi
HKX Merluccius spp.
ILL Illex spp.
JAX Trachurus spp.
LEM Mircostomus kitt
LEZ Lepidorhombus spp.
LNZ Molva spp.
MAC Scomber scombrus
MAS Scomber japonicus
MAZ Scomber scombrus, japonicus, Orcynopsis unicolor
MGS Mugil spp.
MNZ Lophius spp.
MUR Mullus surmulettus
MUT Mullus barbatus
NEP Nephrops norvegicus
OCZ Octopus spp.
PAX Pagellus spp.
PCO Gadus macrocephalus
PEN Penaeus spp.
PIL Sardina pilchardus
PLE Pleuronectes platessa
POC Boreogadus saida
POK Pollachius virens
POL Pollachius pollachius
PRA Pandalus borealis
RED Sebastes spp.
ROA Rossia macrosoma
SCE Pecten maximus
SCL Scyliorhinus spp.
SFS Lepidopus caudatus
SKA Raja spp.
SKJ Katsuwonus pelamis
SOO Solea spp.
SPC Spicara smaris
SPR Sprattus sprattus
SQA Illex argentinus
SQC Loligo spp.
SQE Ommastrephes sagittatus
SQE Todarodes sagittatus sagittatus
SQI Illex illecebrosus
SQL Loligo pealei
SQN Loligo patagonica
SQO Loligo opalescens
SQR Loligo vulgaris
SWO Xiphias gladius
TUS Thunnus spp. y Euthynnus spp. excepto Thunnus thunnus y T. obesus
WHB Micromesistius poutassou
WHE Buccinum undatum
WHG Merlangius merlangus
YFT Thunnus albacares
Cuadro 8
Regiones donde se aplica un coeficiente regional al precio de retirada
Código Región Descripción de la región
MADER Azores y Madeira Las Islas de las Azores y de Madeira
BALNOR Báltico Norte Norte del paralelo 59° 30′ en el Mar Báltico
CANA Canarias Las Islas Canarias
CORN Cornouailles Las regiones costeras y las islas de los Condados de Cornouailles y de Devon en el Reino Unido
ECOS Escocia Las regiones costeras a partir de Wick hasta Aberdeen al nordeste de Escocia
ECOIRL Escocia e Irlanda del Norte Las regiones costeras a partir de Portpatrick al sudoeste de Escocia, hasta Wick al nordeste de Escocia, así como las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones. Las regiones costeras y las islas de Irlanda del Norte
ESTECO Escocia (este) Las regiones costeras de Escocia a partir de Portpatrick, hasta Eyemouth, así como las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones
ESPATL España (Atlántico) Las regiones costeras atlánticas de España (excepto las Islas Canarias)
ESTANG Este de Inglaterra Las regiones costeras del este de Inglaterra, de Berwick a Dover. Las regiones costeras de Escocia a partir de Portpatrick, hasta Eyemouth, así como las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones. Las regiones costeras del Condado de Down
FRAATL Francia (Atlántico, Mancha, Norte) Las regiones costeras francesas del Atlántico, el canal de la Mancha y el Mar del Norte
IRL Irlanda Las regiones costeras y las islas de Irlanda
NIRL Irlanda del Norte Las regiones costeras del Condado de Down (Irlanda del Norte)
PRT Portugal Las regiones costeras atlánticas de Portugal
UER Resto de la Unión Europea La Unión Europea, salvo las regiones a las que se aplica un coeficiente regional
EU Unión Europea Toda la Unión Europea
WECO Escocia (oeste) Las regiones costeras que van desde Troon (en el sudoeste de Escocia) hasta Wick (en el nordeste de Escocia) y las islas situadas al oeste y al norte de estas regiones
BALSUD Báltico Sur del paralelo 59° 30′ en el Mar Báltico Cuadro 9
Utilización de las retiradas
Código Utilización de las retiradas
FMEAL Utilización previa transformación en harina (alimentación animal)
OTHER Utilización en estado fresco o en conserva (alimentación animal)
NOALIM Utilización para fines no alimentarios
DIST Distribución gratuita
BAIT Cebo o carnada
Cuadro 10
Tipo de pesca
Código Tipo de pesca
D Pesca en alta mar
H Pesca de altura
C Pesca costera
L Pequeña pesca local
O Otro tipo de pesca
A Acuicultura
Cuadro 11
Tipo de gasto técnico
Código Tipo de gasto técnico
CO Congelación
ST Almacenado
FL Fileteado
SL Salado y secado
MA Escabechado
CU Cocción y pasteurización
VV Conservación en vivero
ANEXO IX
Reglamento derogado y relación de sus sucesivas modificaciones
Reglamento (CE) no 80/2001 de la Comisión (DO L 13 de 17.1.2001, p. 3)
Reglamento (CE) no 2494/2001 de la Comisión (DO L 337 de 20.12.2001, p. 22)
Acta de adhesión de 2003 (punto 7.4 del anexo II, p. 445) Reglamento (CE) no 1792/2006 de la Comisión (DO L 362 de 20.12.2006, p. 1)
Sólo en lo que respecta a la referencia en el artículo 1, apartado 1, cuarto guión, del Reglamento (CE) no 80/2001 de la Comisión, y en lo que respecta al punto 5, apartado 1, del anexo
ANEXO X
Tabla de correspondencias
Reglamento (CE) no 80/2001 El presente Reglamento
Artículo 1 Artículo 1
Artículo 2 Artículo 2
Artículo 3 Artículo 3
Artículo 4 Artículo 4
Artículo 5 Artículo 5
Artículo 6 Artículo 6
Artículo 7 Artículo 7
Artículo 8 Artículo 8
Artículo 9 —
— Artículo 9
Artículo 10 Artículo 10
Anexo I Anexo I
Anexo II Anexo II
Anexo III Anexo III
Anexo IV Anexo IV
Anexo V Anexo V
Anexo VI Anexo VI
Anexo VII Anexo VII
Anexo VIII Anexo VIII
— Anexo IX
— Anexo X
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