La corrección de errores siguiente ha sido efectuada mediante el Acta de corrección de errores firmada en Berna el 24 de marzo de 2009, siendo depositario el Departamento Federal de Asuntos Exteriores de la Confederación Helvética.
1.En la página 9, en el artículo 19, en la frase introductoria:
donde dice:
«El trabajador domiciliado en un Estado vinculado por el presente Convenio podrá ser demandado:», debe decir:
«El empresario domiciliado en un Estado vinculado por el presente Convenio podrá ser demandado:».
2.En la página 9, en el artículo 21, en el punto 2:
donde dice:
«2) que permitieren al consumidor formular demandas ante tribunales distintos de los indicados en la presente Sección.»,
debe decir:
«2) que permitieren al trabajador formular demandas ante tribunales distintos de los indicados en la presente Sección.».
3.En la página 37, en el anexo IV, en el decimocuarto guión:
donde dice:
«— en Noruega: un recurso ante Høyesteretts Ankeutvalg o Høyesterett;», debe decir:
«— en Noruega: un recurso ante el Høyesterett;».
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