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Documento DOUE-L-2011-81156

Decisión de Ejecución 2011/345/PESC del Consejo, de 16 de junio de 2011, por la que se aplica la Decisión 2011/137/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 159, de 17 de junio de 2011, páginas 93 a 94 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-81156

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2011/137/PESC del Consejo, de 28 de febrero de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia ( 1 ), y, en particular, su artículo 8, apartado 2,

Considerando la evolución de la situación en Libia, procede modificar la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo IV de la Decisión 2011/137/PESC.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La entrada correspondiente a la persona que figura en el anexo de la presente Decisión se suprime de la lista que figura en el anexo IV de la Decisión 2011/137/PESC.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 16 de junio de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

MARTONYI J.

_________________________

( 1 ) DO L 58 de 3.3.2011, p. 53.

ANEXO

Persona a que se refiere el artículo 1

14. ZARTI, Mustafá.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 16/06/2011
  • Fecha de publicación: 17/06/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 17/06/2011
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Decisión 52015/1333, de 31 de julio (Ref. DOUE-L-2015-81611).
  • Fecha de derogación: 05/08/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo IV de la Decisión 2011/137, de 28 de febrero (Ref. DOUE-L-2011-80422).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Libia
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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