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Documento DOUE-L-2011-81503

Reglamento de Ejecución (UE) nº 755/2011 del Consejo, de 1 de agosto de 2011, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 442/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Publicado en:
«DOUE» núm. 199, de 2 de agosto de 2011, páginas 33 a 34 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-81503

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 442/2011 del Consejo, de 9 de mayo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria ( 1 ), y, en particular, su artículo 14, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 9 de mayo de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n o 442/2011.

(2) Habida cuenta de la gravedad de la situación en Siria y de conformidad con la Decisión de Ejecución 2011/488/PESC del Consejo, de 1 de agosto de 2011, por la que se aplica la Decisión 2011/273/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria ( 2 ), deben añadirse más personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sometidos a medidas restrictivas establecida en el anexo II del Reglamento (UE) n o 442/2011.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las personas enumeradas en el anexo del presente Reglamento se añadirán a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o 442/2011.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

M. DOWGIELEWICZ

_________________________

( 1 ) DO L 121 de 10.5.2011, p. 1.

( 2 ) Véase la página 74 del presente Diario Oficial.

ANEXO

Personas a que se refiere el artículo 1

A. Personas

Nombre

Información de identificación (fecha de nacimiento, lugar de nacimiento…)

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

D. Mohammad Mufleh

Jefe de inteligencia militar siria de la ciudad de Hama, implicado en la represión contra los manifestantes

1.8.2011

2.

General de División Tawfiq Younes

Jefe del departamento de seguridad interior de la Dirección general de inteligencia; implicado en la violencia contra la población civil

1.8.2011

3.

D. Mohammed Makhlouf (alias Abu Rami)

Nacido en Latakia, Siria, 19.10.1932

Estrecho colaborador y tío materno de Bashar y Mahir al-Assad. Socio comercial y padre de Rami, Ihab e Iyad Makhlouf

1.8.2011

4.

Ayman Jabir

Nacido en Latakia

Asociado con Mahir al-Assad en la milicia Shabiha. Implicado directamente en la represión y violencia contra la población civil y en la coordinación de los grupos de la milicia Shabiha

1.8.2011

5.

General Ali Habib Mahmoud

Nacido en Tartous, 1939. Nombrado Ministro de Defensa el 3 de junio de 2009 Ministro de Defensa. Responsable de la dirección y de las operaciones de las Fuerzas Armadas sirias implicadas en la represión y violencia contra la población civil

1.8.2011

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 01/08/2011
  • Fecha de publicación: 02/08/2011
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento 442/2011, de 9 de mayo (Ref. DOUE-L-2011-80922).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Siria

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