LA COMISIÓN MIXTA UE-AELC,
Visto el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito ( 1 ), y, en particular, su artículo 15, apartado 3, letra a),
Considerando lo siguiente:
(1) Croacia se ha adherido a la Unión el 1 de julio de 2013.
(2) En consecuencia, las versiones en lengua croata de las referencias utilizadas en el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito («el Convenio») deben desplazarse de las partes correspondientes a los países de la AELC e insertarse en las partes correspondientes a los Estados miembros de la Unión.
(3) Deben introducirse también modificaciones técnicas del Convenio por lo que respecta a los formularios relacionados con la garantía enumerados en el apéndice III, como resultado de la adhesión de Croacia a la Unión.
(4) Para que puedan utilizarse los formularios relacionados con la garantía, impresos según los criterios en vigor antes de la fecha de la adhesión de Croacia a la Unión, debe fijarse un período transitorio durante el cual puedan seguirse utilizando dichos impresos, con algunas adaptaciones.
(5) Por lo tanto, debe modificarse el Convenio en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El apéndice III del Convenio relativo a un régimen común de tránsito queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los formularios basados en los modelos que figuran en los anexos C1, C2, C3, C4, C5 y C6 del apéndice III del Convenio pueden seguir utilizándose, previa introducción de las necesarias adaptaciones geográficas, hasta el final del duodécimo mes posterior a la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión, a más tardar.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Reikiavik, el 1 de julio de 2013.
Por la Comisión Mixta
El Presidente
Snorri OLSEN
______________
( 1 ) DO L 226 de 13.8.1987, p. 2.
ANEXO
1. En el apéndice III, anexo B1, el texto de la casilla 51 se sustituye por el siguiente:
«Casilla 51: Aduanas de paso previstas
Códigos de países
Este código de país es el código ISO alpha-2 (ISO 3166).
Se aplicará la siguiente relación de códigos:
AT Austria
BE Bélgica
BG Bulgaria
CH Suiza
CY Chipre
CZ Chequia
DE Alemania
DK Dinamarca
EE Estonia
ES España
FI Finlandia
FR Francia
GB Reino Unido
GR Grecia
HR Croacia
HU Hungría
IE Irlanda
IS Islandia
IT Italia
LT Lituania
LU Luxemburgo
LV Letonia
MT Malta
NL Países Bajos
NO Noruega
PL Polonia
PT Portugal
RO Rumanía
SE Suecia
SI Eslovenia
SK Eslovaquia
TR Turquía».
2. En el apéndice III, anexo B6, el título III queda modificado como sigue:
a) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Validez limitada – 99200», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Valjanost ograničena»;
b) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Dispensa – 99201», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Oslobođeno»;
c) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Prueba alternativa – 99202», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Alternativni dokaz»;
d) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Diferencias: mercancías presentadas en la aduana… (nombre y país) - 99203», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Razlike:Carinarnica kojoj je roba podnesena ……(naziv i zemlja)»;
e) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Salida de … sometida a restricciones o imposiciones en virtud del Reglamento/Directiva/Decisión n o … – 99204», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Izlaz iz……. podliježe ograničenjima ili pristojbama temeljem Uredbe/Direktive/Odluke br…»;
f) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Dispensa de itinerario obligatorio – 99205», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Oslobođeno od propisanog plana puta»;
g) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Expedidor autorizado – 99206», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Ovlašteni pošiljatelj»;
h) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Dispensa de firma – 99207», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Oslobođeno potpisa»;
i) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «GARANTÍA GLOBAL PROHIBIDA – 99208», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Zabranjeno zajedničko jamstvo»;
j) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «UTILIZACIÓN NO LIMITADA – 99209», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Neograničena uporaba»;
k) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Expedido a posteriori - 99210», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Izdano naknadno»;
l) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Varios – 99211», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Razni»;
m) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «A granel – 99212», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Rasuto»;
n) en el cuadro de las referencias lingüísticas correspondientes a «Expedidor – 99213», se inserta entre las referencias lingüísticas de FR e IT y se suprime de su posición actual el siguiente guion:
«— HR Pošiljatelj».
3. En el apéndice III, anexo C1, punto I, párrafo 1, se inserta el término «la República de Croacia» entre los términos «la República Francesa» y «la República Italiana». Se suprime el término «la República de Croacia» entre la palabra «y» y el término «la República de Islandia».
4. En el apéndice III, anexo C2, punto I, párrafo 1, se inserta el término «la República de Croacia» entre los términos «la República Francesa» y «la República Italiana». Se suprime el término «la República de Croacia» entre la palabra «y» y el término «la República de Islandia».
5. En el apéndice III, anexo C4, punto I, párrafo 1, se inserta el término «la República de Croacia» entre los términos «la República Francesa» y «la República Italiana». Se suprime el término «la República de Croacia» entre la palabra «y» y el término «la República de Islandia».
6. En el apéndice III, anexo C5, casilla 7, se suprime el término «Croacia» entre las palabras «Comunidad Europea» e «Islandia».
7. En el apéndice III, anexo C6, casilla 6, se suprime el término «Croacia» entre las palabras «Comunidad Europea» e «Islandia».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid