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EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2011/63/UE de la Comisión, de 1 de junio de 2011, que modifica, con vistas a su adaptación al progreso técnico, la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo ( 1 ).
(2) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 6a (Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo XVII del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:
«— 32011 L 0063: Directiva 2011/63/UE de la Comisión, de 1 de junio de 2011 (DO L 147 de 2.6.2011, p. 15).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2011/63/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 4 de mayo de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE, o en la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE n o …/…, de … ( 2 ) (por la que se incorpora al Acuerdo EEE la Directiva 2009/30/CE), si esta fuese posterior.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2013.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
__________
( 1 ) DO L 147 de 2.6.2011, p. 15.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
( 2 ) No publicada aún en el Diario Oficial.
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