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Documento DOUE-L-2016-80054

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 482/2008 de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, por el que se establece un sistema de garantía de la seguridad del software que deberán implantar los proveedores de servicios de navegación aérea y por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 2096/2005.

Publicado en:
«DOUE» núm. 15, de 22 de enero de 2016, páginas 71 a 71 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-80054

TEXTO ORIGINAL

En la página 8, en el artículo 5, apartado 2:

donde dice: «[…], la autoridad nacional de supervisión podrá ordenar el uso a una organización reconocida o a un organismo notificado»,

debe decir: «[…], la autoridad nacional de supervisión podrá recurrir a una organización reconocida o a un organismo notificado».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 22/01/2016
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 482/2008, de 30 de mayo (Ref. DOUE-L-2008-80927).
Materias
  • Informática
  • Navegación aérea
  • Normas de calidad
  • Seguridad informática
  • Transportes aéreos

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