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Documento DOUE-L-2016-80318

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 1141/2010 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2010, por el que se establecen el procedimiento para renovar la inclusión de un segundo grupo de sustancias activas en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y la lista de dichas sustancias.

Publicado en:
«DOUE» núm. 50, de 26 de febrero de 2016, páginas 38 a 38 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-80318

TEXTO ORIGINAL

En la página 16, en el artículo 15, apartado 3:

donde dice:

«La Autoridad pondrá el informe de evaluación de la renovación a disposición del público, excepto las partes para las que se haya pedido un tratamiento confidencial que esté justificado con arreglo a lo establecido en el artículo 14 de la Directiva 91/414/CEE.»,

debe decir:

«La Autoridad pondrá el expediente resumido complementario a disposición del público, excepto las partes para las que se haya pedido un tratamiento confidencial que esté justificado con arreglo a lo establecido en el artículo 14 de la Directiva 91/414/CEE.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 26/02/2016
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1141/2010, de 7 de diciembre (Ref. DOUE-L-2010-82252).
Materias
  • Autorizaciones
  • Comercialización
  • Productos fitosanitarios

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