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Documento DOUE-L-2019-80266

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por la que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 46, de 18 de febrero de 2019, páginas 18 a 18 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-80266

TEXTO ORIGINAL

En la página 138, en el título del Reglamento, y en la página 146, en el artículo 1, título del artículo y apartado 1:

donde dice:

«coperación»,

debe decir:

«cooperación».

En la página 150, en el artículo 8, apartado 4:

donde dice:

«4.   En casos urgentes y cuando no sea posible determinar la autoridad nacional competente ni contactar con ella de manera oportuna, los miembros nacionales serán competentes para adoptar las medidas contempladas en el apartado 2 de conformidad con su Derecho nacional, siempre que informen lo antes posible a la autoridad nacional competente.»,

debe decir:

«4.   En casos urgentes y cuando no sea posible determinar la autoridad nacional competente ni contactar con ella de manera oportuna, los miembros nacionales serán competentes para adoptar las medidas contempladas en el apartado 3 de conformidad con su Derecho nacional, siempre que informen lo antes posible a la autoridad nacional competente.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/02/2019
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2018/1727, de 14 de noviembre (Ref. DOUE-L-2018-81851).
Materias
  • Cooperación judicial internacional
  • Delincuencia organizada
  • Delitos
  • Eurojust
  • Organismo y agencia CE
  • Países Bajos

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