LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (1), y en particular su artículos 7, 62, 156, 160, 212 y 253,
Considerando siguiente:
(1) |
La versión en lengua alemana del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión (2) contiene un error en la definición establecida en el artículo 1, apartado 21, por lo que respecta a las mercancías reservadas al uso personal, lo que modifica el alcance de la definición. |
(2) |
La versión en lengua eslovaca del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 contiene un error en el artículo 128, apartado 2, que fue introducido por el Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión (3), por lo que respecta al valor de las mercancías con estatuto aduanero de mercancías de la Unión, lo que confiere a la disposición el sentido opuesto. |
(3) |
La versión en lengua italiana del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 contiene un error en el artículo 226, apartado 1, letra b), en lo que se refiere al empleado al que se refiere. |
(4) |
La versión estonia del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 contiene un error en el artículo 226, apartado 3, frase introductoria, que confiere a la disposición el sentido opuesto. |
(5) |
Las versiones del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en lengua alemana, danesa, española, finesa, francesa, griega y neerlandesa contienen un error en el anexo 22-01 por lo que se refiere a las mercancías enumeradas en él. |
(6) |
Por tanto, procede modificar en consecuencia las versiones del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en lengua alemana, danesa, eslovaca, española, estonia, finesa, francesa, griega, italiana y neerlandesa. Las demás versiones lingüísticas no se ven afectadas, |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 se corrige como sigue:
1) (no afecta a la versión española);
2) (no afecta a la versión española);
3) (no afecta a la versión española);
4) (no afecta a la versión española);
5) (no afecta a la versión española);
6) (no afecta a la versión española);
7) (no afecta a la versión española);
8) (no afecta a la versión española);
9) (no afecta a la versión española);
10) (no afecta a la versión española);
11) en el anexo 22-01, sección XI:
a) en el capítulo 50, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5007, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
b) en el capítulo 51, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5111, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
c) en el capítulo 51, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5112, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
d) en el capítulo 51, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5113, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
e) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5208, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
f) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al código SA 2017 5209, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
g) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5210, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
h) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5211, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
i) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5212, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
j) en el capítulo 53, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5309, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
k) en el capítulo 53, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5310, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
l) en el capítulo 53, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 ex 5311 (a), el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
m) en el capítulo 54, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5407, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
n) en el capítulo 54, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5408, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
o) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5512, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
p) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5513, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
q) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5514, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
r) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5515, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
s) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5516, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
t) en el capítulo 59, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5903, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
u) en el capítulo 59, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5905, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;
v) en el capítulo 59, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5907, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado».
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 269 de 10.10.2013, p. 1.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión (DO L 343 de 29.12.2015, p. 1).
(3) Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas transitorias para determinadas disposiciones del Código aduanero de la Unión mientras no estén operativos los sistemas electrónicos pertinentes y por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 (DO L 69 de 15.3.2016, p. 1).
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