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Documento DOUE-L-2019-81304

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo al mercado interior de la electricidad.

Publicado en:
«DOUE» núm. 203, de 1 de agosto de 2019, páginas 10 a 10 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81304

TEXTO ORIGINAL

En la página 87, en el artículo 22, apartado 4, letra a):

 

donde dice: «a) desde el 4 de julio de 2019 a más tardar, una capacidad de generación cuya producción comercial haya comenzado en o antes de dicha fecha y que emita más de 550 gr de CO2 procedente de combustibles fósiles por kWh de electricidad no se comprometerá ni recibirá pagos o compromisos de pagos futuros en virtud de un mecanismo de capacidad;»,

 

debe decir: «a) desde el 4 de julio de 2019 a más tardar, una capacidad de generación cuya producción comercial haya comenzado en o después de dicha fecha y que emita más de 550 gr de CO2 procedente de combustibles fósiles por kWh de electricidad no se comprometerá ni recibirá pagos o compromisos de pagos futuros en virtud de un mecanismo de capacidad;».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/08/2019
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/943, de 5 de junio (Ref. DOUE-L-2019-81030).
Materias
  • Energía eléctrica
  • Mercado Común
  • Pagos
  • Política energética
  • Producción de energía

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