Está Vd. en

Documento DOUE-L-2020-81508

Decisión de Ejecución (PESC) 2020/1483 del Consejo de 14 de octubre de 2020 por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 341, de 15 de octubre de 2020, páginas 16 a 17 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81508

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333.

(2)

El 12 de mayo de 2020, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad emitió una Declaración en nombre de la Unión en la que se afirmaba que la Unión mantiene su determinación de hacer respetar plenamente el embargo de armas a Libia impuesto por las Naciones Unidas. Se destacaba también que no deben escatimarse esfuerzos para asegurar una aplicación plena y efectiva de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, también en las fronteras terrestres y marítimas con Libia.

(3)

El 21 de septiembre de 2020, el Consejo adoptó la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/1310 (2), por la que se designó a tres entidades implicadas en la violación del embargo de armas impuesto por las Naciones Unidas.

(4)

El Consejo sigue profundamente preocupado por la situación en Libia, y especialmente por los actos que amenazan su paz, su seguridad o su estabilidad, incluidas las violaciones del embargo de armas impuesto por las Naciones Unidas.

(5)

En este contexto, debe incluirse a una persona implicada en tales actos en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figura en los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333.

(6)

Procede, por lo tanto, modificar los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 se modifican de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 14 de octubre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH

 

 

(1)  DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.

(2)  Decisión de Ejecución (PESC) 2020/1310 del Consejo, de 21 de septiembre de 2020, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia (DO L 305 I de 21.9.2020, p. 5).

ANEXO

1) En el anexo II de la Decisión (PESC) 2015/1333, en la parte «A. Personas» se añade la siguiente entrada:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«19.

Yevgeniy Viktorovich PRIGOZHIN

(Евгений Викторович Пригожин)

Fecha de nacimiento: 1 de junio de 1961

Lugar de nacimiento: Leningrado (San Petersburgo)

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Yevgeniy Viktorovich Prigozhin es un empresario ruso con vínculos estrechos, en particular económicos, con la empresa militar privada Wagner Group.

De este modo, Prigozhin está implicado en las actividades de Wagner Group en Libia, que amenazan la paz, la estabilidad y la seguridad del país, y presta apoyo a dichas actividades.

En concreto, la empresa Wagner Group está implicada en múltiples y repetidas violaciones del embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333, como el suministro de armas y el despliegue de mercenarios en Libia en apoyo del Ejército Nacional de Libia. Wagner Group ha participado en múltiples operaciones militares contra el Gobierno de Consenso Nacional respaldado por las Naciones Unidas y ha contribuido a dañar la estabilidad de Libia y socavar un proceso pacífico.»

15.10.2020

2) En el anexo IV de la Decisión (PESC) 2015/1333, en la parte «A. Personas» se añade la siguiente entrada:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«24.

Yevgeniy Viktorovich PRIGOZHIN

(Евгений Викторович Пригожин)

Fecha de nacimiento: 1 de junio de 1961

Lugar de nacimiento: Leningrado (San Petersburgo)

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Yevgeniy Viktorovich Prigozhin es un empresario ruso con vínculos estrechos, en particular económicos, con la empresa militar privada Wagner Group.

De este modo, Prigozhin está implicado en las actividades de Wagner Group en Libia, que amenazan la paz, la estabilidad y la seguridad del país, y presta apoyo a tales actividades.

En concreto, la empresa Wagner Group está implicada en múltiples y repetidas violaciones del embargo de armas a Libia establecido en la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y transpuesto en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2015/1333, como el suministro de armas y el despliegue de mercenarios en Libia en apoyo del Ejército Nacional de Libia. Wagner Group ha participado en múltiples operaciones militares contra el Gobierno de Consenso Nacional respaldado por las Naciones Unidas y ha contribuido a dañar la estabilidad de Libia y socavar un proceso pacífico.»

15.10.2020

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos II y IV de la Decisión 2015/1333, de 31 de julio (Ref. DOUE-L-2015-81611).
Materias
  • Armas
  • Cuentas bloqueadas
  • Embargos
  • Libia
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid