LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 13 de la Directiva 2014/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presume que los equipos eléctricos que sean conformes con normas armonizadas o partes de estas cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea son conformes con los requisitos esenciales establecidos en el anexo I de dicha Directiva a los que se apliquen dichas normas o partes de normas. |
(2) |
Mediante la Decisión de Ejecución C(2016) 7641 (3), la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN), al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) y al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) que elaboraran y revisaran normas armonizadas de compatibilidad electromagnética en apoyo de la Directiva 2014/30/UE. |
(3) |
En respuesta a la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2016) 7641, el CEN y el Cenelec revisaron las normas armonizadas siguientes, cuyas referencias están publicadas en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea (4): EN 55011:2009, EN 55014-1:2006, EN 55015:2013 y EN 55032:2012. Esto dio lugar a la adopción, respectivamente, de las siguientes normas armonizadas y de sus modificaciones: EN 55011:2016, EN 55011:2016/A1:2017 y EN 55011:2016/A11:2020 para equipos industriales, científicos y médicos; EN 55014-1:2017 y EN 55014-1:2017/A11:2020 para aparatos electrodomésticos, herramientas eléctricas y aparatos análogos; EN IEC 55015:2019 y EN IEC 55015:2019/A11:2020 para equipos de iluminación y similares; y EN 55032:2015 y EN 55032:2015/A11:20 para equipos multimedia. |
(4) |
En respuesta a la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2016) 7641, el CEN y el Cenelec modificaron la norma armonizada EN 62026-2:2013, cuya referencia está publicada en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea (5). Esto dio lugar a la adopción de la norma armonizada EN 62026-2:2013/A1:2019. |
(5) |
La Comisión, junto con el CEN y el Cenelec, ha evaluado si dichas normas armonizadas cumplen lo solicitado en la Decisión de Ejecución C(2016) 7641. |
(6) |
Las normas armonizadas EN 55011:2016, modificada por EN 55011:2016/A1:2017 y EN 55011:2016/A11:2020, EN 55014-1:2017, modificada por EN 55014-1:2017/A11:2020, EN IEC 55015:2019, modificada por EN IEC 55015:2019/A11:2020, EN 55032:2015, modificada por EN 55032:2015/A11:2020, y EN 62026-2:2013, modificada por EN 62026-2:2013/A1:2019, cumplen los requisitos esenciales que pretenden cubrir y que se establecen en la Directiva 2014/30/UE. Procede, por tanto, publicar las referencias de dichas normas armonizadas, junto con las de cualquier norma que las modifique, en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
(7) |
En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 de la Comisión (6) figuran las referencias de las normas armonizadas que confieren la presunción de conformidad con la Directiva 2014/30/UE. A fin de garantizar que las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/30/UE figuren en un solo acto, deben incluirse en ese anexo las referencias de dichas normas, junto con las de cualquier norma que las modifique. |
(8) |
Por consiguiente, es necesario retirar de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea las referencias de las siguientes normas armonizadas, junto con las de cualquier norma que las modifique o corrija: EN 55011:2009, modificada por EN 55011:2009/A1:2010, EN 55014-1:2006, modificada por EN 55014-1:2006/A1:2009 y EN 55014-1:2006/A2:2011, EN 55015:2013, EN 55032:2012, corregida por EN 55032:2012/AC:2013, y EN 62026-2:2013. |
(9) |
En el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 figuran las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/30/UE que se retiran de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea. Procede, por tanto, incluir esas referencias, junto con las de cualquier norma que las modifique o corrija, en dicho anexo. |
(10) |
Con el fin de dar a los fabricantes tiempo suficiente para prepararse para la aplicación de las normas armonizadas EN 55011:2016, modificada por EN 55011:2016/A1:2017 y EN 55011:2016/A11:2020, EN 55014-1:2017, modificada por EN 55014-1:2017/A11:2020, EN IEC 55015:2019, modificada por EN IEC 55015:2019/A11:2020, EN 55032:2015, modificada por EN 55032:2015/A11:2020, y EN 62026-2:2013, modificada por EN 62026-2:2013/A1:2019, es necesario aplazar la retirada de las referencias de las siguientes normas armonizadas, junto con las de cualquier norma que las modifique o corrija: EN 55011:2009, modificada por EN 55011:2009/A1:2010, EN 55014-1:2006, modificada por EN 55014-1:2006/A1:2009 y EN 55014-1:2006/A2:2011, EN 55015:2013, EN 55032:2012, corregida por EN 55032:2012/AC:2013, y EN 62026-2:2013. |
(11) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 en consecuencia. |
(12) |
La conformidad con una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos básicos correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 se modifica de conformidad con el anexo I de la presente Decisión.
El anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 se modifica de conformidad con el anexo II de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 2020.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.
(2) Directiva 2014/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética (DO L 96 de 29.3.2014, p. 79).
(3) Decisión de Ejecución C(2016) 7641 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, relativa a una solicitud de normalización al Comité Europeo de Normalización, al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica y al Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones por lo que respecta a normas armonizadas en apoyo de la Directiva 2014/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética.
(4) DO C 246 de 13.7.2018, p. 1.
(5) DO C 246 de 13.7.2018, p. 1.
(6) Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 de la Comisión, de 5 de agosto de 2019, relativa a las normas armonizadas aplicables a la compatibilidad electromagnética elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 206 de 6.8.2019, p. 27).
En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 se añaden las entradas siguientes:
N.o |
Referencia de la norma |
«10. |
EN 55011:2016 Equipos industriales, científicos y médicos. Características de las perturbaciones radioeléctricas. Límites y métodos de medición EN 55011:2016/A1:2017 EN 55011:2016/A11:2020 |
11. |
EN 55014-1:2017 Compatibilidad electromagnética. Requisitos para aparatos electrodomésticos, herramientas eléctricas y aparatos análogos. Parte 1: Emisión EN 55014-1:2017/A11:2020 |
12. |
EN IEC 55015:2019 Límites y métodos de medida de las características relativas a las perturbaciones radioeléctricas de los equipos de iluminación y similares EN IEC 55015:2019/A11:2020 |
13. |
EN 55032:2015 Compatibilidad electromagnética de equipos multimedia. Requisitos de emisión EN 55032:2015/A11:2020 |
14. |
EN 62026-2:2013 Aparamenta de baja tensión. Interfaces para dispositivos controladores (CDIs). Parte 2: Interfaz del sensor/actuador (AS-i) EN 62026-2:2013/A1:2019». |
En el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1326 se añaden las entradas siguientes:
N.o |
Referencia de la norma |
Fecha de retirada |
«7. |
EN 55011:2009 Equipos industriales, científicos y médicos. Características de las perturbaciones radioeléctricas. Límites y métodos de medición EN 55011:2009/A1:2010 |
4 de mayo de 2022 |
8. |
EN 55014-1:2006 Compatibilidad electromagnética. Requisitos para aparatos electrodomésticos, herramientas eléctricas y aparatos análogos. Parte 1: Emisión EN 55014-1:2006/A1:2009 EN 55014-1:2006/A2:2011 |
4 de mayo de 2022 |
9. |
EN 55015:2013 Límites y métodos de medida de las características relativas a la perturbación radioeléctrica de los equipos de iluminación y similares |
4 de mayo de 2022 |
10. |
EN 55032:2012 Compatibilidad electromagnética de equipos multimedia. Requisitos de emisión EN 55032:2012/AC:2013 |
4 de mayo de 2022 |
11. |
EN 62026-2:2013 Aparamenta de baja tensión. Interfaces para dispositivos controladores (CDIs). Parte 2: Interfaz del sensor/actuador (AS-i) |
4 de mayo de 2022». |
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