1. |
En la página 29, en el artículo 24, en la fórmula: |
donde dice:
«K TCD + K DTF + K CON»,
debe decir:
«K-TCD + K-DTF + K-CON».
2. |
En la página 32, en el artículo 29, apartado 4, en la fórmula: |
donde dice:
«Duración = ((1 - exp(-0,05 • tiempo hasta el vencimiento)))/0,05»,
debe decir:
«Duración = (1 - exp (-0,05 • tiempo hasta el vencimiento))/0,05».
3. |
En la página 39, artículo 40, en el título: |
donde dice:
«Procedimientos para prevenir que las empresas de servicios de inversion eviten el requisito de fondos propios K-CON»,
debe decir:
«Procedimientos para prevenir que las empresas de servicios de inversión eviten el requisito de fondos propios K-CON».
4. |
En la página 46, en el artículo 57, apartado 2: |
donde dice:
«2. Hasta el 26 de junio de 2026 o, si fuera posterior, la fecha de aplicación a las entidades de crédito del método estándar alternativo que figura en la parte tercera, título IV, capítulo 1 bis, del Reglamento (UE) n.° 575/2013 […]»,
debe decir:
«2. Hasta el 26 de junio de 2026 o, si fuera posterior, la fecha de aplicación a las entidades de crédito a efectos de requisitos de fondos propios del método estándar alternativo que figura en la parte tercera, título IV, capítulo 1 bis, del Reglamento (UE) n.° 575/2013 […]».
5. |
En las páginas 52 y 53, en el artículo 62 [Modificación del Reglamento (CE) n.° 575/2013], punto 10, letra a): |
donde dice:
«a) |
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
debe decir:
«a) |
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
6. |
En la página 53, en el artículo 62 [Modificación del Reglamento (CE) n.° 575/2013], punto 11, letra a): |
donde dice:
«a) |
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
debe decir:
«a) |
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
7. |
En las páginas 53 y 54, en el artículo 62 [Modificación del Reglamento (CE) n.° 575/2013], punto 12, letra a): |
donde dice:
«a) |
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
debe decir:
«a) |
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
|
8. |
En la página 55, en el artículo 62 [Modificación del Reglamento (CE) n.° 575/2013], punto 25: |
donde dice:
«25. |
En el artículo 395, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: “1. […] frente a todos los clientes vinculados entre sí que no sean entidades, después de tener en cuenta el efecto de la reducción del riesgo de crédito de conformidad con los artículos 399 a 403, no rebase el 25 % del capital de nivel 1 de la entidad.”.», |
debe decir:
«25. |
En el artículo 395, apartado 1, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: “1. […], frente a todos los clientes vinculados entre sí que no sean entidades o empresas de servicios de inversión, después de tener en cuenta el efecto de la reducción del riesgo de crédito de conformidad con los artículos 399 a 403, no rebase el 25 % del capital de nivel 1 de la entidad.”.». |
9. |
En la página 56, en el artículo 62 [Modificación del Reglamento (CE) n.° 575/2013], punto 33: |
donde dice:
«33. |
El artículo 498, apartado 1, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: “[…] y a los que, a 31 de diciembre de 2006, no era aplicable la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.”.», |
debe decir:
«33. |
El artículo 498 se sustituye por el texto siguiente: “Artículo 498 Exención aplicable a los operadores en materias primas Hasta el 26 de junio de 2021 […] y a los que, a 31 de diciembre de 2006, no era aplicable la Directiva 2004/39/CE.”.». |
11. |
En la página 61, en el artículo 63 [Modificación del Reglamento (CE) n.° 600/2014], puntos 6 y 7: |
donde dice:
«6. |
El artículo 49 se sustituye por el texto siguiente: […]. |
7. |
En el artículo 52 se añade el apartado siguiente: […].», |
debe decir:
«6. |
El artículo 49 se sustituye por el texto siguiente: […]. |
6 bis) |
El artículo 50 se modifica como sigue:
|
7. |
En el artículo 52 se añade el apartado siguiente: […].». |
12. |
En la página 63, en el artículo 66, apartado 3, letra b): |
donde dice:
«b) |
el punto 30 del artículo 62 será aplicable a partir del 25 de diciembre de 2019.», |
debe decir:
«b) |
los puntos 30, 32 y 33 del artículo 62 serán aplicables a partir del 25 de diciembre de 2019.». |
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