LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1210/2003 del Consejo, de 7 de julio de 2003, relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Irak y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 2465/96 del Consejo (1), y en particular su artículo 11, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 figura la lista de organismos públicos, sociedades e instituciones, así como personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados del anterior Gobierno de Irak, a los que afecta el bloqueo de capitales y de recursos económicos ubicados fuera de Irak a 22 de mayo de 2003 establecido en dicho Reglamento. |
(2) |
En el anexo IV del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 figura la lista de las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados con el régimen del antiguo Presidente Sadam Husein a los que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos y la prohibición de facilitar fondos o recursos económicos. |
(3)
(4) |
El 1 de diciembre de 2020, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió suprimir una persona y once entidades de su lista de personas o entidades a las que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos.
Procede, por tanto, modificar los anexos III y IV del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Los anexos III y IV del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 se modifican según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2020.
Por la Comisión,
en nombre de la Presidenta,
Director General
Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales
(1) DO L 169 de 8.7.2003, p. 6.
Los anexos III y IV del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 se modifican como sigue:
1) En el anexo III, se suprimen las entradas siguientes:
«36) FACTORY OF MANUFACTURING SPARE PARTS FOR AGRICULTURAL MACHINERY. Dirección: Karh - Otaefia, near Steel Bridge, Baghdad, Iraq.»
«94) NATIONAL ENTERPRISE FOR EQUIPMENT MARKETING AND MAINTENANCE. Dirección: P.O. Box 12014, Al-Daura, Bayaa, Baghdad, Iraq.»
«108) SARCHINAR STATE CEMENT ENTERPRISE. Dirección: P.O. Box 1, Sarchina, Sulaimaniya, Iraq.»
«118) STATE COMPANY FOR MACHINERY (alias GENERAL ESTABLISHMENT FOR MACHINERY AND IMPLEMENT REPAIR). Direcciones: a) Sara Camp, P.O. Box 2218, Baghdad, Iraq; b) P.O. Box 12050, Al-Doura, Baghdad, Iraq.»
«133) STATE ENTERPRISE FOR DRINKS AND MINERAL WATER (alias STATE ENTERPRISE FOR SOFT & ALCOHOLIC DRINKS). Direcciones: a) P.O. Box 5689, Sara Khatoon Camp, Baghdad, Iraq; b) P.O. Box 2108, Al-Za'afaraniya, Baghdad, Iraq.»
«152) STATE ENTERPRISE FOR TEXTILE AND SPINNING PRODUCTS IMPORTING AND DISTRIBUTION (alias STATE ORGANIZATION FOR TEXTILE INDUSTRIES). Direcciones: a) Al Zawria Building, Al Hindiya, P.O. Box 5856, Baghdad, Iraq; b) P.O. Box 5817, Al-Nidhal St., Baghdad, Iraq.»
«176) STATE ORGANIZATION FOR CHEMICAL INDUSTRIES. Dirección: Jumhiriya St., Khullani Square, P.O. Box 5424, Baghdad, Iraq.»
«179) STATE ORGANIZATION FOR ENGINEERING INDUSTRIES. Direcciones: a) Ministry of Industry Building, Al Nidal St., P.O. Box 5614, Baghdad, Iraq; b) P.O. Box 3093, Tayaran Square, Baghdad, Iraq.»
«188) STATE ORGANIZATION FOR TECHNICAL INDUSTRIES. Dirección: Khullani St., Baghdad, Iraq.»
«192) STATE STEEL PIPES COMPANY. Dirección: P.O. Box 352, Um Qasr, Basrah, Iraq.»
«200) SULAIMANIYAH SUGAR STATE COMPANY (alias SULAIMANIYA SUGAR STATE ENTERPRISE). Dirección: P.O. Box 5, Sulaimaniyah, Iraq.»
2) En el anexo IV, se suprime la entrada siguiente:
«35. NOMBRE: Muhammad Mahdi Al-Salih. FECHA Y LUGAR DE NACIMIENTO: 1947 o 1949, Gobernación de Al-Anbar NACIONALIDAD: Iraq. BASE RESOLUCIÓN 1483 DEL CSNU: Ministro de Comercio (1987-2003) Jefe de la Oficina Presidencial (mediados de los 80)»
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