En la página 10, en el anexo, punto 1, por el que se añade la entrada 1.28 al capítulo 1 del anexo I del Reglamento (CE) n.o 2073/2005, en la nota a pie de página 21, corregida en la página 90 del DO L 68 de 13.3.2015:
donde dice:
«Por lo que respecta a la Salmonella typhimurium, solo se incluye la 1,4,[5],12:i:-”.»,
debe decir:
«Por lo que respecta a la Salmonella typhimurium monofásica, solo se incluye la 1,4,[5],12:i:-.».
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