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Documento DOUE-L-2024-81785

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1693 de la Comisión, de 10 de agosto de 2023, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, relativo a la especificación técnica de interoperabilidad correspondiente al subsistema explotación y gestión del tráfico del sistema ferroviario de la Unión Europea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90760, de 3 de diciembre de 2024, páginas 1 a 6 (6 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81785

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 8, en el anexo, punto 9, por el que se sustituye el punto 4.2.1.2.2 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el párrafo tercero, primera frase:

donde dice:

«La empresa ferroviaria se encarga de realizar la compilación completa y correcta del Libro de itinerarios»,

debe decir:

«La empresa ferroviaria es responsable de realizar la compilación completa y correcta del Libro de itinerarios».

En la página 12, en el anexo, punto 20, por el que se sustituye el punto 4.2.2.8 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el párrafo segundo, inciso iii):

donde dice:

«en señales retrorreflectantes»,

debe decir:

«si se utiliza retrorreflectividad».

En la página 13, en el anexo, punto 28, inciso iii), por el que se sustituye la entrada «Libro de normas del maquinista» en el cuadro del punto 4.3.2 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la tercera columna del cuadro, párrafo primero:

donde dice:

«Uso de equipos de enarenado»,

debe decir:

«Uso de equipos de arenado».

En la página 13, en el anexo, punto 28, inciso iii), por el que se sustituye la entrada «Libro de normas del maquinista» en el cuadro del punto 4.3.2 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la tercera columna del cuadro, párrafo tercero:

donde dice:

«Uso de bloques de freno de material compuesto»,

debe decir:

«Uso de zapatas de freno de composite».

En la página 21, en el anexo, punto 45, por el que se sustituye el apéndice A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el punto 4.2, en el cuadro 1, primera columna («Término»), décima fila:

donde dice:

«Zona de amortiguación de propagación radioeléctrica»,

debe decir:

«Agujero de radio».

En la página 24, en el anexo, punto 45, por el que se sustituye el apéndice A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el punto 6.2.4, en el cuadro:

donde dice:

«Niveles 1 sin señalización de vía, 2 sin señalización de vía»,

debe decir:

«Nivel 1 sin señalización de vía, nivel 2 sin señalización de vía».

En la página 41, en el anexo, punto 45, por el que se sustituye el apéndice A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el título del punto 6.30:

donde dice:

« una zona de amortiguación de propagación radioeléctrica »,

debe decir:

« un agujero de radio ».

En la página 49, en el anexo, punto 45, por el que se sustituye el apéndice A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el punto 6.47, en el cuadro, párrafo primero:

donde dice:

«zona de amortiguación de propagación radioeléctrica»,

debe decir:

«agujero de radio».

En la página 71, en el anexo, punto 48, letra a), por la que se sustituye la nota 3 del apéndice D del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el texto de dicha nota:

donde dice:

«capacidad de carga»,

debe decir:

«capacidad portante».

En la página 71, en el anexo, punto 48, letra b), inciso i), por el que se sustituye la primera línea en el cuadro del apéndice D1 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la primera columna del cuadro y en la tercera columna del cuadro, en los subpuntos 1.1.1.1.2.4 y 1.1.1.1.2.4.1:

donde dice:

«capacidad de carga»,

debe decir:

«capacidad portante».

En la página 71, en el anexo, punto 48, letra b), inciso i), por el que se sustituye la primera línea en el cuadro del apéndice D1 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la segunda columna del cuadro:

donde dice:

«Carga estática por eje y masa teórica y operativa en los siguientes casos de carga:

masa teórica según se define en el Reglamento (UE) n.o 1302/2014

en estado operativo;

en condiciones de carga útil normal;

en condiciones de carga útil excepcionales.

En su caso, masa operativa conforme a la norma EN 15663:2017-A1 2018:

en estado operativo;

en condiciones de carga útil normal.

Velocidad máxima de diseño.

Longitud del vehículo.

La posición de los ejes a lo largo de la unidad (distancia entre ejes).

Categoría de línea EN.

Con respecto a los vehículos capaces de transportar una carga útil de viajeros: categoría de línea EN para el valor estándar de la carga útil en zonas de pie y, en caso de solicitud, para cualquier valor particular de la carga útil en zonas de pie, de conformidad con el punto 6.4 de la norma EN 15528:2021.»,

debe decir:

«Carga estática por eje y masas de diseño y de explotación en los siguientes casos de carga:

masa de diseño según se define en el Reglamento (UE) n.o 1302/2014

en orden de trabajo;

con carga útil normal;

con carga útil excepcional.

En su caso, masa de explotación conforme a la norma EN 15663:2017-A1 2018:

en orden de trabajo;

con carga útil normal.

Velocidad máxima de diseño. Longitud del vehículo.

La posición de los ejes a lo largo de la unidad (distancia entre ejes).

Categoría de línea EN.

Con respecto a los vehículos capaces de transportar una carga útil de viajeros: categoría de línea EN para el valor estándar de la carga útil en las áreas para permanecer de pie y, en caso de aplicación, para cualquier valor particular de la carga útil en las áreas para permanecer de pie, de conformidad con el punto 6.4 de la norma EN 15528:2021.».

En la página 71, en el anexo, punto 48, letra b), inciso i), por el que se sustituye la primera línea en el cuadro del apéndice D1 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la sexta columna del cuadro, párrafo tercero, última frase:

donde dice:

«Dicho procedimiento podrá tener en cuenta las medidas técnicas u operativas que afecten a la carga útil de viajeros en las zonas de pie»,

debe decir:

«Dicho procedimiento podrá tener en cuenta las medidas técnicas u operativas que afecten a la carga útil de viajeros en las áreas para permanecer de pie».

En la página 74, en el anexo, punto 48, letra b), inciso iii), por el que se sustituye la entrada «Sistemas de detección de trenes» en el cuadro del apéndice D1 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la primera fila del cuadro, sexta columna, párrafo tercero, parte introductoria:

donde dice:

«intervalo de frecuencias»,

debe decir:

«banda de frecuencias».

En la página 75, en el anexo, punto 48, letra b), inciso iv), por el que se sustituye la entrada «Tensiones y frecuencias» en el cuadro del apéndice D1 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la sexta columna del cuadro, primera frase:

donde dice:

«Comparación del voltaje declarado»,

debe decir:

«Comparación de la tensión declarada».

En la página 78, en el anexo, punto 48, letra c), por la que se sustituye el apéndice D2 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la segunda columna del cuadro («Información del Libro de itinerarios»), entrada 2.3.2:

donde dice:

«Tipo de lugar, terminal de viajeros, terminal de mercancías, zona de operaciones, depósito»,

debe decir:

«Tipo de instalación, terminal de viajeros, terminal de mercancías, estación de clasificación, depósito».

En la página 84, en el anexo, punto 53, por el que se sustituye el apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el título del punto 1:

donde dice:

«ÁMBITOS PARA NORMAS NACIONALES»,

debe decir:

«ÁMBITOS DE APLICACIÓN PARA NORMAS NACIONALES».

En la página 84, en el anexo, punto 53, por el que se sustituye el apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el punto 1, letras f) y g):

donde dice:

«Explotación»,

debe decir:

«Circulación».

En la página 85, en el anexo, punto 53, por el que se sustituye el apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el punto 2, letra b):

donde dice:

«b) Requisitos específicos para la explotación de trenes de transporte combinado superiores al gálibo de carga, pero que no superan la codificación de la línea»,

debe decir:

«b) Requisitos específicos para la circulación de trenes de transporte combinado que rebasan el gálibo de carga, pero que no superan la codificación de la línea».

En la página 85, en el anexo, punto 53, por el que se sustituye el apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en el punto 2, letra h), primer guion:

donde dice:

«— Enarenado: equipo automático de enarenado e informe en caso de utilización del equipo de enarenado»,

debe decir:

«— Arenado: equipo automático de arenado e informe en caso de utilización del equipo de arenado».

En la página 86, en el anexo, punto 54, letra a), inciso iv), por el que se sustituye la entrada «Tarea de carácter crítico para la seguridad» del primer cuadro del apéndice J del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la primera columna del cuadro:

donde dice:

«Tarea de carácter crítico para la seguridad»,

debe decir:

«Tarea esencial para la seguridad».

En la página 86, en el anexo, punto 54, letra a), inciso ix), por el que se sustituye la entrada «Preparación del tren» del primer cuadro del apéndice J del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la segunda columna del cuadro, párrafo primero, primera frase:

donde dice:

«Proceso para garantizar que un tren está en condiciones adecuadas para entrar en servicio, que el equipo del tren está correctamente desplegado y que la composición del tren coincide con la ruta o rutas designadas del tren.»,

debe decir:

«Proceso para garantizar que un tren está en condiciones adecuadas para entrar en servicio, que el equipo del tren está correctamente dispuesto y que la composición del tren es compatible con la ruta o rutas designadas del tren.».

En la página 86, en el anexo, punto 54, letra a), inciso ix), por el que se sustituye la entrada «Preparación del tren» del primer cuadro del apéndice J del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la segunda columna del cuadro, párrafo segundo:

donde dice:

«La preparación del tren también incluye el ajuste de la configuración de los frenos y las inspecciones, ensayos y comprobaciones previas a la salida.»,

debe decir:

«La preparación del tren también incluye el ajuste de la configuración de los frenos y las inspecciones, pruebas y comprobaciones previas a la salida.».

En la página 86, en el anexo, punto 54, letra a), inciso ix), por el que se sustituye la entrada «Preparación del tren» del primer cuadro del apéndice J del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/773, en la segunda columna del cuadro, párrafo tercero («Nota»):

donde dice:

« Nota: El movimiento para que un vehículo entre o salga de la composición del tren es un movimiento de maniobra.»,

debe decir:

« Nota: El movimiento para agregar o desagregar un vehículo a la composición del tren es un movimiento de maniobra.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2023/1693, de 10 agosto (Ref. DOUE-L-2023-81253).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2019/773, de 16 de mayo (Ref. DOUE-L-2019-80879).
Materias
  • Ferrocarriles
  • Normalización
  • Reglamentaciones técnicas
  • Seguridad industrial
  • Señalización
  • Sistema Ferroviario Transeuropeo
  • Transporte de mercancías

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