Contido non dispoñible en galego
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 215,
Vista la Decisión (PESC) 2024/3187 del Consejo, de 16 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (1),
Vista la propuesta conjunta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)
(2) |
El 31 de julio de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 833/2014 (2).
El Reglamento (UE) n.o 833/2014 da efecto a determinadas medidas establecidas en la Decisión 2014/512/PESC del Consejo (3). |
(3) |
El 16 de diciembre de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/3187 por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC. |
(4) |
La Decisión (PESC) 2024/3187 añade treinta y dos entidades a la lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo IV de la Decisión 2014/512/PESC, a saber, la lista de personas, entidades y organismos que apoyan el complejo militar-industrial ruso en su guerra de agresión contra Ucrania, a los que se imponen restricciones más estrictas a la exportación de productos y tecnología de doble uso, así como de productos y tecnología que podrían contribuir a la mejora tecnológica del sector de la defensa y la seguridad de Rusia. La Decisión (PESC) 2024/3187 también incluye en dicha lista determinadas entidades de terceros países distintos de Rusia que contribuyen indirectamente a la mejora militar y tecnológica de Rusia eludiendo las restricciones a la exportación, en particular, las relativas a los vehículos aéreos no tripulados o los misiles. |
(5) |
Para limitar aún más la actividad de los buques con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que contribuyan a las acciones de Rusia contra Ucrania, la Decisión (PESC) 2024/3187 añade nuevos buques a la lista de buques que figura en el anexo XVI de la Decisión 2014/512/PESC, a los que se impone la prohibición de acceder a los puertos y esclusas de los Estados miembros y a los que está prohibido prestar una amplia gama de servicios relacionados con el transporte marítimo. |
(6) |
Como se indica en el considerando 17 del Reglamento (UE) 2024/1469 (4), los saldos de efectivo de los clientes de los depositarios centrales de valores o con esos clientes suelen ser transferidos fuera de los depositarios centrales de valores antes de que termine el día y no generan remuneración alguna para los clientes. Por consiguiente, los depositarios centrales de valores a que se refiere el artículo 5 bis, apartado 8, no están obligados a pagar intereses o cualquier otra forma de compensación a la persona, entidad u organismo con derecho a los activos y reservas a que se refiere el artículo 5 bis, apartado 4 y que dichos depositarios centrales de valores posean o controlen, o de los que sean contraparte, salvo en los casos acordados contractualmente. |
(7) |
La gestión, por parte de un depositario central de valores pertinente, de activos sujetos a la prohibición de realizar transacciones impuesta en virtud del artículo 5 bis, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 833/2014 así como la gestión de los saldos de efectivo derivados de dichos activos no deben dar origen a ningún tipo de responsabilidad por parte de dicho depositario, ni de sus directivos o empleados, a menos que se demuestre que la acción se ha llevado a cabo por negligencia. |
(8) |
Los tribunales rusos han dictado recientemente resoluciones basadas en el artículo 248 del Código de Procedimiento Arbitral de la Federación de Rusia que prohíben que las empresas europeas entablen procesos contra empresas rusas ante órganos jurisdiccionales extranjeros [medidas antiproceso (anti-suit injunctions)] o sigan adelante con ellos y han impuesto, entre otras medidas, sanciones pecuniarias desproporcionadamente elevadas en caso de incumplimiento [medidas antiproceso (anti-suit injunctions)]. La Unión considera que la manera en que los juzgados y tribunales rusos dictan tales resoluciones e imponen medidas antiproceso y multas contraviene claramente los principios internacionales establecidos y las prácticas arraigadas en materia de resolución de litigios internacionales entre empresas. A fin de evitar los intentos de ejecución en la Unión por los demandantes de tales medidas antiproceso o de multas o de ejecución de cualquier otra resolución judicial basada en el artículo 248 del Código de Procedimiento Arbitral de la Federación de Rusia u otra norma jurídica rusa equivalente, la Decisión (PESC) 2024/3187 establece la prohibición de reconocer o ejecutar en la Unión mandamientos judiciales, órdenes, sentencias u otras resoluciones judiciales de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Arbitral de la Federación de Rusia u otra norma jurídica rusa equivalente, o relativos a estos. |
(9) |
Asimismo, la Decisión (PESC) 2024/3187 lleva a cabo determinadas modificaciones técnicas en el Reglamento (UE) n.o 833/2014, incluido ampliar los plazos aplicables a determinadas excepciones necesarias para las desinversiones en Rusia o la seguridad del suministro de los Estados miembros por lo que respecta a determinados productos petrolíferos. Los operadores deben ser conscientes de que Rusia es un país en el que ya no se aplica el Estado de Derecho y de que la Federación de Rusia ha adoptado varios actos legislativos dirigidos contra activos de empresas de «países hostiles», incluidos Estados miembros. Ello podría dar lugar al bloqueo de los activos de la Unión en Rusia sin la posibilidad de una retirada ordenada. Debido a los riesgos que conlleva realizar actividades empresariales en Rusia, los operadores de la Unión deben considerar la posibilidad de poner fin a sus actividades empresariales en Rusia y la de no emprender allí nuevas actividades. La prórroga extraordinaria de las excepciones a la desinversión es necesaria para que los operadores de la UE puedan salir rápidamente del mercado ruso. Las excepciones prorrogadas las conceden los Estados miembros caso por caso y su objetivo es permitir un proceso de desinversión ordenado, que no sería posible sin la prórroga de estos plazos. |
(10) |
Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 833/2014 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El Reglamento (UE) n.o 833/2014 se modifica como sigue:
1) El artículo 3 quaterdecies se modifica como sigue:
a) en el apartado 6, la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«6. A partir del 5 de febrero de 2023, y no obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes de Croacia podrán autorizar hasta el 31 de diciembre de 2025 la compra, importación o transferencia de gasóleo obtenido en vacío clasificado con el código NC 2710 19 71 originario de Rusia o exportado desde Rusia, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:»;
b) en el apartado 8, el párrafo cuarto se sustituye por el texto siguiente:
«Como excepción temporal, las prohibiciones a que se refiere el párrafo tercero se aplicarán a partir del 5 de junio de 2025 a la importación y la transferencia a Chequia, y a la venta a compradores situados en Chequia, de productos petrolíferos obtenidos a partir de petróleo crudo que se haya suministrado por oleoducto a otro Estado miembro a que se refiere el apartado 3, letra d). Si se ponen a disposición de Chequia suministros alternativos a tales productos petrolíferos antes de esa fecha, el Consejo pondrá fin a esta excepción temporal. Durante el período que finaliza el 5 de junio de 2025, los volúmenes de tales productos petrolíferos importados a Chequia desde otros Estados miembros no superarán los volúmenes medios importados a Chequia desde dichos Estados miembros a lo largo del mismo período durante los cinco años anteriores.».
2) En el artículo 5 bis, se inserta el apartado siguiente:
«12 bis. Las acciones que un depositario central de valores lleve a cabo de buena fe y con arreglo a los apartados 4 a 12, con la convicción de que se atienen al presente Reglamento, no darán origen a ningún tipo de responsabilidad por parte de dicho depositario ni por parte de sus directivos o empleados, a menos que se demuestre que las acciones se han llevado a cabo por negligencia.».
3) El artículo 5 bis bis se modifica como sigue:
a) en el apartado 3, la letra d) se sustituye por el texto siguiente:
«d) las transacciones, incluidas ventas, que sean estrictamente necesarias para la liquidación, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, de una empresa conjunta o instrumento jurídico similar suscrito antes del 16 de marzo de 2022, en el que participe una persona jurídica, entidad u organismo mencionado en el apartado 1;»;
b) el apartado 3 bis se sustituye por el texto siguiente:
«3 bis. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, las transacciones que sean estrictamente necesarias para la desinversión y la retirada, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, por parte de las entidades mencionadas en el apartado 1 o de sus filiales en la Unión, de una persona jurídica, entidad u organismo establecido en la Unión.».
4) En el artículo 11, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:
«4. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes, a partir de una evaluación específica y caso por caso, podrán autorizar, hasta el 31 de diciembre de 2025, la estimación de una reclamación presentada por una de las personas, entidades y organismos indicados en el apartado 1, letra b), en las condiciones que las autoridades competentes consideren oportunas y tras haber determinado que la estimación de la reclamación es estrictamente necesaria para la desinversión en Rusia o la liquidación de actividades comerciales en ese país.».
5) Se inserta el artículo siguiente:
«Artículo 11 quater
1. No se reconocerán ni se llevarán a efecto ni se ejecutarán en los Estados miembros los mandamientos judiciales, las órdenes, las medidas de reparación, las sentencias ni ninguna otra resolución judicial de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Arbitral de la Federación de Rusia u otra norma jurídica rusa equivalente, o derivados de estos.
2. No se reconocerán ni se llevarán a efecto ni se ejecutarán en los Estados miembros las solicitudes de asistencia en el marco de investigaciones u otros procesos penales ni las penas u otras sanciones de conformidad con el Código Penal ruso basadas en el pretendido incumplimiento de un mandamiento judicial, una orden, una medida de reparación, una sentencia u otra resolución judicial que se fundamente en el artículo 248 del Código de Procedimiento Arbitral de la Federación de Rusia u otra norma jurídica rusa equivalente, o derivados de estos.».
6) El artículo 12 ter se modifica como sigue:
a) en el apartado 1, la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«1. No obstante lo dispuesto en los artículos 2, 2 bis, 3, 3 ter, 3 quater, 3 septies, 3 nonies y 3 duodecies, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro o la transferencia de los productos y tecnología enumerados en los anexos II, VII, X, XI, XVI, XVIII, XX y XXIII del presente Reglamento, así como en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821, así como la venta, la concesión de licencias o la transferencia de cualquier otra forma de derechos de propiedad intelectual o secretos comerciales, así como la concesión de derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual o que constituyan secretos comerciales, relacionados con los productos y tecnología mencionados, hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando tal venta, suministro, transferencia, concesión de licencias o concesión de derechos de acceso o reutilización sean estrictamente necesarios para la desinversión en Rusia o la liquidación de actividades comerciales en Rusia, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:»;
b) el apartado 1 bis se sustituye por el texto siguiente:
«1 bis. No obstante lo dispuesto en el artículo 3, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, suministro o transferencia de los productos y tecnologías enumerados en el anexo II hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando tal venta, suministro o transferencia sean estrictamente necesarios para la cesión de una empresa conjunta establecida o constituida con arreglo al Derecho de un Estado miembro antes del 24 de febrero de 2022, en la que participe una persona jurídica, entidad u organismo ruso y que explote una infraestructura de gasoductos entre Rusia y terceros países.»;
c) en el apartado 2, la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«2. No obstante lo dispuesto en los artículos 3 octies y 3 decies, las autoridades competentes podrán autorizar la importación o la transferencia de los productos enumerados en los anexos XVII y XXI hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando dicha importación o transferencia sea estrictamente necesaria para la desinversión en Rusia o la liquidación de actividades comerciales en Rusia, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:»;
d) en el apartado 2 bis, la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«2 bis. No obstante lo dispuesto en el artículo 5 quindecies, las autoridades competentes podrán autorizar la continuación de la prestación de los servicios enumerados en el mismo hasta el 31 de diciembre de 2025, cuando dicha prestación de servicios sea estrictamente necesaria para la desinversión en Rusia o la liquidación de actividades comerciales en ese país, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:».
Los anexos I y XLII del Reglamento (UE) n.o 833/2014 se modifican de conformidad con los anexos del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2024.
Por el Consejo
La Presidenta
K. KALLAS
(1) DO L, 2024/3187, 16.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/3187/oj.
(2) Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L 229 de 31.7.2014, p. 1).
(3) Decisión 2014/512/PESC del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L 229 de 31.7.2014, p. 13).
(4) Reglamento (UE) 2024/1469 del Consejo, de 21 de mayo de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L, 2024/1469, 22.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1469/oj).
Los anexos del Reglamento (UE) n.o 833/2014 se modifican como sigue:
1) En el anexo IV, se añaden las entradas siguientes:
Número |
Nombre |
Información identificativa |
Fecha de incursión en la lista |
«676. |
OSTEC-Enterprise LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Предприятие Остек” Alias: OOO “Предприятие Остек” (Predpriyatie Ostek) |
Dirección(es): ul. Moldavskaya, d. 5, korp. 2, 121467, Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Sitio web: www.ostec-materials.ru Correo electrónico: materials@ostec-group.ru; cleaning@ostec-group.ru Número de registro: 7733753978 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
677. |
OSTEC-ARTTOOL LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-АртТул” Alias: ООО “Остек-АртТул” |
Dirección(es): Barklaya Street 6/3, zip code: 121087 Moscow, Russian Federation Teléfono: +7 495 7884444 Sitio web: www.arttool.ru Correo electrónico: info@arttool.ru Número de registro: 7731481038 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
678. |
OSTEC-EC LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-Эк” Alias: OOO “Остек-Эк” |
Dirección(es): ul. moldavskaya d. 5, korp. 2 Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Sitio web: www.ostec-group.ru; www.ostec-group.com Número de registro: 7731481077 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
679. |
OSTEC-Electro LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-Электро” Alias: OOO “Остек-Электро” (OOO Ostek Electro) |
Dirección(es): ul. Moldavskaya, d. 5, korp. 2 Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Sitio web: www.ostec-electro.ru Correo electrónico: ostecelectro@ostec-group.ru Número de registro: 7731483966 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
680. |
OSTEC-ETC LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-ETK” Alias: OOO “Остек-ETK” |
Dirección(es): Nab. Luzhnetskaya, d. 2/4, str. 16, et/pom. 3/303, 119270, Moscow, Russian Federation; ul. Moldavskaya d. 5, korp. 2, 121467, Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Sitio web: www.ostec-etc.ru Correo electrónico: etc@ostec-group.ru Número de registro: 7731481052 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
681. |
OSTEC-INTEGRA LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек Интегрa” Alias: OOO “Остек Материалс” (Ostek Materials); ООО “Остек-Интегра” |
Dirección(es): Partizanskaya Steet 25, zip code: 121351 Moscow, Russian Federation Teléfono:+74957884444 Sitio web: www.ostec-materials.ru Correo electrónico: materials@ostec-group.ru; cleaning@ostec-group.ru Número de registro: 7731416984 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
682. |
OSTEC-SMT LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-CMT” Alias: OOO “Остек-CMT” |
Dirección(es): ul. Kulakova d. 20, str. 1G, 123592 Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884441; + 74957884441 (extensión 5833) Sitio web: www.ostec-smart.ru Correo electrónico: smt@ostec-group.ru Número de registro: 7731481045 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
683. |
OSTEC-ST LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-Cepвиc-Texнoлoгия” Alias: OOO “Остек-CT” |
Dirección(es): ul. Moldavskaya, d. 5, korp. 2, 121467, Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Sitio web: www.ostec-st.ru Correo electrónico: ost@ostec-group.ru Número de registro: 7731630120 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
684. |
OSTEC-TEST LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “Остек-TECT” Alias: OOO “Остек-TECT” |
Dirección(es): ul. Moldavskaya, d. 5, korp. 2, 121467, Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Sitio web: www.ostec-test.ru Número de registro: 7731481020 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
685. |
OSTEC-UМT LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “ОСТЕК-УМНЫЕ ТЕХНОЛОГИИ” Alias: OOO “Остек-УМT” |
Dirección(es): ul. Kulakova d. 20, str. 1G, 123592, Moscow, Russian Federation Teléfono: + 74957884444 Número de registro: 7734462210 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
686. |
RIIT LTD Nombre local: Общество с ограниченной ответственностью “НИИИT” Alias: OOO “NIIIT” |
Dirección(es): ul. Kulakova d. 20, str. 1G, pom. XIV et 3, kom 10, 11, 52-57, 123592, Moscow, Russian Federation Número de registro: 7731481013 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
687. |
LLC Atlas Nombre local: Общество с Ограниченной Ответственностью “Атлас” (ООО “Атлас”) Alias: OOO Atlas |
Dirección(es): 100-Letiya Prospekt, 155, Building 3 Office 5, 690068, Vladivostok, Primorsky Krai, Russian Federation Teléfono: + 7 (423) 242-85-03; + 7 (423) 261-46-41 Número de registro: 2543069263 (TIN) |
17.12.2024 |
688. |
Mistral Nombre local: Общество с Ограниченной Ответственностью “Мистраль” (ООО “Мистраль”) Alias: OOO Mistral; Mistral LLC |
Dirección(es): 129626, Moscow, Alekseevsky Municipal District; 1st Mytihchinskaya Str., 3, Building 1, Room 8, Russian Federation; 113054, Moscow, Bolshoy Strochenovsky Pereulok, 13, Building 1, Russian Federation Teléfono: + 7 (929) 668-34-74 Número de registro: 7717793684 (INN) |
17.12.2024 |
689. |
KOMINVEX D.O.O BEOGRAD Alias: PREDUZEĆE ZA TRGOVINU I INŽENJERING POSLOVE KOMINVEX DOO BEOGRAD RAKOVICA; Kominvex DOO Beograd; Kominvex doo Beograd |
Dirección(es): Nikole Marakovica 21/VI/36, Belgrade 11090, Serbia Teléfono: 38163308192 / 381116564086 Sitio web: https://kominvex.co.rs Número de registro: 20047038 |
17.12.2024 |
690. |
SOHA INFO D.O.O Alias: SOHA INFO D.O.O NOVI BANOVCI |
Dirección(es): Pionirska 3, Novi Banovci 22304, Serbia Teléfono: 38163300346 Sitio web: www.sohainfo.rs Número de registro: 21802808 |
17.12.2024 |
691. |
Fidar System Pooyan Nombre local: فیدار سیستم پیوان Alias: Fidar System Pouyan |
Dirección(es): Unit 6, No.7, Mahbod Alley, Laleh St., Jomhuri St., Tehran, Iran; No 12, 21th Alley, Ahmad Ghasir St., Argentina Sq, Tehran, Iran; No. 9 Lale Alley, First Floor, Unit 2, Hatef Alley, Crossroad Hafez Neighborhood, Central Sector, Tehran City, Tehran Province, Iran. Teléfono: + 9802166767984 Sitio web: http://www.cintix.ir/ |
17.12.2024 |
692. |
Time Art International LTD Nombre local:
|
Dirección(es): Workshop 7(a), 12/f, Wah Lai Industrial Centre, Nos. 10-14 Kweitei Street, Shatin, Hong Kong, China Número de registro: 1411127 (número de la empresa en Hong Kong) |
17.12.2024 |
693. |
Ele Technology Co. LTD Nombre local:
|
Dirección(es): 3714 Duhuixuan Buildings, 3018 Shennan Road, Futian Area, Shenzhen, China Teléfono: + 86-755-82913231 Sitio web: http://www.ele-tech.com.cn Número de registro: 914403000775394696 (Código de Crédito Social Unificado de China) |
17.12.2024 |
694. |
Shenzhen Xingding Machinery Ltd |
Número de registro: 440300280527908 (Número de registro de la empresa de China) |
17.12.2024 |
695. |
Ningbo Blin Machinery Co., Ltd. Nombre local:
|
Dirección(es): No.1& 3, Sanxing Industrial Park, Luotuo, Zhenhai District, Ningbo, China Teléfono: 0086-18858060617 Sitio web: http://blincnc.com/ Número de registro: 91330203591551508B (USCC) |
17.12.2024 |
696. |
Baltiyskaya Promishlennaya Kompaniya (JSC Baltic Industrial Company) Nombre local: АО “Балтийская Промышленная Компания” Alias: AO BALTIISKAYA PROMYSHLENNAYA KOMPANIYA |
Dirección(es): 192288, St. Petersburg, Malaya Bukharestskaya str., 5, building 2/39, Russian Federation; 195276, St. Petersburg, Prospekt Kultury, 49A, Russian Federation; 192177, St. Petersburg, 3rd Rybatskiy ave., 3, Russian Federation. Teléfono: + 7 (812) 605-00-33 Sitio web: https://bpk-spb.ru Correo electrónico: info@bpk-spb.ru y service@bpk-spb.ru Número de registro: 7801200558 (número de identificación fiscal) |
17.12.2024 |
697. |
Alfa Machinery Group (LLC Company AMG) Nombre local: ООО "Компания “АМГ” Alias: Kompaniya AMG |
Dirección(es): 111141, Moscow, Kuskovskaya str., 20A, room 1. XIIA room 114, Russian Federation; 111141, Moscow, Kuskovskaya str., 20A, building A, office A-602, Russian Federation; 355035, Stavropol, Mira Str., 267, office 204, Russian Federation; 142280, Protvino, Pobedy Str., 2, Russian Federation; 450056, Ufa, Mokrousovskaya Str., 8, building 3, Russian Federation. Teléfono: + 7 (499) 550-02-52; +7 985 997-93-32 Sitio web: https://companyamg.ru/ yhttps://amgcnc.ru/ Correo electrónico: info@coamg.ru Número de registro: 7720821959 (número de identificación fiscal); 1147746889531 (n.o OGRN) |
17.12.2024 |
698. |
LLC Rustakt Nombre local: ООО “Рустакт” |
Dirección(es): 123290, Moscow, in.ter.g. Presnensky municipal district, Shmitovsky passage, 39, building 2, premises. 5K, Russian Federation (en idioma original: 123290, Г.МОСКВА, ВН.ТЕР.Г. МУНИЦИПАЛЬНЫЙ ОКРУГ ПРЕСНЕНСКИЙ, ПРОЕЗД ШМИТОВСКИЙ, Д. 39, К. 2, ПОМЕЩ. 5К) Correo electrónico: zaharova_marisha@mail.ru Número de registro: 9703074147 (número de identificación fiscal/INN) |
17.12.2024 |
699. |
LLC SPDBBK Nombre local: ООО “СПДББК” |
Dirección(es): 195009, St. Petersburg, in. ter. g. municipal district finland district, komsomola street, 1-3, letter l, room. 5n, room. 6, Russian Federation (local: 195009, Г.САНКТ-ПЕТЕРБУРГ, ВН.ТЕР.Г. МУНИЦИПАЛЬНЫЙ ОКРУГ ФИНЛЯНДСКИЙ ОКРУГ, УЛ КОМСОМОЛА, Д. 1-3, ЛИТЕРА Л, ПОМЕЩ. 5Н, КОМ. 6) Número de registro: 7838044584 |
17.12.2024 |
700. |
LLC Vneshekostil Nombre local: ООО “Внешэкостиль” |
Dirección(es): 115211 Moscow, Kashirskoye shosse, 55, building 5, pom. I, fl.1, room. 19, Russian Federation Teléfono: + 7 (966) 199-83-07 Sitio web: https://vnes.tech/ Correo electrónico: info@vnes.tech Número de registro: 7724362880 (número de identificación fiscal) |
17.12.2024 |
701. |
Iskra Technologies JSC Nombre local: Искра Технологии Alias: IskraUralTel JSC, RTSoft JSC |
Dirección(es): Komvuzovskaya 9, Building A, 620066, Ekaterinburg, Russian Federation Teléfono: + 7 (343) 210-69-51 Sitio web: https://iskratchno.ru Correo electrónico: info@iskratechno.ru Número de registro: 1026604933475 (n.o OGRN), 6660017837 (TIN) |
17.12.2024 |
702. |
Powerever Electronic Technology Alias: Beijing Powerever Electronic Technology Co., Beijing Weiwangda Electric Technology Co. LTD /
|
Dirección(es): N.o 23, Jinmao Mansion, Guangqu Road, Chaoyang District, Beijing, China Suzhou Pioneer Park, No. 209, Zhuyuan Road, High-tech Zone, Suzhou City, Jiangsu Province Teléfono: 18612628057; 18612628057 Sitio web: http://www.powerever.cn/ |
17.12.2024 |
703. |
Qisda Optronics (Suzhou) /
Alias: Suzhou Jiashida Optoelectronics Co Ltd, Suzhou BenQ Optoelectronics Technology Co Ltd. |
Dirección(es):169 Zhujiang Road, Suzhou New District, Suzhou City, Jiangsu Province, 215129, China Sitio web: http://www.qisda.com.cn/ |
17.12.2024 |
704. |
Juhang Aviation Technology Shenzen Co., LTD |
Dirección(es): 2205, N.o 2, Logistics Center, Baoshui Logistics Center, Baoan Guoji Jichang Hangzhan, 4th Road, Hourui Community, Hangcheng Sub-District, Bao, Shenzhen, Guangdong, China, 518099 Room 101-A Xinghua Building, 1007 Banxuegang Avenue, Maantang Community, Bantian Subdistrict, Longgang District, Shenzhen, Guangdong, China Sitio web: http://www.szjuhang.com/ Número de registro: 91440300MA5GN73B4F (Código de Crédito Social Unificado de China) |
17.12.2024 |
705. |
Triac Electronics Pvt. Ltd. |
Dirección(es): Dpt-348, DLF Prime Tower Okhla Phase-1, New Delhi-110020, India. Unit N.o: SG1, 7 & 8, J Matadee Free Trade Zone, Mannur-Valarpuram Village Kancheepuram, Tamil Nadu-602105, India. Sitio web: https://www.triacelectronics.com/ |
17.12.2024 |
706. |
Laserchips FZCO (ليزر تشيبس ش م ح) |
Dirección(es): Dubai Silicon Oasis, DSO-IFZA-21645, IFZA Properties, Dubai, United Arab Emirates Sitio web: https://laserchips.ae/ Número de registro: 11996849 [Emiratos Árabes Unidos, Número de registro económico nacional (n.o CBLS)]; 22209 (Emiratos Árabes Unidos, Dubai, Número de licencia) |
17.12.2024 |
707. |
Component Logistic LLC Alias: Komponent Lodzhistik OOO, ООО КОМПОНЕНТ ЛОДЖИСТИК |
Dirección(es): St. Petersburg, inner city, Dachnoye municipal district, Veteranov Avenue, 63, building A, apt. 46 Sitio web: http://www.componentlogistik.ru/ Número de registro: 1217800045462 (Rusia, n.o OGRN) |
17.12.2024». |
2) El anexo XLII se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO XLII
Lista de buques a que se refiere el artículo 3 vicies
|
Nombre del buque |
Número IMO |
Motivos de inclusión |
Fecha de aplicación |
1. |
M/V Angara |
9179842 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra a): que transporten productos y tecnología utilizados en el sector de la defensa y la seguridad, desde o hacia Rusia, para su uso en Rusia o para la guerra de Rusia en Ucrania; |
25.6.2024 |
2. |
M/V Maria |
8517839 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra a): que transporten productos y tecnología utilizados en el sector de la defensa y la seguridad, desde o hacia Rusia, para su uso en Rusia o para la guerra de Rusia en Ucrania; |
25.6.2024 |
3. |
Saam FSU |
9915090 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
4. |
Koryak FSU |
9915105 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
5. |
KAVYA (anteriormente Hana) |
9353113 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
6. |
N Cerna (anteriormente Canis Power) |
9289520 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
7. |
Feng Shou (anteriormente Andromeda Star) |
9402471 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
8. |
Legacy (anteriormente NS Lotus) |
9339337 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
9. |
Saga (anteriormente NS Spirit) |
9318553 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
10. |
Serenade (anteriormente NS Stream) |
9318541 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
11. |
Success (anteriormente SCF Arum) |
9333436 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
12. |
Lady R |
9161003 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra a): que transporten productos y tecnología utilizados en el sector de la defensa y la seguridad, desde o hacia Rusia, para su uso en Rusia o para la guerra de Rusia en Ucrania; |
25.6.2024 |
13. |
Maia-1 |
9358010 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra a): que transporten productos y tecnología utilizados en el sector de la defensa y la seguridad, desde o hacia Rusia, para su uso en Rusia o para la guerra de Rusia en Ucrania; |
25.6.2024 |
14. |
Audax |
9763837 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
15. |
Pugnax |
9763849 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
16. |
Hunter Star |
9830769 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
25.6.2024 |
17. |
Daksha (anteriormente Hebe) |
9259185 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
18. |
Enisey |
9079169 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra d): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que menoscaben o amenacen la subsistencia económica o la seguridad alimentaria de Ucrania, como el transporte de cereales ucranianos robados, o la conservación del patrimonio cultural de Ucrania, como el transporte de bienes culturales ucranianos robados; |
25.6.2024 |
19. |
Kelly Grace (anteriormente Vela Rain) |
9331141 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
20. |
Ozanno (anteriormente Ocean AMZ) |
9394935 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
21. |
Delvina (anteriormente Galian 2) |
9331153 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
22. |
Bodhi (anteriormente Robon) |
9144782 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
23. |
Lunar Tide (anteriormente Beks Aqua) |
9277735 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
24. |
Kemerovo |
9312884 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
25.6.2024 |
25. |
Krymsk |
9270529 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
25.6.2024 |
26. |
Krasnoyarsk |
9312896 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
25.6.2024 |
27. |
Kaliningrad |
9341067 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
25.6.2024 |
28. |
Mianzimu |
9299666 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
29. |
Pioneer |
9256602 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
30. |
Alissa |
9273052 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
31. |
Marabella Sun |
9323376 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
32. |
Christophe de Margerie |
9737187 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
33. |
Altair |
9413547 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
34. |
Peta Lumina |
9296391 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
35. |
San Damian |
9274331 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra d): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que menoscaben o amenacen la subsistencia económica o la seguridad alimentaria de Ucrania, como el transporte de cereales ucranianos robados, o la conservación del patrimonio cultural de Ucrania, como el transporte de bienes culturales ucranianos robados; |
17.12.2024 |
36. |
San Cosmas |
9274343 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra d): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que menoscaben o amenacen la subsistencia económica o la seguridad alimentaria de Ucrania, como el transporte de cereales ucranianos robados, o la conservación del patrimonio cultural de Ucrania, como el transporte de bienes culturales ucranianos robados; |
17.12.2024 |
37. |
San Severus |
9385233 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra d): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que menoscaben o amenacen la subsistencia económica o la seguridad alimentaria de Ucrania, como el transporte de cereales ucranianos robados, o la conservación del patrimonio cultural de Ucrania, como el transporte de bienes culturales ucranianos robados; |
17.12.2024 |
38. |
Galaxy |
9826902 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
39. |
Rigel |
9511533 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
40. |
Cassiopeia |
9341081 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
41. |
Constellation |
9306794 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
42. |
Andromeda |
9292204 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
43. |
Callisto |
9299692 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
44. |
Alliance |
9413561 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
45. |
Phoenix |
9333424 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
46. |
Leo |
9412347 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
47. |
Zenith |
9610781 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
48. |
Turbo Voyager |
9299898 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
49. |
Sirius |
9422445 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
50. |
Saturn |
9421972 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
51. |
Life |
9265756 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
52. |
Krishna 1 |
9271585 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
53. |
Vladimir Vinogradov |
9842188 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
54. |
Moskovsky Prospect |
9511521 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
55. |
Bolero |
9412335 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
56. |
Vega |
9316127 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
57. |
Tyagaraja |
9327372 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
58. |
Attica |
9436941 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
59. |
La Perouse |
9849887 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas; |
17.12.2024 |
60. |
Elbrus |
9276030 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
61. |
Georgy Maslov |
9610793 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
62. |
Premier |
9577082 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
63. |
Pathfinder |
9577094 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
64. |
Sierra |
9522324 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
65. |
Trust |
9382798 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
66. |
Zaliv Amerika |
9354301 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
67. |
Zaliv Amurskiy |
9354313 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra g): que pertenezcan a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en las listas del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014, o sean fletados o explotados por ellos, o se utilicen de otro modo en nombre o por cuenta de dichas personas, en relación con ellas o en su beneficio; |
17.12.2024 |
68. |
Ambar 6 |
9235713 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
69. |
Emily S |
9321847 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
70. |
Fjord Seal |
9513139 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
71. |
Heidi A |
9321976 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
72. |
Line |
9291250 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
73. |
Okeansky Prospect |
9866380 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
74. |
Capella |
9341079 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
75. |
Siri |
9281683 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra b): que transporten petróleo crudo o productos petrolíferos incluidos en la lista del anexo XXV, originarios de Rusia o exportados desde Rusia, llevando a cabo prácticas de transporte marítimo ilegales y de alto riesgo según lo establecido en la Resolución A.1192 (33) de la Asamblea General de la Organización Marítima Internacional; |
17.12.2024 |
76. |
North Way |
9953535 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas. |
17.12.2024 |
77. |
North Sky |
9953523 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas. |
17.12.2024 |
78. |
North Air |
9953509 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas. |
17.12.2024 |
79. |
North Mountain |
9953511 |
Artículo 3 vicies, apartado 2, letra c): con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que fomenten la explotación, el desarrollo o la expansión del sector energético en Rusia, incluidas sus infraestructuras energéticas. |
17.12.2024». |
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