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Documento DOUE-L-2025-80218

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/243 de la Comisión, de 30 de enero de 2025, por el que se modifica el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos entre Estados miembros de las partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos reproductivos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 243, de 7 de febrero de 2025, páginas 1 a 74 (74 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80218

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 146, apartado 2, y su artículo 162, apartado 5,

Visto el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (2), y en particular su artículo 90, párrafo primero, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 de la Comisión (3) establece modelos de certificados, en forma de certificados zoosanitarios, certificados zoosanitarios-oficiales y declaraciones, para, entre otras cosas, los desplazamientos entre Estados miembros de las partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos reproductivos. Tales partidas incluyen las que entran dentro del ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión (4).

(2)

En los capítulos 1 (modelo BOV-INTRA-X), 5 (modelo OV/CAP-INTRA-X), 9 (modelo CAM-INTRA-X), 11 (modelo CER-INTRA-X) y 13 (modelo OTHER-UNGULATES-INTRA-X) del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403, se establecen modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos entre Estados miembros de determinadas categorías de ungulados sensibles a la infección por el virus de la enfermedad hemorrágica epizoótica. Por consiguiente, esos modelos deben reflejar las modificaciones de los artículos 10, 15, 23, 26 y 29 del Reglamento Delegado (UE) 2020/688 que se introdujeron mediante el Reglamento Delegado (UE) 2024/3160 de la Comisión (5), relativas a unos requisitos adicionales relacionados con infecciones por el virus de la enfermedad hemorrágica epizoótica.

(3)

En los capítulos 30 (modelo OV/CAP-SEM-A-INTRA) y 33 (modelo OV/CAP-OOCYTES-EMB-A-INTRA) del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403, se establecen los modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos entre Estados miembros de esperma, ovocitos y embriones de ovinos y caprinos que se hayan recogido o producido después del 20 de abril de 2021. Las modificaciones del capítulo A, sección A, punto 4.2, letras d) y e), del anexo VIII del Reglamento (CE) n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (6) mediante el Reglamento (UE) 2024/887 de la Comisión (7), en lo que respecta a los caprinos con resistencia genética a las cepas de tembladera clásica, deben reflejarse en consecuencia en los puntos II.1.2.4 y II.2 de estos modelos de certificado.

(4)

Al incorporarse las modificaciones que se exponen en los considerandos anteriores, deben actualizarse los modelos de certificados establecidos en los capítulos 1, 5, 9, 11, 13, 30 y 33 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403, incluida una actualización de las notas y los elementos estructurales, en aras de la claridad y la coherencia de las normas de la Unión. Por consiguiente, dichos modelos de certificados deben sustituirse por los modelos de certificados actualizados que figuran en el anexo del presente Reglamento.

(5)

 

(6)

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en consecuencia.

 

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modifica el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 2025.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 84 de 31.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/429/oj.

(2)   DO L 95 de 7.4.2017, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/625/oj.

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen normas para la aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios y los modelos de certificados zoosanitarios-oficiales para la entrada en la Unión y los desplazamientos entre Estados miembros de las partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos reproductivos y a la certificación oficial relativa a dichos certificados, y por el que se deroga la Decisión 2010/470/UE (DO L 113 de 31.3.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/403/oj).

(4)  Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar (DO L 174 de 3.6.2020, p. 140, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2020/688/oj).

(5)  Reglamento Delegado (UE) 2024/3160 de la Comisión, de 9 de octubre de 2024, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión por lo que se refiere a determinados requisitos zoosanitarios para los desplazamientos de animales terrestres dentro de la Unión (DO L, 2024/3160, 20.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/3160/oj).

(6)  Reglamento (CE) n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (DO L 147 de 31.5.2001, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/999/oj).

(7)  Reglamento (UE) 2024/887 de la Comisión, de 22 de marzo de 2024, por el que se modifican los anexos IV, VIII y IX del Reglamento (CE) n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la alimentación animal, la puesta en el mercado y la importación en la Unión (DO L, 2024/887, 25.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/887/oj).

 

ANEXO

Se modifica el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/808 como sigue:

1) El capítulo 1 se sustituye por el texto siguiente:

«CAPÍTULO 1

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE BOVINOS NO DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO BOV-INTRA-X)

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2) El capítulo 5 se sustituye por el texto siguiente:

«CAPÍTULO 5

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE OVINOS Y CAPRINOS NO DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO OV/CAP-INTRA-X) 

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3) El capítulo 9 se sustituye por el texto siguiente:

«CAPÍTULO 9

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE CAMÉLIDOS NO DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO CAM-INTRA-X)

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4) El capítulo 11 se sustituye por el texto siguiente:

«CAPÍTULO 11

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE CÉRVIDOS NO DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO CER-INTRA-X)

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5) El capítulo 13 se sustituye por el texto siguiente:

«CAPÍTULO 13

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE UNGULADOS EN CAUTIVIDAD, DISTINTOS DE LOS BOVINOS, OVINOS, CAPRINOS, PORCINOS, EQUINOS, CAMÉLIDOS Y CÉRVIDOS, NO DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO OTHER-UNGULATESINTRA-X)

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6) El capítulo 30 se sustituye por el texto siguiente:

«Capítulo 30

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS, DESPUÉS DEL 20 DE ABRIL DE 2021, DE PARTIDAS DE ESPERMA DE OVINOS Y CAPRINOS RECOGIDO, TRANSFORMADO Y ALMACENADO DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO (UE) 2016/429 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO Y EL REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2020/686 DE LA COMISIÓN, EXPEDIDAS DESDE EL CENTRO DE RECOGIDA DE ESPERMA EN EL QUE SE RECOGIÓ EL ESPERMA (MODELO OV/CAP-SEM-A-INTRA)

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7) El capítulo 33 se sustituye por el texto siguiente:

«Capítulo 33

MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS, DESPUÉS DEL 20 DE ABRIL DE 2021, DE PARTIDAS DE OVOCITOS Y EMBRIONES DE OVINOS Y CAPRINOS RECOGIDOS O PRODUCIDOS, TRANSFORMADOS Y ALMACENADOS DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO (UE) 2016/429 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO Y EL REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2020/686 DE LA COMISIÓN, EXPEDIDAS POR EL EQUIPO DE RECOGIDA O PRODUCCIÓN DE EMBRIONES QUE RECOGIÓ O PRODUJO LOS OVOCITOS O LOS EMBRIONES (MODELO OV/CAP-OOCYTES-EMB-A-INTRA)

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ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2021/403, de 24 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80415).
Materias
  • Certificado sanitario
  • Enfermedad animal
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Intercambios intracomunitarios
  • Reproducción animal
  • Sanidad veterinaria

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