LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativo al reciclado de buques y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 1013/2006 y la Directiva 2009/16/CE (1), y en particular su artículo 16, artículo 4,
Considerando lo siguiente:
(1)
(2) |
El artículo 6, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 exige a los propietarios de los buques que garanticen que los buques destinados a ser reciclados solo se reciclen en instalaciones de reciclado de buques que figuren en la lista europea de tales instalaciones («lista europea») publicada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 2, de dicho Reglamento.
La lista europea figura en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión (2). |
(3) |
La autorización de NV Galloo Recycling Ghent, una instalación de reciclado de buques situada en Bélgica, expirará el 31 de marzo de 2025. La Comisión ha recibido información de las autoridades competentes de Bélgica según la cual, antes de su expiración, se ha renovado por un período de cinco años la autorización concedida a esa instalación para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Además, las autoridades competentes de Bélgica han informado a la Comisión de que la instalación NV Galloo Recycling Ghent ha cambiado de nombre a NV Galloo y ha notificado nuevas dimensiones máximas de los buques que la instalación puede aceptar. Debe actualizarse, por tanto, la lista europea para reflejar tales cambios. |
(4) |
La autorización de Jatob Frederikshavn ApS, una instalación de reciclado de buques situada en Dinamarca, expirará el 9 de marzo de 2025. Las autoridades competentes de Dinamarca han informado a la Comisión que, antes de su expiración, se ha renovado por un período de cinco años la autorización concedida a esa instalación para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. También han informado de un cambio en la producción máxima anual de reciclado de buques. Debe actualizarse, por tanto, la lista europea para reflejar tales cambios. |
(5) |
La autorización de Les Recycleurs Bretons-Navaléo, una instalación de reciclado de buques situada en Francia, expirará el 19 de junio de 2025. La Comisión ha recibido información de las autoridades competentes de Francia según la cual, antes de su expiración, se ha renovado la autorización concedida a esas instalaciones para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Además, las autoridades competentes de Francia han informado a la Comisión de cambios en los datos de contacto de la instalación de reciclado de buques Les Recycleurs Bretons-Navaléo y de las nuevas dimensiones máximas de los buques que la instalación puede aceptar. Debe actualizarse, por tanto, la lista europea para reflejar tales cambios. |
(6) |
Las autoridades competentes de los Países Bajos han informado a la Comisión de que la instalación de reciclado de buques Sagro Aannemingsmaatschappij Zeeland B.V., situada en los Países Bajos, ha sido autorizada de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Los Países Bajos han facilitado a la Comisión toda la información pertinente para incluir esa instalación en la lista europea. Esa instalación de reciclado de buques debe incluirse por tanto en la lista europea. |
(7) |
La inclusión en la lista europea de Galaksis N., una instalación de reciclado de buques situada en Letonia, expiró el 17 de julio de 2024. Las autoridades competentes de Letonia han informado a la Comisión del cambio de titular de la instalación de reciclado de buques y han pedido que se refleje el cambio de nombre de la instalación en consecuencia, sin cambios en las demás condiciones del permiso. Sin embargo, dado que la autorización de reciclado de buques se concedió por un período ilimitado, no se expidió de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Por lo tanto, los cambios solicitados no deben incluirse y Galaksis N. debe suprimirse de la lista europea. |
(8) |
La autorización de UAB Vakarų Refonda, una instalación de reciclado de buques situada en Lituania, expirará el 30 de abril de 2025, y la autoridad competente de Lituania ha informado a la Comisión de que, a petición de la instalación, se le había retirado el permiso. Esa instalación de reciclado de buques debe suprimirse por tanto de la lista europea. |
(9) |
La inclusión en la lista europea de BLRT Refonda Baltic OÜ, una instalación de reciclado de buques situada en Estonia, expirará el 15 de febrero de 2026. Las autoridades competentes de Estonia han informado a la Comisión del cambio de titular de la instalación de reciclado de buques a Metruna OÜ y han pedido que se refleje el cambio de nombre de la instalación en consecuencia, sin cambios en las demás condiciones del permiso. Debe actualizarse, por tanto, la lista europea para reflejar tal cambio. |
(10) |
La Comisión ha recibido una solicitud con arreglo al artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 de inclusión en la lista europea de Temurtaşlar Gemi Söküm İthalat İhracat San. Ve Tic. AŞ, una instalación de reciclado de buques situada en Turquía. Tras haber evaluado la información y las pruebas aportadas y recabadas con arreglo al artículo 15 de ese Reglamento, la Comisión considera que la instalación cumple los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicho Reglamento para llevar a cabo operaciones de reciclado de buques y para ser incluidas en la lista europea. Temurtaşlar Gemi Söküm İthalat İhracat San. Ve Tic. AŞ debe incluirse por tanto en la lista europea. |
(11) |
La inclusión en la lista europea de Sök Denizcilik Tic. Ltd Şti y Öge Gemi Söküm İth. İhr.Tİc. San. As, instalaciones de reciclado de buques situadas en Turquía, expirarán el 12 de febrero de 2025. La Comisión ha recibido información de esas instalaciones sobre su deseo de renovar su inclusión en la lista europea, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Tras haber evaluado la información y las pruebas aportadas y recabadas con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, en particular mediante inspecciones, la Comisión considera que las instalaciones cumplen los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicho Reglamento para llevar a cabo operaciones de reciclado de buques y ser incluidas en la lista europea. Por consiguiente, debe renovarse la inclusión de dichas instalaciones de reciclado de buques en la lista europea. |
(12) |
La inclusión en la lista europea de Ege Celik San. Ve Tic AŞ, una instalación de reciclado de buques situada en Turquía, expirará el 12 de febrero de 2025. La Comisión ha recibido información de esa instalación sobre su deseo de renovar su inclusión en la lista europea, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Tras haber evaluado la información y las pruebas aportadas y recabadas con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, en particular mediante inspecciones, la Comisión considera que la instalación no cumple determinados requisitos del artículo 13, apartado 1, letras e), f), g) e i), de dicho artículo. La instalación no ha adoptado las medidas adecuadas para mantener la integridad del casco con el fin de controlar cualquier fuga en la zona de aguas bajas. La instalación cortó el casco primario por debajo de la línea de drenaje sin utilizar un transportador de escorias y manipuló residuos en la línea de costa sin un suelo impermeable. La instalación tampoco siguió sus propios procedimientos destinados a garantizar que los posibles materiales inflamables se retiren antes del corte, lo que ha supuesto un alto riesgo para la seguridad de los trabajadores. Ege Celik San. Ve Tic AŞ. debe pues suprimirse de la lista europea. |
(13)
(14) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 en consecuencia.
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 18 de febrero de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 330 de 10.12.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/1257/oj.
(2) Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2016, por la que se establece la lista europea de instalaciones de reciclado de buques con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al reciclado de buques (DO L 345 de 20.12.2016, p. 119, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2016/2323/oj).
«ANEXO
Lista europea de instalaciones de reciclado de buques contemplada en el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013
Parte A
Instalaciones de reciclado de buques situadas en un Estado miembro
Nombre de la instalación | Método de reciclado | Tipo y tamaño de los buques adecuados para el reciclado | Limitaciones y condiciones en las que opera la instalación de reciclado de buques, incluidas las relativas a la gestión de residuos peligrosos | Detalles del procedimiento expreso o tácito para la aprobación del plan de reciclado de buques por la autoridad competente (1) | Capacidad máxima anual de reciclado de buques, calculada sumando el peso de los buques expresado en LDT que hayan sido reciclados en un año determinado en dicha instalación (2) | Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (3) | ||||||||||||||
BÉLGICA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +32(0)9/251 25 21 Correo electrónico: peter.wyntin@galloo.com | Atraque en muelle (embarcadero), rampa | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
| Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días | 34 000 (4) | 31 de marzo de 2030 | ||||||||||||||
DINAMARCA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +45 7592 0000 Correo electrónico: fayard@fayard.dk | Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación de reciclado de buques está regulada conforme a la legislación aplicable y las condiciones previstas en el permiso ambiental de 7 de noviembre de 2018 expedido por el municipio de Kerteminde. En el permiso medioambiental se prevén las condiciones relativas a las horas de funcionamiento, condiciones de funcionamiento especiales, condiciones de manipulación y almacenamiento de los residuos, y la condición de que las actividades tengan lugar en un dique seco. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 916,34 (5) | 22 de mayo de 2028 | ||||||||||||||
Teléfono: +45 86326393 Correo electrónico: recycling@fornaes.dk | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Arqueo bruto: 10 000 | El municipio de Norddjurs tiene la potestad de asignar residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista medioambiental. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 30 000 (6) | 12 de mayo de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +45 8668 1689 Correo electrónico: post@jatob.dk, mathias@jatob.dk | Atraque en muelle, grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La manipulación y el almacenamiento de las fracciones de residuos están sujetos a autorización medioambiental. Los residuos peligrosos pueden quedar almacenados de forma provisional en la instalación durante un período máximo de un año. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 20 000 (7) | 16 de septiembre de 2029 | ||||||||||||||
www.modernamericanrecyclingservices.com/ Teléfono: +45 30307763 Correo electrónico: kim@mars-eu.dk | Grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación de reciclado de buques figuran en el permiso medioambiental, de 9 de marzo de 2018, y en la adenda al permiso medioambiental, de 12 de julio de 2022, expedidos por el municipio de Frederikshavn. El municipio de Frederikshavn tiene la potestad de asignar residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista medioambiental. La instalación no puede almacenar residuos peligrosos durante más de un año. | Aprobación tácita, con un período de revisión de 14 días. | 60 000 (8) | 27 de enero de 2028 | ||||||||||||||
Teléfono: +45 75128888 Correo electrónico: | Atraque en muelle, grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
(* Si la eslora es > 170 metros, la aprobación por parte del municipio de Esbjerg es obligatoria) | Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación de reciclado de buques figuran en el permiso medioambiental, de 4 de junio de 2015, expedido por el municipio de Esbjerg. El municipio de Esbjerg tiene la potestad de asignar residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista medioambiental. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días | 20 000 (9) | 11 de marzo de 2026 | ||||||||||||||
ESTONIA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +372 610 2933 Fax +372 610 2444 Correo electrónico: info@metruna.ee | A flote en el muelle y en el dique flotante | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Permiso de residuos n.o KL-511809. Licencia de gestión de residuos peligrosos n.o 0546. Normas del Puerto Vene-Balti, manual de reciclado de buques MSR-Refonda. Sistema de gestión medioambiental, gestión de residuos EP 4.4.6-1-13. La instalación puede reciclar únicamente los materiales peligrosos para los que tiene licencia. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días. | 0 (10) | 15 de febrero de 2026 | ||||||||||||||
ESPAÑA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +34944971552 Correo electrónico: dina@dinascrapping.com | Atraque en muelle, rampa de desarme | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las limitaciones se precisan en la autorización medioambiental integrada. | Aprobación tácita. La autoridad competente para la decisión de aprobación es la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma en la que esté situada la instalación. | 2 086 (11) | 3 de marzo de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +34 630 14 44 16 Correo electrónico: abarredo@ddr-vessels.com | Atraque en muelle, rampa de desarme | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las limitaciones se precisan en la autorización medioambiental integrada. | Aprobación tácita. La autoridad competente para la decisión de aprobación es la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma en la que esté situada la instalación. | 3 600 (12) | 28 de julio de 2025 | ||||||||||||||
FRANCIA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +33 (0)7 69 79 12 80 Correo electrónico: | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las limitaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 1 500 (13) | 21 de septiembre de 2027 | ||||||||||||||
Teléfono: +33 (0) 2 35 95 16 34 Correo electrónico: normandie@baudelet.fr | Flotante y grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Toneladas de desplazamiento en rosca: 7 000 | Las limitaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 7 730 (14) | 29 de diciembre de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +33 (0) 5 56 90 58 00 Correo electrónico: maintenance@bordeaux-port.fr | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las limitaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 9 000 (15) | 27 de septiembre de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +33 (0) 2 98 03 29 98 Correo electrónico: navaleo@navaleo.fr | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las limitaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 15 000 (16) | 24 de mayo de 2026 | ||||||||||||||
ITALIA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +39 (0) 10 251561 Correo electrónico: | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Arqueo bruto: 130 000 | Las limitaciones y restricciones se precisan en la autorización medioambiental integrada. | Aprobación expresa | 38 564 (17) | 6 de junio de 2028 | ||||||||||||||
LITUANIA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +370 (46) 365776 Fax +370 (46) 365776 Correo electrónico: uab.apk@gmail.com | Atraque en muelle (embarcadero) | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Arqueo bruto: 3 500 | Véase el permiso nacional n.o TL-KL.1-15/2015 | Aprobación expresa; notificación por escrito en treinta días laborables. | 1 500 (18) | 12 de marzo de 2025 | ||||||||||||||
Teléfono: +370 685 32607 Correo electrónico: armar.uab@gmail.com | Atraque en muelle (embarcadero) | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Arqueo bruto: 1 500 | Véase el permiso nacional n.o TL-KL.1-51/2017 | Aprobación expresa; notificación por escrito en treinta días laborables. | 3 910 (19) | 12 de abril de 2027 | ||||||||||||||
PAÍSES BAJOS | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +31 (0)181 23 4353 Correo electrónico: hein.mangroe@damen.com | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a dique seco para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con permiso para operar; este permiso contiene limitaciones y condiciones de carácter medioambiental. | Aprobación expresa | 0 (20) | 21 de mayo de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +31 23558 1937 Correo electrónico: info@decomamsterdam.nl | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con permiso para operar; este permiso contiene limitaciones y condiciones de carácter medioambiental. | Aprobación expresa | 17 500 (21) | 5 de octubre de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +31 113352510 Correo electrónico: info@hsd.nl | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con permiso para operar; este permiso contiene limitaciones y condiciones de carácter medioambiental. | Aprobación expresa | 30 000 (22) | 26 de enero de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +31 113351710 Correo electrónico: info@sagro.nl | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con permiso para operar; este permiso contiene limitaciones y condiciones de carácter medioambiental. | Aprobación expresa | 15 000 (23) | 27 de septiembre de 2029 | ||||||||||||||
NORUEGA | ||||||||||||||||||||
Dirección administrativa:
| Atraque en muelle, grada, dique seco/flotante | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Véase el permiso nacional n.o 2019.0501.T | Aprobación expresa | 0 (24) | 20 de julio de 2029 | ||||||||||||||
| Atraque en muelle, muelle | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Véase el permiso nacional n.o 2005.0038.T | Aprobación expresa | 31 000 (25) | 10 de diciembre de 2028 (26) | ||||||||||||||
Teléfono: +47 90098185 | Dique seco (de interior), grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Véase el permiso nacional n.o 2018.0833.T Las operaciones de desguace de mayor envergadura deben realizarse en un espacio interior. Las únicas operaciones de desguace y corte que pueden llevarse a cabo en el exterior son aquellas de pequeña envergadura que resulten necesarias para acomodar los buques en la instalación cerrada. Véanse los pormenores en el permiso. | Aprobación expresa | 30 000 (27) | 10 de diciembre de 2028 (28) | ||||||||||||||
| Atraque en muelle, grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Véase el permiso nacional n.o 2021.0011.T | Aprobación expresa | 0 (29) | 9 de abril de 2026 | ||||||||||||||
Teléfono: +47 400 39 479. Correo electrónico: knut@fosengjenvinning.no | Atraque en muelle | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas o los buques utilizados para la extracción de hidrocarburos. Dimensiones máximas del buque:
| Véase el permiso nacional n.o 2006.0250.T | Aprobación expresa | 8 000 (30) | 10 de diciembre de 2028 (31) | ||||||||||||||
| Atraque en muelle (embarcadero), grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Véase el permiso nacional n.o 2013.0111.T | Aprobación expresa | 60 000 (32) | 10 de diciembre de 2028 (33) | ||||||||||||||
| Grada flotante. Con carácter facultativo en función de la complejidad, además: 1. Desmantelamiento en muelle y subsiguiente desguace en suelos impermeables con sistemas de drenaje eficaces. 2. Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 150 metros
| Véase el permiso nacional n.o 2017.0864.T Máximo 8 000 LDT en la grada flotante. Los buques de más de 8 000 LDT deben desguazarse utilizando otro método de reciclado | Aprobación expresa | 25 000 (34) | 10 de diciembre de 2028 (35) | ||||||||||||||
FINLANDIA | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +358 2 44511 Correo electrónico: try@turkurepairyard.com | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| Las limitaciones se precisan en el permiso medioambiental nacional. | Aprobación expresa | 20 000 (36) | 14 de diciembre de 2025 | ||||||||||||||
REINO UNIDO (IRLANDA DEL NORTE) | ||||||||||||||||||||
Teléfono: +44 (0) 2890534189. Fax +44 (0) 2890458515 Correo electrónico: Eoghan.Rainey@harland-wolff.com | Dique seco y embarcadero | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
TPM: 550 000 | La instalación dispone de una licencia de gestión de residuos (número de autorización LN/20/11) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación. | Aprobación expresa | 12 000 (37) | 16 de junio de 2025 |
Parte B
Instalaciones de reciclado de buques situadas en un tercer país
Nombre de la instalación | Método de reciclado | Tipo y tamaño de los buques adecuados para el reciclado | Limitaciones y condiciones en las que opera la instalación de reciclado de buques, incluidas las relativas a la gestión de residuos peligrosos | Detalles del procedimiento expreso o tácito para la aprobación del plan de reciclado de buques por la autoridad competente (38) | Capacidad máxima anual de reciclado de buques, calculada sumando el peso de los buques expresado en LDT que hayan sido reciclados en un año determinado en dicha instalación (39) | Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (40) | ||||||||||||
TURQUÍA | ||||||||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 21 02 Correo electrónico: info@anadolugs.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 111 823 (41) | 17 de agosto de 2028 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 21 07/08/09 Correo electrónico: info@avsargemiltd.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas flotantes. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 54 224 (42) | 2 de diciembre de 2025 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 22 20 Correo electrónico: bms@bmsgemi.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas flotantes. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 37 132 (43) | 17 de agosto de 2028 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 2118 Correo electrónico: info@dortelgemi.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas flotantes. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 41 268 (44) | 20 de julio de 2029 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 20 11 Correo electrónico: info@egegemi.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas flotantes. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 34 986 (45) | 20 de julio de 2029 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 20 30 Correo electrónico: info@leyal.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 64 815 (46) | 10 de diciembre de 2028 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 20 65 Correo electrónico: demtas@leyal.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 57 275 (47) | 10 de diciembre de 2028 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 22 17 Correo electrónico: gemisokum@kiliclar.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas flotantes. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 16 711 (48) | 17 de agosto de 2028 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 21 05 Correo electrónico: oge@ogegemi.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 62 471 (49) | 22 de febrero de 2030 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 2092 Correo electrónico: info@sokship.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 74 996 (50) | 22 de febrero de 2030 | ||||||||||||
Teléfono: +90 232 618 21 13 Correo electrónico: info@aliagagemi.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Cambio Climático, y con un certificado de autorización para el desguace de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado del buque forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener permiso para el desguace de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 12 340 (51) | 22 de febrero de 2030 | ||||||||||||
REINO UNIDO | ||||||||||||||||||
Teléfono: +44 (0) 131 454 3380; +44 (0) 7834 658 588 Correo electrónico: Phil@dalesmarine.co.uk | Dique seco y embarcadero | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas. Dimensiones máximas del buque:
| La instalación dispone de una licencia de gestión de residuos (número de autorización WML/L/1157331) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación. | Aprobación expresa | 5 019 (52) | 22 de mayo de 2027 | ||||||||||||
Teléfono: +44 (0) 139 777 3840 Correo electrónico: enquiries@kishornportltd.com | Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Toneladas de desplazamiento en rosca: 26 448 | La instalación dispone de una licencia de gestión de residuos (número de autorización WML/L/1175043, modificación 01, y WML/L/1175043, modificación 02) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación. | Aprobación expresa | 38 148 (53) | 22 de mayo de 2027 | ||||||||||||
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA | ||||||||||||||||||
Teléfono: +1956-831-2299 Correo electrónico: chris.green@internationalshipbreaking.com | Atraque en muelle (embarcadero), rampa | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 366 metros Manga: 48 metros Calado: 9 metros | Las condiciones en las que la instalación está autorizada a operar se definen en los permisos, certificados y autorizaciones expedidos a la instalación por la Agencia de Protección Ambiental, la Comisión de Calidad Ambiental de Texas, la Oficina General de Suelo de Texas y la Guardia Costera de los Estados Unidos. La Ley sobre el control de sustancias tóxicas de los Estados Unidos prohíbe la importación en los EE. UU. de naves con pabellón extranjero que contengan concentraciones de PCB superiores a 50 partes por millón. La instalación cuenta con dos gradas con rampas para el reciclado final de las naves (East Slip y West Slip). Los buques que enarbolan pabellón de los Estados miembros de la UE se reciclan exclusivamente en la rampa de East Slip. | En la actualidad, la normativa de los Estados Unidos no prevé ningún procedimiento relativo a la aprobación de planes de reciclado de buques. | 120 000 (54) | 10 de diciembre de 2028 |
(1) A que hace referencia el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(2) A que hace referencia el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(3) La fecha de expiración de la inclusión en la lista europea corresponde a la fecha de expiración del permiso o autorización concedido a la instalación en el Estado miembro.
(4) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 50 000 LDT.
(5) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 30 000 LDT.
(6) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 50 000 LDT.
(7) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 30 000 LDT.
(8) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 200 000 LDT.
(9) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 50 000 LDT.
(10) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 36 000 LDT.
(11) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 6 000 LDT.
(12) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 60 000 LDT.
(13) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 15 000 LDT.
(14) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 12 000 LDT.
(15) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 23 000 LDT.
(16) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 25 000 LDT.
(17) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 60 000 LDT.
(18) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(19) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 6 000 LDT al año.
(20) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 100 000 LDT.
(21) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 47 500 LDT.
(22) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 100 000 LDT.
(23) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 100 000 LDT.
(24) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 75 000 LDT al año.
(25) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 75 000 LDT al año.
(26) Esta fecha de expiración se establece con referencia al período de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(27) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(28) Esta fecha de expiración se establece con referencia al período de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(29) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(30) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 10 000 LDT al año.
(31) Esta fecha de expiración se establece con referencia al período de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(32) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 85 000 LDT al año.
(33) Esta fecha de expiración se establece con referencia al período de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(34) Según el permiso, la instalación puede reciclar un máximo de 85 000 LDT al año.
(35) Esta fecha de expiración se establece con referencia al período de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(36) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 40 000 LDT.
(37) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 300 000 LDT al año.
(38) A que hace referencia el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(39) A que hace referencia el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(40) La inclusión en la lista europea de una instalación de reciclado de buques situada en un tercer país es válida durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de la correspondiente decisión de ejecución de la Comisión por la que se incluya esa instalación en la lista, salvo que se indique otra cosa.
(41) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 120 000 LDT.
(42) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 60 000 LDT.
(43) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 75 000 LDT.
(44) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 75 000 LDT.
(45) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 70 000 LDT.
(46) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 80 000 LDT.
(47) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 70 000 LDT.
(48) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 30 000 LDT.
(49) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 90 000 LDT.
(50) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 150 000 LDT.
(51) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 70 000 LDT.
(52) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 7 275 LDT al año.
(53) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 38 148 LDT al año.
(54) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de buques de la instalación es de 120 000 LDT.
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